Multa de tránsito en Mendoza: cómo impugnarla y cuándo prescribe

Multa de tránsito en Mendoza: cómo impugnarla y cuándo prescribe

En 30 segundos: Si te labraron un acta de tránsito en la Provincia de Mendoza —ya sea en la Ciudad de Mendoza, en el Gran Mendoza (Guaymallén, Godoy Cruz, Las Heras, Luján de Cuyo, Maipú), en San Rafael, Malargüe o en cualquier ruta provincial— tenés derecho a presentar un descargo y discutir la infracción antes de pagar. Las multas de tránsito en Mendoza prescriben, en general, a los dos años desde la fecha del acta si no hubo notificación fehaciente. Más abajo encontrás el paso a paso y un modelo de descargo listo para copiar y presentar.

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Cómo funciona el sistema de multas en Mendoza

En Mendoza conviven dos grandes circuitos de infracciones de tránsito, y es importante saber ante quién te estás defendiendo:

  • Infracciones provinciales: las labra la Policía de Mendoza o personal de Vialidad en rutas y caminos bajo jurisdicción provincial. El organismo receptor del descargo es, en general, la dependencia policial que emitió el acta o la Dirección de Seguridad Vial según el caso.
  • Infracciones municipales: las labran inspectores de tránsito de cada municipio dentro del ejido urbano. En la Ciudad de Mendoza, la autoridad es la Secretaría de Tránsito y Transporte municipal. En el Gran Mendoza, cada municipio —Guaymallén, Godoy Cruz, Las Heras, Luján de Cuyo, Maipú— tiene su propia oficina de tránsito. Todos deben respetar la Ley Nacional de Tránsito 24.449 como piso mínimo de garantías.

En ambos casos el mecanismo es el mismo: el agente labra el acta, se te notifica —en el momento o por cédula postal— y tenés un plazo para pagar o presentar descargo. Si no hacés nada y la multa queda firme, puede aparecer como traba cuando intentás transferir el vehículo o renovar la licencia de conducir en cualquier municipio mendocino.

Si vivís en otra provincia y te labraron el acta en Mendoza de paso, igual podés presentar el descargo por escrito ante la dependencia correspondiente, sin necesidad de volver en persona.

¿Cuándo prescribe una multa de tránsito en Mendoza?

La respuesta general: dos años desde la fecha del acta, si no hubo notificación fehaciente ni resolución sancionatoria firme en ese lapso. Pasado ese plazo, la multa prescribe y ya no te la pueden cobrar válidamente.

Algunos puntos clave:

  • ¿Qué interrumpe el plazo? Una notificación fehaciente —por cédula, carta documento o firma en el momento del acta—, o una resolución sancionatoria dictada dentro de esos dos años. Sin alguno de esos actos formales, el tiempo corre a tu favor.
  • ¿Una carta de cobranza interrumpe la prescripción? No. El aviso de un estudio de cobranzas o de una empresa tercerizada no tiene ningún efecto legal sobre el plazo. Lo que interrumpe es el acto administrativo formal del organismo público competente, no el llamado de quien fue contratado para cobrar.
  • La multa apareció al querer transferir el auto. Es muy común que multas de dos o tres años atrás resurjan en ese momento. Si están prescriptas, tenés derecho a plantear la excepción. Eso puede demorar el trámite, pero la alternativa es pagar algo que ya no te corresponde.
  • Multas de radares o cámaras de velocidad. Mendoza viene ampliando el uso de sistemas de control electrónico. Si la notificación te llega varios meses después del hecho y no podés verificar que hubo notificación fehaciente en término, el plazo de prescripción igual empieza a correr desde la infracción, no desde que te enterás.

Cómo impugnar la multa: los pasos

  1. No pagues sin revisar. Pagar es reconocer la infracción. Si tenés dudas sobre la validez del acta o si pasaron más de dos años sin notificación fehaciente, primero revisá.
  2. Pedí copia del acta. Tenés derecho a conocer todos los datos: fecha, hora, lugar, agente actuante y artículo supuestamente infringido. Un acta con vicios formales —sin firma, datos incompletos o descripción vaga del hecho— puede impugnarse por esa sola razón.
  3. Verificá la prescripción. Contá desde la fecha del acta hasta hoy. Si pasaron más de dos años sin notificación fehaciente, el argumento principal del descargo es la prescripción.
  4. Presentá el descargo dentro del plazo. En general, entre 10 y 20 días hábiles desde la notificación, según si la multa es provincial o municipal. El plazo exacto debe constar en el acta o en la cédula que recibiste.
  5. Exigí constancia de presentación. Entregá el escrito en la dependencia que emitió el acta y pedí sellado con número de entrada. Esa constancia es tu prueba de que actuaste en tiempo y forma.
  6. Si te rechazan sin fundamento o no te responden, tenés la vía contencioso-administrativa provincial. La Ley 9003 de Procedimiento Administrativo de Mendoza regula los plazos de silencio administrativo y habilita la acción judicial cuando el organismo no resuelve.

Si querés ver cómo funciona el sistema en otras provincias, tenés las guías de multas de tránsito en Córdoba y de multas de tránsito en Buenos Aires Provincia, con los procedimientos específicos de cada jurisdicción.

Modelo de descargo por multa de tránsito en Mendoza

Copiá este modelo, completá los datos entre corchetes y presentalo en el organismo que emitió el acta:

DESCARGO POR INFRACCIÓN DE TRÁNSITO – IMPUGNACIÓN

[Ciudad], [fecha]

Sr./Sra. Director/a
[Secretaría de Tránsito y Transporte – Municipalidad de Mendoza /
Dirección de Seguridad Vial – Policía de Mendoza /
Dirección de Tránsito – Municipalidad de [Municipio]]
[Domicilio del organismo]

Ref.: Impugnación de acta de infracción N.° [número de acta]

[NOMBRE COMPLETO], DNI N.° [número], domiciliado en [calle, número,
ciudad, provincia], me presento ante Uds. y respetuosamente digo:

I. OBJETO
Que vengo a presentar descargo e impugnar el acta de infracción N.°
[número], labrada con fecha [fecha del acta], en [lugar de la
infracción], supuestamente por infracción al art. [artículo citado
en el acta] de [normativa indicada en el acta].

II. HECHOS Y DEFENSA

[OPCIÓN A – Si discutís el hecho:]
Las circunstancias que se me imputan no reflejan lo sucedido. En el
momento indicado, [describir brevemente lo que ocurrió]. Ofrezco como
prueba: [fotos, testigos con nombre y DNI, documentación que acredite
su posición].

[OPCIÓN B – Si la multa está prescripta:]
Desde la fecha del acta ([fecha]) hasta el día de la fecha han
transcurrido más de dos años sin que exista constancia de notificación
fehaciente a mi parte ni resolución sancionatoria dictada en tiempo
oportuno. En consecuencia, la acción para exigir el pago de esta
infracción se encuentra prescripta, conforme a la Ley Nacional 24.449,
a la Ley provincial 9003 de Procedimiento Administrativo de Mendoza
y al derecho de defensa consagrado por el art. 18 de la Constitución
Nacional.

III. PETITORIO
Por lo expuesto, solicito:
1. Se tenga por presentado este descargo en tiempo y forma.
2. Se archive la actuación y/o se declare extinguida la sanción.
3. Se me notifique la resolución que recaiga al domicilio indicado
   o al correo [e-mail].

Firma: _______________________
[Nombre completo]
DNI: [número]
Domicilio: [calle, número, ciudad, Mendoza]
Teléfono / e-mail: [datos de contacto]

Base legal

  • Ley 24.449 — Ley Nacional de Tránsito: establece el régimen de infracciones, el derecho a presentar descargo y el procedimiento mínimo aplicable en todo el país, incluida Mendoza.
  • Ley Mendoza 9003 — Procedimiento Administrativo provincial: rige el trámite ante reparticiones del Estado mendocino; establece plazos, garantía de debido proceso y recurso judicial ante el Fuero Contencioso Administrativo de Mendoza.
  • CN art. 18 (debido proceso): ninguna sanción puede imponerse sin que el afectado tenga oportunidad real de conocer la imputación y defenderse. Aplica a las multas de tránsito como a cualquier sanción pública.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo prescribe una multa de tránsito en Mendoza?

En general, a los dos años desde la fecha de la infracción, si no hubo notificación fehaciente ni resolución sancionatoria en ese lapso. Una carta de cobranza de un estudio privado no interrumpe la prescripción: solo lo hace el acto administrativo formal del organismo público competente.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar el descargo en Mendoza?

Depende del organismo: en general, entre 10 y 20 días hábiles desde la notificación del acta. El plazo exacto debe constar en el acta o en la cédula que recibiste. Si no lo encontrás, consultá directamente con la oficina de tránsito que labró el acta antes de que venza el tiempo.

¿Puedo impugnar aunque la multa ya esté en cobranza extrajudicial?

Sí, podés hacerlo mientras la multa no haya quedado firme. Que un estudio de cobranzas te llame o te mande cartas no significa que la infracción sea irrecurrible. Si la multa está prescripta, podés oponer la prescripción como excepción incluso en sede judicial.

¿Una multa prescripta puede trabarme la transferencia del auto o la renovación del registro en Mendoza?

Sí, puede aparecer en los sistemas y bloquear temporalmente el trámite. La solución no es pagar: es presentar formalmente la excepción de prescripción ante el organismo que emitió el acta y solicitar que se levante la traba. Pagar algo prescripto implica reconocer la deuda y perder el derecho a reclamar ese dinero después.

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