
Es frecuente que empresas de luz, agua, gas o telecomunicaciones intenten cobrar deudas antiguas cuando el usuario necesita:
• reconectar el servicio
• cambiar la titularidad
• vender o alquilar una propiedad
• obtener un libre deuda
Muchas veces aparecen deudas de hace años que nunca habían sido informadas en las facturas.
Esto no es legal.
⚖ Qué Dice la Ley
El artículo 30 bis de la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240) obliga a las empresas de servicios públicos domiciliarios a informar en cada factura el estado de deuda del usuario.
La factura debe incluir una leyenda clara que indique:
• si el usuario registra deuda
• el período al que corresponde
• el monto adeudado
Cuando la factura no informa deuda, funciona como una constancia de libre deuda del período facturado.
Por lo tanto, si durante meses o años las facturas no indicaron ninguna deuda, la empresa no puede aparecer luego reclamando montos antiguos que nunca fueron informados.
Además, las deudas por servicios públicos no son eternas.
El Código Civil y Comercial de la Nación establece que las deudas por prestaciones periódicas prescriben a los dos años.
⚖ Doctrina y Criterio Judicial
Los tribunales han sostenido que las empresas de servicios públicos no pueden reclamar deudas antiguas que no fueron informadas oportunamente al usuario, porque ello viola el deber de información y la buena fe en la relación de consumo.
La factura constituye el instrumento que refleja el estado de cuenta del usuario. Si una deuda no fue informada durante largos períodos, la empresa no puede exigirla posteriormente.
Asimismo, la jurisprudencia ha señalado que las empresas no pueden trasladar al consumidor las consecuencias de sus propios errores administrativos o de facturación.
📌 Qué Hacer
Si aparece una deuda vieja:
1️⃣ Pedir copia de las facturas donde supuestamente figuraba la deuda.
2️⃣ Verificar si esa deuda fue informada en las facturas.
3️⃣ Verificar la antigüedad de la deuda.
4️⃣ Si nunca fue informada o es muy antigua, rechazar el reclamo invocando:
• el artículo 30 bis de la Ley 24.240
• la prescripción de las deudas periódicas
Si la empresa insiste:
5️⃣ Denunciar en Defensa del Consumidor.
6️⃣ Denunciar en el ente regulador del servicio.
📌 Cómo Presentar el Reclamo
El reclamo debe realizarse por un medio que deje constancia.
✔ Correo electrónico de la empresa
Enviar el modelo completo al mail institucional.
Guardar el correo enviado y la respuesta automática.
✔ Sistema de reclamos online o home banking
Copiar el texto del reclamo.
Solicitar número de gestión.
Guardar capturas de pantalla.
✔ Presentación en oficina comercial
Llevar la nota por duplicado.
Exigir copia firmada o sellada.
Pedir número de reclamo.
✔ Si se niegan a recibir el reclamo
Solicitar el Libro de Quejas del establecimiento.
En el libro se debe:
• escribir el reclamo completo
• dejar constancia de que se negaron a recibir la nota
• indicar fecha y datos del servicio
Luego sacar una foto digital de la página del libro de quejas.
Esa foto sirve como prueba del reclamo realizado.
✔ Carta documento
Si la empresa no responde o insiste con el cobro.
📄 Modelo de Reclamo
(Completar los datos entre corchetes)
A [Nombre de la empresa prestadora del servicio]
S_____________/____________D
Yo, [Nombre y Apellido], DNI Nº [Número de DNI], con domicilio en [Dirección completa], teléfono [Teléfono], correo electrónico [Email], usuario del servicio Nº [Número de cliente / suministro], me presento y digo:
Hechos
Que esa empresa pretende exigir el pago de una supuesta deuda correspondiente a períodos anteriores.
Sin embargo, dicha deuda nunca fue informada en las facturas del servicio, como exige el artículo 30 bis de la Ley 24.240, que obliga a las empresas de servicios públicos domiciliarios a incluir en cada factura una leyenda indicando si el usuario registra deudas.
Asimismo, la supuesta deuda corresponde a períodos antiguos que superan ampliamente el plazo legal de prescripción aplicable a las prestaciones periódicas.
En consecuencia, el reclamo resulta improcedente.
Petición
Por lo expuesto solicito:
- Se tenga por rechazado el reclamo de deuda informado.
- Se elimine del sistema cualquier registro de deuda que no haya sido informado oportunamente en las facturas o que se encuentre prescripto.
- Se emita el libre deuda correspondiente al servicio.
- Se garantice la continuidad del servicio, absteniéndose la empresa de realizar cortes, suspensiones o cualquier otra medida que pueda perjudicar al usuario mientras se encuentre en discusión la legitimidad de la deuda reclamada.
- Se abstenga de adoptar cualquier medida administrativa o comercial que pueda generar perjuicios derivados de una deuda cuestionada.
Dejo constancia que, en caso de persistir esta situación, realizaré la correspondiente denuncia ante Defensa del Consumidor y el organismo regulador del servicio, sin perjuicio de iniciar las acciones legales que correspondan.
Firma: _______________________
Aclaración: ____________________
Fecha: ____ / ____ / ______
