En 30 segundos: Si te labraron un acta de tránsito en la Provincia de Entre Ríos —ya sea en Paraná, Gualeguaychú, Concordia, Colón, Villaguay o en la Ruta Nacional 12, 14 o 18— tenés derecho a presentar un descargo dentro de los 5 días hábiles posteriores al labrado del acta. Las multas de tránsito en Entre Ríos prescriben a los cinco años para todas las categorías. No siempre la mejor opción es pagar sin discutir.
¿Cuándo prescribe una multa de tránsito en Entre Ríos?
En Entre Ríos el plazo de prescripción es de cinco años para todas las infracciones de tránsito —leves, graves y muy graves— contados desde la fecha del labrado del acta. Entre Ríos está integrada al Sistema Nacional de Infracciones (SINAI), lo que significa que las multas registradas en la provincia figuran en el sistema federal y pueden afectar la renovación de la licencia de conducir en cualquier jurisdicción del país.
Dos cosas que conviene saber antes de asumir que una multa ya no existe:
- Que el acta tenga más de cinco años no la borra automáticamente. Tenés que solicitar la prescripción formalmente ante el Juzgado de Faltas correspondiente.
- La prescripción se interrumpe si recibiste una notificación fehaciente, si iniciaron un proceso judicial o si reconociste la deuda de alguna manera. Desde ese momento el plazo se reinicia desde cero.
Antes de pagar: verificá el estado de la multa en tu municipio
Dependiendo de dónde fue labrada el acta, la consulta online varía:
- Ciudad de Paraná: ingresá a mi.parana.gob.ar, sección “Mis Infracciones” (requiere CUIT/CUIL y contraseña).
- Gualeguaychú: Juzgado de Faltas Municipal, calle Urquiza 1066, planta baja. Lunes a viernes de 7:30 a 12:30, tel. (03446) 437030.
- Rutas y caminos provinciales: monitoreovialentrerios.info, la plataforma oficial de Monitoreo Vial de Entre Ríos.
- Rutas nacionales (RN 12, RN 14, RN 18): las infracciones son competencia de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
Antes de abonar cualquier multa, revisá que la patente registrada sea la tuya, que el artículo infringido corresponda a lo que efectivamente ocurrió y que la fecha y el lugar del acta sean correctos. Un error formal en cualquiera de esos datos es una causal válida para pedir la nulidad.
Cómo impugnar una multa en Entre Ríos: paso a paso
El procedimiento general para infracciones municipales en Entre Ríos fija que el presunto infractor puede comparecer ante el Juzgado de Faltas después de las 48 horas y dentro de los 5 días hábiles posteriores al hecho imputado. No dejes vencer ese plazo: una vez que pasa, la sanción queda firme y las opciones de defensa se reducen significativamente.
- Reuní la documentación. DNI, número de acta, título del vehículo y toda la evidencia que respalde tu defensa: fotos del lugar, capturas de GPS, registro de señalización ausente o deficiente, datos de testigos.
- Presentate en el Juzgado de Faltas del municipio donde fue labrada el acta. Algunos municipios, como Paraná, ya permiten gestiones online a través de su portal.
- Presentá el escrito de descargo. Exponé tus argumentos con claridad: error formal en el acta, los hechos no ocurrieron como se describen, señalización inexistente o deficiente, prescripción del plazo, entre otras causales.
- Apelá si el Juzgado no te da la razón. La mayoría de los municipios entrerrianos tienen una instancia de revisión. Pedí información sobre el recurso y los plazos al recibir la resolución.
- Si invocás prescripción, acreditá la fecha del acta y la ausencia de notificación fehaciente o proceso judicial durante los cinco años. El Juzgado deberá verificarlo y disponer la baja si corresponde.
Si además tenés multas en la Provincia de Buenos Aires —muy frecuente entre quienes circulan habitualmente por Entre Ríos viniendo desde el Gran Buenos Aires o La Plata—, la guía de multas en Buenos Aires Provincia explica las diferencias del sistema bonaerense.
Modelo de descargo listo para copiar
Completá los campos entre [CORCHETES] con tus datos. Si tu defensa es la prescripción, usá el párrafo entre corchetes del punto III.
[Ciudad, Entre Ríos], [Fecha] SEÑOR/A JUEZ/A DEL JUZGADO DE FALTAS MUNICIPAL [NOMBRE DEL MUNICIPIO — ej.: MUNICIPALIDAD DE PARANÁ / GUALEGUAYCHÚ / CONCORDIA] Acta N°: [NÚMERO DE ACTA] Dominio: [PATENTE DEL VEHÍCULO] DNI/CUIT: [NÚMERO] [NOMBRE Y APELLIDO COMPLETO], DNI N° [NÚMERO], con domicilio en [DOMICILIO COMPLETO, CIUDAD, ENTRE RÍOS], me presento ante V.S. y respetuosamente digo: I. OBJETO Que vengo a presentar formal descargo contra el Acta de Infracción N° [NÚMERO], labrada el día [FECHA], en [LUGAR], sobre el vehículo dominio [PATENTE], por la supuesta infracción al artículo [ARTÍCULO] de la normativa de tránsito. II. HECHOS [DESCRIBIR LO QUE REALMENTE OCURRIÓ. Ejemplos: "La patente registrada no corresponde a mi vehículo". / "La señal no era visible desde el lugar del hecho". / "El vehículo se encontraba detenido con motivo de [CAUSA]". / "La infracción no ocurrió tal como se describe en el acta, dado que [EXPLICAR]".] III. DERECHO Fundo el presente en el artículo 18 de la Constitución Nacional, que garantiza el derecho de defensa y el debido proceso, y en las disposiciones de la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 y su normativa complementaria, cuyo artículo 73 reconoce expresamente el derecho del presunto infractor a ser oído antes de que la sanción quede firme. [Si invocás prescripción agregá: "Asimismo, la infracción imputada ha prescripto, toda vez que desde la fecha del Acta N° [NÚMERO], labrada el [FECHA], han transcurrido más de cinco años sin que mediara notificación fehaciente ni acto interruptivo de la prescripción, conforme el plazo vigente en la Provincia de Entre Ríos para todas las categorías de infracciones de tránsito."] IV. PRUEBA Acompaño la siguiente documentación: 1. Fotocopia de DNI. 2. Fotocopia de título del vehículo dominio [PATENTE]. 3. [FOTOGRAFÍAS DEL LUGAR / CAPTURAS DE GPS / OTROS MEDIOS DE PRUEBA]. V. PETITORIO Por todo lo expuesto, solicito a V.S.: 1. Tenga por presentado este descargo en legal tiempo y forma. 2. Dicte resolución disponiendo: [Elegir según el caso:] — El archivo de las presentes actuaciones por inexistencia del hecho imputado. — La nulidad del acta por error formal en [INDICAR EL ERROR]. — La prescripción de la infracción por vencimiento del plazo de cinco años. [FIRMA] [NOMBRE Y APELLIDO] DNI: [NÚMERO] Tel.: [TELÉFONO DE CONTACTO]
Base legal
- CN art. 18 — Garantía de defensa en juicio y debido proceso: nadie puede ser sancionado sin ser escuchado previamente. Constitución Nacional
- Ley 24.449 de Tránsito, arts. 73-74 — Reconoce el derecho del presunto infractor a comparecer y presentar descargo antes de que la sanción quede firme; regula el procedimiento de aplicación de sanciones. Texto en Infoleg
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para hacer el descargo de una multa en Entre Ríos?
Podés comparecer al Juzgado de Faltas después de las 48 horas y dentro de los 5 días hábiles posteriores al labrado del acta. Ese plazo es crítico: si lo dejás vencer sin actuar, la multa queda firme y las opciones de defensa se reducen significativamente.
¿En cuántos años prescribe una multa de tránsito en Entre Ríos?
Las multas de tránsito en Entre Ríos prescriben a los 5 años para todas las categorías de infracción, sin distinción entre leves y graves. La prescripción no opera sola: tenés que solicitarla formalmente ante el Juzgado de Faltas, acreditando que venció el plazo sin que hubiese notificación fehaciente ni proceso judicial.
¿Dónde consulto si tengo multas pendientes en Entre Ríos?
En Paraná: portal mi.parana.gob.ar, sección “Mis Infracciones”. En Gualeguaychú: Juzgado de Faltas Municipal, Urquiza 1066, tel. (03446) 437030. Para rutas provinciales: monitoreovialentrerios.info. Para rutas nacionales (RN 12, 14, 18): argentina.gob.ar/seguridadvial (ANSV).
Me labraron el acta en la RN 14 camino al Carnaval de Gualeguaychú: ¿a quién le reclamo?
Las infracciones en rutas nacionales como la RN 14, RN 12 o RN 18 son competencia de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), no del municipio ni de la provincia. El descargo y la consulta se realizan en argentina.gob.ar/seguridadvial.
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