Garrafas de gas social en Mendoza — reforma Zona Fría deja a usuarios mendocinos sin subsidio salvo Malargüe

Zona Fría: a los usuarios de garrafa de Mendoza les sacan el subsidio y les siguen cobrando el fondo

El Congreso está por votar esta semana una reforma al régimen de Zona Fría que cambia de raíz las reglas para los usuarios que no tienen acceso a la red de gas natural. Son los que dependen de garrafas para cocinar, calentar el agua y calefaccionar. Son los más vulnerables. Y son los que peor la van a pasar. Mendoza —salvo Malargüe— queda afuera del fondo para garrafas. Y el recargo que financia ese fondo lo siguen pagando todos.

La reforma, en datos duros

  • Fecha de votación en Diputados: martes 20 de mayo de 2026
  • Proyecto firmado por: Milei, Caputo y Adorni — 4 de mayo de 2026
  • Reemplaza: Ley 27.637 (Zona Fría ampliada, sancionada en 2021)
  • Nuevo régimen para garrafas: ReSEF (Decreto 943/2025) — reintegro de $9.593 por garrafa de 10 kg, máximo 2 garrafas/mes en invierno
  • Precio de mercado de la garrafa hoy: $20.000 a $30.000
  • Garrafas que necesita un hogar en invierno: 4 a 6 por mes
  • Gasto que tiene que poner el hogar de su bolsillo: $80.000 a $130.000 mensuales
  • Recargo del fondo fiduciario sobre el precio del gas: hasta 11,25% (Decreto 266/2026)
  • Plazo de inscripción en ReSEF: 30 de junio de 2026 (después, exclusión automática)
  • Zona Mendoza incluida en el fondo para garrafas: únicamente Malargüe

1. Lo que tenían hasta ahora

La Ley 27.637, sancionada en 2021, reconoció que en buena parte del país el frío no es un problema meteorológico sino una condición estructural. Mendoza, San Juan, San Luis, sectores de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe y otras provincias quedaron incluidas en un régimen que subsidiaba el costo del gas —tanto por redes como en garrafa— con descuentos de entre el 30% y el 50%.

Para los usuarios de garrafa, el Programa Hogar cubría parte del costo a través de ANSES. No era perfecto, pero existía y llegaba.

2. Lo que dice el proyecto

El artículo 1° del proyecto —firmado por Milei, Caputo y Adorni el 4 de mayo de 2026— reescribe el artículo 75 de la Ley 25.565 y establece con precisión quirúrgica para qué sirve el fondo fiduciario. El inciso c) dice textualmente que el fondo cubre garrafas exclusivamente “en las provincias ubicadas en la Región Patagónica, Departamento de Malargüe de la Provincia de Mendoza y de la Región conocida como Puna”.

El resto del país queda afuera del fondo para garrafas. Mendoza —salvo Malargüe— no está cubierta. San Luis entero, tampoco. El sur de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, ninguno.

Y el artículo 3° del mismo proyecto deroga los artículos 2°, 4°, 5°, 6°, 7° y 8° de la Ley 27.637 —es decir, elimina todo el esquema ampliado de 2021 que les daba ese derecho.

3. Lo que queda en su lugar: el ReSEF y un reintegro que no alcanza

Para los usuarios de garrafa fuera de las tres zonas históricas, el único recurso es el ReSEF —el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados creado por el Decreto 943/2025. El sistema ofrece un reintegro de $9.593 por cada garrafa de 10 kilos, con un tope de dos garrafas por mes durante el invierno.

El precio de mercado de la garrafa oscila hoy entre $20.000 y $30.000 según la zona. El reintegro cubre menos de la mitad —en muchos casos, un tercio del costo real.

En los meses más fríos, un hogar que depende exclusivamente de garrafas para cocinar, calentar agua y calefaccionar necesita entre cuatro y seis garrafas por mes. El subsidio cubre dos. Las otras las paga de su bolsillo a precio pleno de mercado —porque el Estado ya no interviene fijando el precio máximo de la garrafa. Ese precio lo define el mercado libremente.

El subsidio cubre dos garrafas. Necesitás cuatro o seis. Las otras las pagás a precio de mercado, sin techo. Y mientras tanto seguís financiando, en cada factura de luz, un fondo que ya no te alcanza.

4. El caso concreto: Uspallata

Uspallata, en el departamento Las Heras de Mendoza, no tiene red de gas. Solo garrafas. En julio las temperaturas bajan a -10°C y las cañerías se congelan. El proyecto no la incluye entre las zonas con cobertura del fondo para garrafas.

Un vecino de Uspallata que califica para el ReSEF recibe $19.186 de reintegro mensual en invierno —dos garrafas. Necesita cuatro o seis. Las restantes las paga entre $80.000 y $130.000 de su bolsillo. Y ese mismo vecino sigue pagando el recargo en su factura de electricidad que financia el fondo fiduciario —un fondo que, por diseño legal, no lo cubre.

5. Los requisitos para cobrar el poco subsidio que queda

Acceder al reintegro del ReSEF no es automático. Hay que cumplir una serie de condiciones:

  • Ingresos netos del grupo familiar menores a $4.300.000 mensuales, con cruce de datos contra ARCA y ANSES.
  • Inscripción en el registro antes del 30 de junio de 2026 — quienes no lo hagan quedan excluidos automáticamente.
  • Pago de la garrafa con billetera virtual en un distribuidor registrado en el sistema —si el garrafero local no está habilitado, no se genera el reintegro aunque el usuario sí esté inscripto.

Pero además el Decreto 943/2025 establece que independientemente del nivel de ingresos declarados, la Secretaría de Energía puede excluir a cualquier hogar cuyos integrantes tengan indicadores patrimoniales que “autoricen a presumir capacidad de pago”. Eso incluye tener más de un inmueble, un vehículo de menos de cinco años, participación societaria o cualquier otro bien registrable que el organismo considere relevante.

En zonas rurales y cordilleranas, donde la economía informal es parte de la realidad cotidiana, el cruce de datos puede excluir a familias genuinamente vulnerables por información desactualizada o registros que no reflejan su situación real.

6. El cargo que todos siguen pagando

Lo que el proyecto no menciona en los titulares es que el recargo que financia el fondo fiduciario no desaparece. El Decreto 266/2026 faculta al Ministerio de Economía a aumentarlo hasta el 11,25% sobre el precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte.

Todos los usuarios del país —incluso los que pierden el subsidio— siguen financiando ese fondo. La diferencia es que ahora el dinero va a las empresas productoras, no a las familias.

Traducción directa: el recargo del 11,25% que vos pagás en tu factura de luz no se elimina. Lo que cambia es a quién va el dinero recaudado. Antes iba a subsidiar el costo de la garrafa que llegaba a tu casa. Ahora va directo a las empresas que producen el gas. Vos seguís pagando el cargo. Pero ya no recibís el beneficio.

7. Lo que viene

El proyecto se vota el martes 20 de mayo. Si se aprueba y el Senado lo ratifica, entrará en vigencia de inmediato. El invierno llega en semanas.

Los usuarios de garrafa sin conexión a redes en Mendoza —salvo Malargüe— tienen hasta el 30 de junio para inscribirse en el ReSEF si quieren acceder al único beneficio que les queda. El trámite es digital, en argentina.gob.ar/subsidios, con CUIL y clave de Mi Argentina.

No inscribirse no es una opción. La exclusión es automática.


Si estás en Mendoza y dependés de garrafas

  • Inscribite antes del 30 de junio en argentina.gob.ar/subsidios con CUIL y clave Mi Argentina. Si no, quedás excluido del ReSEF de manera automática.
  • Verificá que tu garrafero local esté registrado en el sistema. Si no lo está, aunque vos te inscribas, no vas a poder cobrar el reintegro.
  • Guardá los comprobantes de cada compra de garrafa pagada con billetera virtual.
  • Si recibís una notificación de exclusión por “capacidad de pago” y no la considerás justa, hay vía administrativa y judicial para impugnarla. El Estudio Vadillo lleva este tipo de casos —escribime al estudio.

Dr. Mario Vadillo
Abogado — Mat. Prof. T° 75 F° 347 (Mendoza)
Estudio Jurídico Mario Vadillo
Mendoza, 18 de mayo de 2026

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