Resolución 481 del Departamento General de Irrigación: aplica a AYSAM la sanción pecuniaria máxima de 100.000 UFA por vertido clandestino y daño ambiental, conforme Ley 9589

La multa más grande de la historia, y la pagamos los usuarios

Irrigación le aplicó esta semana a AYSAM la sanción más grave que prevé la ley por contaminación del agua. Cien mil Unidades Fiscales del Agua, ciento veinte millones de pesos. La resolución 481 del Departamento General de Irrigación lo dice con todas las letras: vertido clandestino, daño reiterado a la infraestructura, gravedad excepcional, afectación ambiental concreta. La firmaron Marinelli, Coronel y Lorenzo. Por primera vez se aplica el techo del régimen sancionatorio que estableció la Ley 9.589.

Resolución 481 del DGI aplicando a AYSAM la sanción pecuniaria máxima de 100.000 UFA por contaminación del agua en Mendoza
Texto oficial de la Resolución 481 del DGI: por primera vez se aplica el techo del régimen sancionatorio (art. 40 Ley 9589).

Y conviene aclararlo desde el primer párrafo: una empresa que recauda cloacas de seiscientas mil personas, que factura por agua potable y saneamiento en buena parte del Gran Mendoza, no se inmuta con esa cifra. La multa más alta de la historia es ridícula frente al hecho que castiga: la rotura deliberada de un canal de riego para volcar cloacas crudas sobre el cinturón verde.

El precedente que nunca fue precedente

El año pasado, cuando AYSAM ya había desbordado el colector Noreste y había generado el escándalo del canal Pescara, Irrigación le aplicó dos multas. Diez millones cada una. Esas sanciones se anunciaron como medida ejemplificadora, como el llamado de atención que iba a obligar a la empresa a hacer las obras de mitigación pendientes. No sirvieron para nada. AYSAM apeló, ganó tiempo, y las obras de fondo —ese plan integral para descomprimir la colectora máxima que mueve los líquidos de seiscientas mil personas— siguieron sin ejecutarse. Las primeras señales de colapso se habían dado en el tercer trimestre de 2024. Estamos en mayo de 2026 y la situación es peor.

Tan peor que el propio organismo de control admite, sin maquillaje, que la cloaca va a volver a colapsar. Lo está reconociendo por escrito. El acuerdo de gestión actual no consiste en arreglar el colector, consiste en preparar un punto de vuelco “controlado” para cuando se vuelva a romper. Es decir: la solución oficial no es evitar la contaminación, es administrarla. Mendoza institucionalizó el desborde cloacal como modalidad de gestión.

La solución oficial no es evitar la contaminación. Es administrarla.

Lo que pasa mientras tanto

Mientras se discuten resoluciones y apelaciones, los vecinos de Corralitos siguen conviviendo con líquidos contaminados en la calle. Los regantes que toman agua del Vertientes Corralitos vieron cómo operarios de la empresa pública rompían el canal a la fuerza para tirar adentro lo que no podía contener el sistema cloacal. Los análisis que dispuso Irrigación verificaron presencia de efluente cloacal crudo en el cauce. Cloro residual: cero. Cualquier discurso sobre desinfección que la empresa pueda esgrimir queda desmentido por el laboratorio del propio Estado.

Y de ese canal sale agua para regar verduras y hortalizas que después llegan a los mercados del Gran Mendoza, a los puestos del Mercado Cooperativo Guaymallén, a las verdulerías de los barrios. El año pasado los análisis del caso Pescara detectaron coliformes fecales, escherichia coli, huevos de helmintos. No estamos hablando de un problema técnico. Estamos hablando de un problema de salud pública con nombre y apellido: el del vecino que se intoxica y el del consumidor que muere sin saber qué comió.

El que rompe no es el que paga

Acá está el problema central, que ninguna autoridad quiere nombrar. La multa la cobra el Estado y la paga el Estado. AYSAM es una sociedad anónima con participación estatal mayoritaria. Los ciento veinte millones que salen del bolsillo de AYSAM para entrar al Departamento General de Irrigación, en algún momento aparecen en el cuadro tarifario, en el aporte de capital que la Provincia hace año a año, o en la deuda que cuelga del balance. En cualquiera de los tres casos, el que termina pagando es el usuario. El mismo usuario que se intoxicó. El mismo regante al que le rompieron el canal. El mismo contribuyente que sostiene a la empresa contaminante.

Los funcionarios responsables —los que tomaron la decisión de romper la pared del Rama 12, los que ordenaron volcar sin permiso, los que no ejecutaron las obras desde 2024— no ponen un peso. Su patrimonio personal queda intacto. Su sueldo sigue depositándose. Su estabilidad laboral no se ve alterada.

Por eso la sanción patrimonial contra la empresa, sola, no alcanza. La ley argentina prevé responsabilidad personal de los funcionarios públicos por daño ambiental, por mal desempeño y por incumplimiento de los deberes a su cargo. Hay dos fiscales que ya recomendaron imputar penalmente a las autoridades de AYSAM. Esa causa tiene que avanzar y tiene que llegar hasta el último responsable: el que firmó, el que ordenó y el que omitió. Mientras los funcionarios no respondan con su patrimonio y, eventualmente, con su libertad, ninguna multa va a disuadir nada.

La multa la cobra el Estado y la paga el Estado. El usuario paga dos veces: con su salud y con su tarifa.

Lo que debería hacer Irrigación

Una sanción ejemplar requiere algo más que una resolución bien redactada. Irrigación tiene facultades de policía administrativa sobre los cauces. Puede impedir físicamente el vuelco, clausurar el punto de descarga, retirar los equipos de bombeo, sellar las roturas en la mampostería del canal. Puede también —y debería— articular activamente con la fiscalía ambiental para que la imputación recomendada se transforme en imputación efectiva. Y puede instruir a las inspecciones de cauce para que actúen en tiempo real, no después de que el daño está hecho y los coliformes ya viajaron río abajo.

La multa máxima a AYSAM es un titular fuerte, pero no resuelve el problema. Lo único que resuelve un episodio de esta gravedad es trasladar la responsabilidad de la persona jurídica a la persona física que decidió, y dejar de mandarle la factura al mismo vecino que tiene la cloaca en la puerta de su casa.


Mario Vadillo

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