La deuda no desaparece, pero el derecho a cobrarla sí
Es común escuchar: “Las deudas prescriben a los 5 años.” Falso. Parcialmente falso, para ser preciso. En Argentina, los plazos varían según el tipo de deuda y el acreedor. Y es fundamental entender desde cuándo empieza a correr el reloj, qué lo detiene, y qué pasa después.
Los plazos reales según el tipo de deuda
Tarjetas de crédito (Ley 25.065)
Acción ejecutiva (juicio rápido): 1 año desde la mora.
Acción ordinaria (juicio común): 3 años desde la mora.
Después de esos plazos, si el banco no te demandó, no puede hacerlo. Punto.
Esto está establecido en el artículo 47 de la Ley 25.065. Es norma especial, desplaza el genérico plazo de 5 años del Código Civil y Comercial.
Créditos personales de bancos
Aquí se aplica el plazo genérico: 5 años desde que la prestación se vuelve exigible.
Créditos de fintech y billeteras
Las fintech no tienen régimen especial. Se prescriben por el plazo general del Código Civil y Comercial: 5 años desde la exigibilidad.
Pero hay un matiz importante: muchas fintech operan dentro de la Ley 25.065 (como plataformas de tarjetas) o caen bajo regulación del BCRA. En esos casos, pueden aplicarse otros plazos.
Deudas de consumo (genéricas)
Si compraste algo al crédito y quedó sin pagar, aplica el plazo de 5 años desde que se vuelve exigible, a menos que haya normativa especial.
Desde cuándo corre el reloj
Esto es crucial. El plazo no empieza cuando te asusta el primer llamado del estudio de cobranza. Empieza cuando la deuda es exigible, es decir, cuando vence el primer pago impago.
Ejemplo concreto
- Dejaste de pagar tu tarjeta en junio de 2020.
- Ese mes de junio empieza a correr el plazo de prescripción.
- Para acción ejecutiva: junio 2021 es el límite. Después, el banco no puede iniciar ese tipo de juicio.
- Para acción ordinaria: junio 2023 es el límite. Después, tampoco.
Si hoy es junio de 2026 (como es en realidad), esa deuda está prescripta en ambas vías desde hace años.
Qué detiene (o pausa) el reloj
Acto que interrumpe (reinicia desde cero)
Demanda judicial: Si el banco o estudio te demanda, la prescripción se interrumpe. El plazo vuelve a contar desde el día de la demanda. Esto es lo más grave que puede pasar.
Acto que suspende (pausa, no reinicia)
Carta documento o notificación fehaciente: Si el banco te envía una carta documento intimando al pago, la prescripción se suspende por 6 meses o hasta que venza el plazo de prescripción (lo que ocurra primero). No es un reinicio; es una pausa.
Mediación obligatoria (en algunas jurisdicciones): Si iniciás mediación, los plazos de prescripción se suspenden mientras dura. Cuando termina la mediación, el plazo sigue corriendo desde donde quedó.
Lo que NO detiene el reloj
- Llamadas telefónicas
- SMS o correos
- Cartas sin acto formal
- Publicaciones de mora en la cuenta
- Avisos de “gestión extrajudicial”
Un estudio de cobranza puede llamarte cien veces. Eso no detiene nada.
El error mortal: reconocer deuda
Cualquier pago parcial, por mínimo que sea, reinicia el plazo de prescripción desde cero.
Ejemplo:
- Tienes una deuda de tarjeta que vence en junio 2020.
- En junio 2023, ya lleva 3 años sin que te demanden → está prescripta por acción ordinaria.
- El estudio te llama, te da lástima, pagás $1.000.
- Boom: El plazo reinicia. Ahora tienes otros 3 años de plazo nuevamente.
Lo mismo ocurre si:
- Firmás un plan de pagos
- Reconocés la deuda por escrito
- Aceptás como válido un resumen impugnado
Nunca hagas esto sin consultar con un abogado.
La prescripción no se aplica sola
Es defensa activa. Si el banco te demanda después de que la deuda prescribió, no se anula automáticamente. Vos tenés que oponer la excepción de prescripción en el juzgado.
Si no lo hacés, el juicio sigue como si nada.
Qué pasa después: el Veraz y el historial
La prescripción no limpia tu historial crediticio.
El Veraz (Central de Deudores del BCRA) puede informar una deuda impaga hasta 5 años desde la fecha de mora. Después, desaparece de ahí.
Pero si pagás una deuda prescripta años después:
- El Veraz puede seguir informándola como “paga de deuda antigua”
- Ese antecedente dura 2 años más desde el pago
- Total: tu historial se daña durante un mínimo de 5 años, potencialmente 7
Esto no es una razón para pagar deudas prescriptas. Es solo información: una deuda prescripta no va a desaparecer de tu vida, pero dejarás de estar obligado legalmente a pagarla.
Las tácticas de los acreedores
El bluff
“Te vamos a embargar el sueldo.” Embargos requieren sentencia. Y si la deuda está prescripta, ningún juez te condena.
La negociación estratégica
“Pagá el 50% ahora.” Si estás prescripto, es una propuesta que te favorece (cobran menos, vos pagás menos). Pero asegurate de que realmente esté prescripta antes de cerrar.
El cambio de acreedor
Si una deuda original se cede a un tercero (un estudio, un fondo buitre), el nuevo acreedor hereda los mismos plazos de prescripción. No reinician.
Cálculo rápido para tu deuda
- Identifica la fecha exacta de la última cuota impaga. (Eso es el “dies a quo”, el día 0.)
- Según el acreedor:
- Tarjeta de crédito: suma 3 años (acción ordinaria es lo más probable).
- Crédito personal de banco o fintech: suma 5 años.
- Verifica si hubo carta documento u otro acto formal. Si sí, el plazo se suspende 6 meses desde ese acto, pero sigue corriendo después.
- Verifica si firmaste algo o pagaste algo después del primer impago. Si sí, el plazo reinicia desde ese acto.
- Comparar la fecha resultante con hoy. Si ya pasó, la deuda está prescripta (jurídicamente hablando; aún puede afectarte en el Veraz).
Ejemplo integrado
- Tarjeta de crédito vencida: 15 de marzo de 2021 (primer pago impago).
- El banco te envía carta documento: 20 de julio de 2021.
- La prescripción se suspende por 6 meses (hasta 20 de enero de 2022), pero sigue corriendo.
- Plazo ordinario de 3 años: vence el 15 de marzo de 2024.
- Vos no pagaste nada ni firmaste nada.
- Hoy es junio de 2026.
- Conclusión: Hace 2 años que está prescripta. Si el banco te demanda ahora, oponés prescripción y ganas.
Qué hacer
Verificar el estado de cada deuda antes de tomar decisiones:
- Sacá un extracto del BCRA (Veraz) en www.bcra.gob.ar. Ahí verás todas tus deudas reportadas.
- Para cada deuda, averiguá:
- Fecha exacta del primer impago
- Si hubo carta documento u otro acto formal
- Si pagaste algo o firmaste algo después
- Guardá esa información organizada.
- Si considerás que una deuda está prescripta, consultá con un abogado antes de hacer cualquier cosa. No es solo cálculo matemático; hay detalles procesales y estratégicos que importan.
- Si te demandan, defendete. No dejes pasar la oportunidad de oponer prescripción si corresponde.
El factor político
Argentina ha visto fluctuaciones en la regulación crediticia. El BCRA, el Banco Central, y los juzgados tienen poder para afectar estas reglas. Pero hasta hoy, los plazos descritos aquí son los vigentes. Informate en bcra.gob.ar para cambios recientes.
La prescripción es una herramienta legal, no un favor. Si una deuda está prescripta, lo importante es saberlo y actuar en consecuencia —nunca reconocer deuda ni pagar sin asesoría.

