Esta semana, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial ratificó una condena que me parece fundamental compartir: un banco debe devolver $2.430.000 sustraídos de la cuenta de una jubilada mediante seis transferencias no autorizadas realizadas en apenas 22 minutos, más $2.500.000 en concepto de daño moral. No hubo phishing. No hubo entrega de claves. La única falla fue la del banco: no detectó un patrón anómalo de operaciones que cualquier sistema de alerta mínimamente serio debería haber frenado.
El caso lo cubren hoy Infobae y Los Andes. Los datos son verificados: seis transferencias consecutivas hacia cuentas de terceros desconocidos, $2.430.000 en total, 22 minutos de reloj. La clienta tiene más de 70 años. El banco ni siquiera se presentó a defenderse: fue declarado en rebeldía y de todas formas fue condenado, con costas de ambas instancias a su cargo.
Por qué este fallo importa más allá del caso concreto
Durante años, el argumento bancario fue siempre el mismo: si no hubo error del banco, el cliente es el único responsable. Ese discurso se está desmoronando en los tribunales. Pero este fallo da un paso más, porque no estamos hablando de phishing ni de que la víctima entregó sus claves a nadie. Estamos hablando de que el banco no activó los controles que estaba obligado a tener.
La Cámara lo dijo sin vueltas: la entidad debió haber advertido que seis transferencias en 22 minutos a destinatarios desconocidos no eran operaciones habituales para esa cuenta. Eso es exactamente el deber de seguridad que la ley le impone: monitorear, detectar, alertar, frenar. Si el banco no lo hace, la responsabilidad es suya, aunque el cliente no haya hecho nada malo.
El tribunal fue más allá todavía: señaló expresamente que la clienta supera los 70 años y que las entidades financieras tienen el deber de brindar protección reforzada a usuarios en situación de vulnerabilidad. Eso incluye a los jubilados y adultos mayores. No es un gesto de sensibilidad: es una obligación legal que el sistema financiero suele ignorar hasta que llega un juez.
¿Te vaciaron la cuenta? Estos son los pasos que tenés que dar
- Denunciá en el banco de inmediato y por escrito. Pedí número de caso y guardate el comprobante con fecha y hora. Ese registro es tu punto de partida.
- Radicá una denuncia penal. El vaciamiento de cuentas es un delito. La denuncia penal refuerza cualquier reclamo civil posterior y quedará registrada.
- Reclamá ante el BCRA. El Sistema de Atención al Usuario Financiero del BCRA exige a los bancos que respondan en 20 días hábiles. Podés iniciar el reclamo online.
- Conservá todo. Resúmenes, correos enviados, números de caso, capturas de pantalla. Cuanta más documentación tengas, más sólida es tu posición.
- No firmes acuerdos bajo presión. Algunos bancos ofrecen devolver una parte a cambio de que renuncies a reclamar el resto. Antes de firmar cualquier cosa, consultá con un abogado.
Para profundizar, leé también mi nota sobre los fallos bancarios que marcaron 2026 y la guía sobre qué hacer cuando te vaciaron la cuenta.
Soy Mario Vadillo, abogado del consumidor mendocino y ex diputado provincial. Hace años trabajo en casos como este, donde el banco intenta esquivar su responsabilidad usando el lenguaje técnico y la demora. Entender los derechos es el primer paso para hacerlos valer.
Base legal
- CN art. 42 — Protección de los derechos de los consumidores con rango constitucional. El Estado garantiza condiciones de trato equitativo y digno y la defensa de los intereses económicos del consumidor. Constitución Nacional
- Ley 24.240, art. 5 — Deber de seguridad: las cosas y servicios deben ser prestados de modo que no representen peligro para el patrimonio ni la integridad del consumidor. Los bancos tienen la obligación de garantizar la seguridad de los depósitos y sistemas de pago. Ley de Defensa del Consumidor
- Ley 24.240, art. 40 — Responsabilidad del proveedor de servicios por los daños producidos al consumidor. La carga de probar que actuó con diligencia recae sobre el proveedor, no sobre el usuario.
Preguntas frecuentes
¿El banco tiene que devolver el dinero robado aunque yo no haya sido víctima de phishing?
Sí. La Cámara Comercial confirmó que la responsabilidad del banco surge de no haber detectado un patrón anómalo de transacciones, con independencia de si hubo engaño al cliente. Si el banco no aplicó protocolos de seguridad adecuados, debe responder por el daño causado.
¿Los jubilados tienen más protección que otros clientes bancarios?
Sí. Este fallo lo reconoce explícitamente: los bancos deben brindar protección reforzada a usuarios en situación de vulnerabilidad, entre ellos las personas mayores de 70 años. Esta obligación deriva del art. 42 de la Constitución Nacional y de la Ley 24.240.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamarle al banco si vaciaron mi cuenta?
La prescripción en relaciones de consumo es de 3 años (art. 50 Ley 24.240). Sin embargo, conviene actuar de inmediato: cuanto más esperás, más difícil resulta reunir la evidencia que necesitás para probar el daño.
¿El banco puede no presentarse a juicio y igual ganar?
No. En este caso el banco fue declarado en rebeldía por no presentarse y fue condenado de todas formas, con costas de ambas instancias. La rebeldía no beneficia a quien la ejerce: el juez puede tener por ciertos los hechos alegados por la parte contraria.
¿Te esta pasando algo parecido? No te quedes con la duda ni dejes que se aprovechen de vos. Contame tu caso y te oriento sobre como defender tus derechos.
