Un usuario de Mendoza llevaba meses reclamando a AYSAM por falta de presión de agua en su domicilio. El propio EPAS había intervenido y ordenado a la distribuidora que normalizara el servicio, llegando incluso a establecer que ese usuario pagara solo el 38% de la tarifa mientras el problema no se resolviera. AYSAM no cumplió. El usuario volvió a reclamar. El 13 de julio de 2026, el Gobierno de Mendoza rechazó su recurso: Irrigación ya se había expedido, dijo, y si el usuario quiere seguir, que vaya a la Justicia.
¿Por qué pasó esto? Porque el EPAS ya no existe. La Ley provincial 9589, vigente desde diciembre de 2024, reorganizó el sistema de agua potable y saneamiento en Mendoza y le transfirió a la Superintendencia de Irrigación la facultad de resolver los conflictos entre usuarios y distribuidoras. Cuando Irrigación dice que no y el Ejecutivo lo confirma, la vía administrativa se agota. Solo queda la Justicia o Defensa del Consumidor.
Lo que cambió es de fondo: el mapa de dónde reclamar mutó radicalmente y nadie lo comunicó con claridad. Si todavía buscás “EPAS Mendoza reclamo agua”, no vas a encontrar la puerta correcta.
Qué cambió con la Ley 9589
Hasta diciembre de 2024, la cadena de reclamos por agua en Mendoza era: AYSAM → EPAS → Justicia. El Ente Provincial del Agua y Saneamiento (EPAS) actuaba como segunda instancia con capacidad de ordenar correcciones, sanciones y ajustes tarifarios a favor del usuario perjudicado.
Con la Ley 9589, ese esquema cambió a: AYSAM → Superintendencia de Irrigación → Justicia. Irrigación es ahora el organismo regulador y árbitro. Si su resolución te es adversa y el Poder Ejecutivo la ratifica, el camino extrajudicial dentro del Estado se cierra. La misma ley establece que el corte del servicio exige un procedimiento con intimación previa, y que la tarifa social debe estar garantizada. Pero si AYSAM no cumple esos estándares, el lugar donde se dirime es el Poder Judicial o la Dirección de Defensa del Consumidor.
Paso a paso para reclamar si AYSAM te falla
- Reclamá ante AYSAM por escrito. Exigí un número de reclamo o expediente. Guardá todo: fotos del manómetro, historial de cortes o baja presión, facturas de los períodos afectados. Hacelo por el canal oficial en aysam.com.ar o de forma presencial, siempre con constancia.
- Si AYSAM no resuelve, presentá el reclamo ante la Superintendencia de Irrigación. Fundamentá tu reclamo en la Ley 9589 y en el derecho a recibir agua en condiciones de calidad y presión adecuadas. Podés gestionar el reclamo en mendoza.gov.ar o de forma presencial.
- Documentá el perjuicio económico. Si el servicio es deficiente, argumentá que la tarifa que pagás no se corresponde con la prestación que recibís. El caso del 13 de julio muestra que el EPAS ya aplicó ese criterio (38% de tarifa por servicio deficiente). Ese precedente sirve como argumento.
- Si Irrigación no te da la razón, tenés dos rutas paralelas:
- La acción judicial ante la Justicia Contencioso Administrativa de Mendoza, que es la vía formal pero más lenta.
- La denuncia ante la Dirección de Defensa del Consumidor Provincial (Ley 24.240, que aplica también a servicios domiciliarios). Es más rápida, sin costos y puede derivar en una audiencia de conciliación. Ingresá a dconsumidor.mendoza.gov.ar.
- En casos de corte del servicio sin aviso: la Ley 9589 exige intimación previa y posibilidad de defensa antes de cualquier corte. Si te cortaron sin ese proceso, hay una violación directa a la norma que podés hacer valer inmediatamente.
Si además tenés o querés solicitar la tarifa social de AYSAM, te recomiendo leer esta nota sobre los aumentos del segundo semestre y cómo pedir el beneficio antes de que la boleta llegue más cara.
Base legal
- Ley Mendoza 9589 — Regula el servicio de agua potable y saneamiento en Mendoza; disolvió el EPAS y estableció a la Superintendencia de Irrigación como instancia resolutiva de conflictos entre usuarios y AYSAM. Reconoce el derecho a la tarifa social y exige debido proceso previo para cualquier corte de servicio.
- Ley Mendoza 9003 — Procedimiento Administrativo de la Provincia: establece plazos, formas de notificación y derecho al recurso en reclamos contra organismos estatales, incluida la Superintendencia de Irrigación.
- CN art. 42 — Garantiza el derecho de los consumidores a servicios públicos de calidad y la tutela efectiva del Estado.
- Ley 24.240, art. 4 — Obliga a informar con claridad las condiciones del servicio. Aplica también a los servicios domiciliarios como el agua potable. Texto en Infoleg
Preguntas frecuentes
¿A quién reclamo en Mendoza si AYSAM no me da agua bien?
Primero a AYSAM por escrito, exigiendo constancia del reclamo. Si no resuelven, el siguiente paso es la Superintendencia de Irrigación, que desde diciembre de 2024 reemplazó al EPAS como organismo regulador. Si Irrigación tampoco te da la razón, podés denunciar ante Defensa del Consumidor Provincial o iniciar una acción judicial.
¿El EPAS todavía existe?
No. La Ley provincial 9589, vigente desde diciembre de 2024, disolvió el EPAS. La Superintendencia de Irrigación asumió sus funciones como instancia regulatoria y de resolución de conflictos en materia de agua potable y saneamiento en Mendoza.
¿Puedo pedir que me rebajen la tarifa si el servicio es deficiente?
Sí. El propio EPAS lo aplicó en casos concretos: en el caso publicado el 13 de julio, el usuario solo pagaba el 38% de la tarifa mientras la falta de presión persistía. Ese precedente puede usarse ante Irrigación o Defensa del Consumidor, documentando el problema con fotos y facturas.
¿AYSAM puede cortarme el agua sin aviso previo?
No. La Ley 9589 exige que cualquier corte del servicio esté precedido de un procedimiento con intimación fehaciente y posibilidad de defensa del usuario. Si te cortaron el agua sin ese proceso, hay una violación directa a la norma que podés hacer valer administrativa o judicialmente.
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