En 30 segundos: Si el Banco de la Nación Argentina —o un estudio de cobranzas que actúa por ellos— te llama, te manda mensajes o te amenaza con un juicio, tenés derechos concretos. La deuda por tarjeta de crédito BNA (Visa o Mastercard) prescribe a los 3 años desde la mora (Ley 25.065, art. 47). La deuda por préstamo personal prescribe a los 5 años desde el incumplimiento (CCyC, art. 2560). Pasados esos plazos sin demanda judicial notificada, la deuda no es legalmente exigible.
Cuánto tiempo tiene el BNA para cobrarte
El Banco Nación es el banco más grande del país, con presencia en todo el territorio. Pero que sea una entidad del Estado no le da más tiempo ni más derechos para cobrar una deuda vieja. Los plazos que rigen son los mismos que para cualquier banco:
- Tarjeta de crédito Visa o Mastercard BNA: 3 años desde que caíste en mora (Ley 25.065, art. 47). Esta ley es norma especial y desplaza al plazo genérico del Código Civil y Comercial.
- Préstamo personal (líneas de consumo, créditos de nómina, préstamos para jubilados): 5 años desde el primer incumplimiento (CCyC, art. 2560).
- Crédito hipotecario: la acción personal por el capital también prescribe a los 5 años (CCyC, art. 2560).
El plazo empieza a correr desde la mora, no desde que el banco decide enviarte la deuda a un estudio externo o cedérsela a una gestora. Que la deuda cambie de manos no reinicia el reloj.
Lo que no pueden hacerte cuando te cobran
El artículo 8 bis de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor prohíbe que cualquier empresa —incluido el BNA a través de los estudios que actúan en su nombre— te intimide, te presione indebidamente o simule un proceso judicial que no existe. La norma es clara: en la cobranza extrajudicial no se puede aparentar la actuación de organismos judiciales o estatales.
Si recibís una carta con membrete de juzgado, lenguaje de “citación judicial”, referencias a “medidas cautelares inminentes” o “embargo de haberes”, y no tenés ningún expediente abierto a tu nombre, eso es una práctica prohibida. Lo mismo aplica si te llaman al trabajo o contactan a tus familiares para presionarte.
En ese caso, podés enviar una carta documento intimando el cese inmediato. En mi guía de cobranza abusiva con modelo de carta documento encontrás el texto listo para copiar y completar con tus datos.
Cómo saber si tu deuda ya prescribió
- Identificá la fecha de mora: la primera cuota impaga o el último pago realizado, el que sea más reciente. Si no la recordás, solicitale al BNA un extracto histórico de la operación.
- Calculá el plazo: desde esa fecha, ¿pasaron más de 3 años (tarjeta) o más de 5 años (préstamo personal) sin que te notificaran una demanda judicial?
- Verificá si hay juicio: un llamado de cobranzas o una carta documento no interrumpen la prescripción. Solo una demanda judicial notificada lo hace.
- Revisá la Central de Deudores: consultá tu historial de manera online en el sitio oficial del BCRA. Los datos negativos no pueden permanecer más de 5 años desde la mora (Ley 25.326, art. 26).
Los pasos concretos para defenderte
- No reconozcas la deuda verbalmente ni por escrito. Una promesa de pago o un pago parcial interrumpen la prescripción y reinician el plazo desde cero.
- Pedí el detalle discriminado: capital, intereses ordinarios, punitorios y comisiones por separado. Las deudas de tarjeta suelen incluir intereses sobre intereses, que son nulos bajo el CCyC art. 770 (anatocismo).
- Mandá carta documento si la cobranza es abusiva, si recibís comunicaciones que simulan ser judiciales, o si querés dejar constancia formal de que invocás la prescripción.
- Reclamá ante el BCRA si el banco no actualiza tu situación en la Central de Deudores una vez vencido el plazo legal. El trámite es digital.
- Consultá con un abogado antes de pagar si no queda claro si prescribió, si el monto es desproporcionado, o si ya recibiste una notificación de demanda.
Base legal
- Ley 25.065, art. 47 — Tarjetas de crédito: prescripción de 3 años para la acción ordinaria desde la mora. Ver texto oficial en Argentina.gob.ar
- CCyC, art. 2560 — Plazo genérico de prescripción de 5 años para obligaciones sin norma especial (préstamos personales e hipotecarios).
- Ley 24.240, art. 8 bis — Trato digno: prohíbe cobranza extrajudicial que simule actuación judicial o ejerza presión indebida sobre el consumidor.
- CN, art. 42 — Protección constitucional del consumidor frente a abusos en relaciones de consumo.
- Ley 25.326, art. 26 — Protección de datos personales: información negativa no puede registrarse por más de 5 años desde la mora.
Preguntas frecuentes
¿En cuántos años prescribe una deuda de tarjeta del Banco Nación?
En 3 años desde la mora, según la Ley 25.065 (art. 47). Este plazo aplica a Visa y Mastercard BNA y desplaza el término genérico del Código Civil y Comercial.
¿Un préstamo personal del BNA prescribe igual que la tarjeta?
No. El préstamo personal prescribe a los 5 años desde el incumplimiento (CCyC, art. 2560). La Ley de Tarjetas de Crédito no aplica a préstamos personales.
¿Si el BNA vendió o cedió mi deuda a una gestora, el plazo de prescripción cambia?
No. La cesión de deuda no interrumpe ni reinicia el plazo de prescripción. La gestora no tiene más derechos que los que tenía el banco original al momento de la mora.
¿Puedo limpiar el Veraz aunque no haya pagado la deuda del BNA?
Sí, si pasaron más de 5 años desde la mora. La Ley 25.326 establece que los datos negativos caducan a ese plazo y deben eliminarse aunque la deuda no esté cancelada. Si el dato persiste, podés reclamar ante el BCRA y ante el propio registro de datos.
Cada caso es distinto y los plazos corren. Hace tu consulta ahora y enterate que pasos te conviene dar.


