Compraste el vuelo con anticipación. Aceptaste los cambios de fecha que te propusieron. Y cinco meses antes de la salida, la aerolínea canceló todo. Sin avisarte. Eso es exactamente lo que le pasó a Hugo Nicolás Ramia, que reservó un pasaje de Córdoba a Brasil a través de Despegar.com.ar con la aerolínea GOL Linhas Aéreas. El 16 de julio de 2026 la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba condenó a ambas empresas a pagar $10.835.103 en forma solidaria: $8.835.103 por daño material y $2.000.000 por daño moral. Si alguna vez te cancelaron un vuelo o contrataste un viaje que después se frustró sin aviso, este fallo te habla directo.
El vuelo que nunca iban a operar
El caso empieza con una reserva legítima: Ramia compró su vuelo a Brasil a través de Despegar y GOL le propuso cambios de fecha sucesivos, que él aceptó. El problema es que la aerolínea ya había cancelado esa ruta desde Córdoba en febrero de 2022, cinco meses antes del viaje previsto para julio. Ni GOL ni Despegar lo notificaron. El pasajero se enteró de la cancelación definitiva una semana antes de la fecha de salida.
El tribunal concluyó que ambas empresas comercializaron un servicio que sabían que no podía prestarse. No fue un imprevisto ni un caso de fuerza mayor: fue vender algo que ya no existía. Eso es incumplimiento contractual agravado por violación del deber de información al consumidor, consagrado en el artículo 4 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor. Podés leer el análisis completo del fallo en Microjuris Argentina al Día.
Responsabilidad solidaria: ninguna puede lavarse las manos
La clave del fallo es la condena solidaria. GOL y Despegar deben responder juntas y en forma indivisa. Ramia puede reclamarle el total a cualquiera de las dos, y ellas se arreglan entre sí después. No puede quedar atrapado en una guerra de excusas entre la aerolínea y la agencia.
Esto es lo que establece el artículo 40 de la Ley 24.240: todos los integrantes de la cadena de comercialización —fabricante, distribuidor, agencia, plataforma digital— son solidariamente responsables frente al consumidor. La ley lo previó exactamente para este tipo de situaciones: la empresa que vende y la que presta el servicio no pueden fragmentar la responsabilidad en perjuicio de quien pagó.
El tribunal rechazó el daño punitivo, que requiere una conducta especialmente grave y reiterada. Pero la condena en daño material y moral ya alcanza los $10.835.103 con más intereses, un número que refleja el impacto real de contratar un viaje que nunca se pudo realizar.
Qué hacer si te cancelan un vuelo sin aviso
- Reclamá por escrito a la aerolínea y a la agencia al mismo tiempo. Mandá el mismo correo a las dos, con número de reserva y fecha. Guardá el comprobante de envío.
- Pedí el reintegro total o una alternativa equivalente —otro vuelo, misma ruta, sin costo extra. Si no hay respuesta en 30 días hábiles, el silencio ya es un argumento a tu favor.
- Denunciá ante Defensa del Consumidor de tu provincia. En Mendoza: dconsumidor.mendoza.gov.ar. A nivel nacional usá el COPREC en argentina.gob.ar. El trámite es administrativo, no necesitás abogado para iniciarlo.
- Documentá todo desde el primer momento: capturas de la reserva, confirmaciones por mail, pagos realizados y cualquier comunicación de la empresa. Sin documentación, el reclamo se debilita.
- Cuantificá todos los daños al reclamar: no solo el precio del pasaje, sino también hotel no cancelado a tiempo, traslados pagados, días de trabajo perdidos. Todo eso es daño material reclamable.
Si querés entender mejor tus derechos antes de contratar un paquete turístico o si ya tuviste un problema con una agencia, te recomiendo leer esta guía sobre paquetes turísticos incumplidos.
Base legal
- CN, art. 42 — Derecho del consumidor a condiciones de trato equitativo y digno y a la protección de sus intereses económicos en el consumo de bienes y servicios.
- Ley 24.240, art. 4 — Deber de información: la información que el proveedor brinda al consumidor debe ser cierta, detallada, eficaz y suficiente. Texto completo en Infoleg.
- Ley 24.240, art. 40 — Responsabilidad solidaria de toda la cadena de comercialización frente al consumidor damnificado.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar si me cancelaron un vuelo?
El plazo de prescripción para acciones derivadas de un contrato de consumo es de 3 años (art. 50, Ley 24.240). El plazo corre desde que se produjo el incumplimiento.
¿Aceptar un cambio de fecha me hace perder el derecho a reclamar?
No. Aceptar un cambio de fecha no implica renunciar a la prestación pactada. Si después la empresa cancela definitivamente sin ofrecer una solución equivalente, el incumplimiento subsiste y tenés derecho a reclamar.
¿La agencia de viajes también responde si la culpa es de la aerolínea?
Sí. El art. 40 de la Ley 24.240 establece responsabilidad solidaria de toda la cadena de comercialización, incluyendo plataformas y agencias digitales. Podés reclamarle el total a cualquiera de las dos.
¿Qué puedo reclamar además del precio del pasaje?
Podés reclamar el daño material (precio pagado más gastos derivados de la cancelación) y el daño moral (el trastorno y frustración causados). El daño punitivo procede solo en casos de conducta especialmente grave y reiterada del proveedor.
¿Te esta pasando algo parecido? No te quedes con la duda ni dejes que se aprovechen de vos. Contame tu caso y te oriento sobre como defender tus derechos.

