Mario Vadillo abogado en aeropuerto

Reclamo por Cancelación de Vuelo

Cuando una aerolínea cancela o demora un vuelo invocando “razones operativas”, en la mayoría de los casos no está frente a una causa legal que justifique el incumplimiento. Se trata de situaciones propias de la organización empresaria que integran el riesgo de la actividad.

Si además no brinda asistencia, alternativas ni información, el incumplimiento es total y genera responsabilidad por todos los daños ocasionados.

El siguiente modelo permite reclamar en forma integral, exigir explicaciones concretas y dejar planteada la base para una eventual acción judicial.

Formulario de Reclamo por Cancelación, Demora, Overbooking o Sobreventa de Transporte Aéreo


Reclamo:

Al Transportador
(Poner nombre de la empresa)

S———/——–D:

Quien suscribe, [Nombre y Apellido], DNI Nº [ ], con domicilio en [calle, número, localidad, provincia], teléfono [ ], constituyendo domicilio electrónico en [correo electrónico], en mi carácter de pasajero del vuelo Nº [ ], ticket o reserva Nº [ ], se presenta ante Uds. a fin de formular el siguiente reclamo:

I. Hechos:

Que habiendo demorado y/o cancelado el vuelo Nº [ ], del cual era pasajero, se me informó que ello obedecía a supuestas “razones operativas”, sin brindarse mayores precisiones ni acreditación de una causal legal que justifique el incumplimiento.

Dicha invocación no constituye una justificación válida, salvo que se trate de supuestos excepcionales debidamente acreditados, tales como condiciones meteorológicas adversas, razones de seguridad, huelgas o fuerza mayor.

A ello se suma que no se me brindó solución adecuada ni asistencia mínima, quedando en una situación de desamparo, debiendo afrontar por mi cuenta gastos de alimentación, traslado y/o alojamiento, así como reorganizar compromisos personales y/o laborales afectados.

La falta de información clara, precisa y oportuna, junto con la ausencia de alternativas razonables, agrava el incumplimiento contractual.

II. Derecho:

El presente reclamo se funda en el Código Aeronáutico (Ley 17.285), el Decreto 809/2024 —que aprueba el Reglamento del Contrato de Transporte Aéreo de Pasajeros, Equipaje y Carga—, los tratados internacionales aplicables en caso de corresponder y, de manera supletoria, en la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.

En particular, conforme a los artículos 40 a 47 del Decreto 809/2024, frente a la cancelación, demora o denegación de embarque, el transportador se encuentra obligado a:

reubicar al pasajero en el primer vuelo disponible o aceptar el endoso en otra compañía
reprogramar el transporte en una fecha posterior a elección del pasajero
ofrecer reruteo por otra ruta o incluso por otro medio de transporte
reintegrar el precio del pasaje por el mismo medio de pago dentro del plazo legal
proporcionar información cierta, clara, detallada y oportuna sobre la situación y sus causas

Asimismo, en caso de demora, debe brindar servicios incidentales conforme el tiempo de espera:

cuando la demora supere las 4 horas: provisión de comidas y refrigerios
cuando la demora supere las 8 horas: alojamiento y traslados

Todo ello salvo supuestos excepcionales debidamente acreditados.

En consecuencia, la invocación genérica de “razones operativas” no constituye una causal legal de exoneración de responsabilidad.

III. Prueba:

Documental:

Adjuntar copia de facturas, recibos o cualquier documentación que permita analizar el reclamo.
Adjuntar copia de tickets, pasajes y talones de constancia de equipaje.

IV. Petición:

  1. Derecho a la Información: Intimo a esa empresa a que informe en forma precisa, circunstanciada y documentada la causa real de la cancelación o demora del vuelo, indicando específicamente si la misma responde a supuestos de fuerza mayor o a circunstancias operativas internas, bajo apercibimiento de considerar el incumplimiento como injustificado.
  2. Asimismo, intimo a que se acompañe constancia de las decisiones adoptadas, alternativas ofrecidas y comunicaciones efectuadas al pasajero.
  3. Cumplimiento de Obligaciones: Intimo a que se acredite haber dado cumplimiento a las obligaciones legales previstas, en particular:
    si se ofreció reubicación en otro vuelo o endoso en otra compañía
    si se ofreció reprogramación en fecha a elección del pasajero
    si se ofreció reruteo por otra vía o medio
    si se ofreció la devolución del pasaje
    si se brindaron los servicios incidentales correspondientes
  4. En caso de incumplimiento, se proceda de manera inmediata a su satisfacción.
  5. Reintegro: Solicito el reintegro total del pasaje abonado o la solución equivalente que corresponda, junto con la devolución de los gastos ocasionados, debidamente acreditados.
  6. Daños Materiales: Solicito que se proceda a resarcirme los daños causados que estimo en: (descripción y monto).
  7. Daño Moral: El incumplimiento contractual injustificado lo hace responsable por los daños que estimo en: (descripción y monto).
  8. Reserva de Derecho: En el supuesto de no obtener respuesta adecuada, me reservo el derecho de recurrir a la vía judicial, incluyendo daño moral y daño punitivo (art. 52 bis Ley 24.240), sin perjuicio de formular reclamo ante la Administración Nacional de Aviación Civil e instar la instancia de conciliación correspondiente. Siendo nula cualquier cláusula que pretenda limitar estos derechos.

Firma:
[Nombre y Apellido]


Formas de presentación:

Por Correo Electrónico Oficial
Por Carta Documento
Por Nota Firmada, solicitando constancia de recepción

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