El martes 14 de julio el INDEC publicó el dato de inflación de junio de 2026. Para los jubilados, ese índice fijó el aumento de agosto. Para millones de trabajadores en relación de dependencia, ese mismo número activó algo distinto: el ajuste semestral obligatorio del Impuesto a las Ganancias. ARCA ya publicó las nuevas tablas que rigen desde julio. La pregunta que me están haciendo esta semana es si el empleador las aplicó —o si te descontó de más sin darse cuenta.
El mecanismo: no es optativo para el empleador
La Ley 20.628 (Impuesto a las Ganancias), artículo 30, exige que las deducciones personales —los montos que se restan del ingreso bruto antes de calcular cuánto tributás— se actualicen en enero y en julio de cada año, usando la variación del IPC de los seis meses anteriores. Con la inflación acumulada del primer semestre de 2026 en torno al 16,9% —según proyecciones de El Cronista y Ámbito—, ARCA publicó las escalas para el segundo semestre.
El empleador actúa como agente de retención y tiene que aplicar esas tablas desde el primer pago de julio. No puede seguir usando los valores de enero. Si lo hace, retiene de más, y eso es un descuento sin respaldo legal.
¿Desde qué sueldo se paga Ganancias desde julio?
En base a los valores publicados por medios especializados sobre la base del IPC oficial (sujeto a la confirmación en arca.gob.ar), los nuevos pisos brutos son aproximadamente:
- Soltero sin hijos: $3.495.000 brutos / $2.900.000 netos mensuales.
- Casado sin hijos: $4.062.000 brutos / $3.371.000 netos mensuales.
- Casado con dos hijos: $4.644.000 brutos / $3.847.000 netos mensuales.
Si tu sueldo bruto está por debajo de esos montos según tu situación familiar, no tenés que pagar Ganancias. Si te lo siguen descontando, hay algo que podés hacer.
Tres situaciones, tres respuestas
Según dónde estés parado, lo que corresponde es distinto:
- Ya no llegás al nuevo mínimo: el empleador debe cesar la retención desde julio. Si no lo hizo, retuvo de más.
- Te descontaron con las tablas viejas: la diferencia entre lo que retuvieron y lo que correspondía con las nuevas tablas te la tienen que devolver en el próximo recibo. No hay que esperar: es una deuda de tu empleador hacia vos.
- Ahora superás el umbral por primera vez: si tu sueldo subió y te sacó del piso anterior, vas a ver la retención aparecer en julio. No es un error: es la mecánica del impuesto.
Paso a paso para reclamar si te retuvieron de más
- Revisá el recibo de julio. Buscá la línea “Impuesto a las Ganancias” o “Retención 4ª categoría”. Comparala con tu sueldo bruto y tu estado civil.
- Pedile la corrección a RR.HH. o al liquidador. Tenés derecho a que apliquen las tablas nuevas y te reintegren la diferencia en el próximo sueldo.
- Documentá el reclamo por escrito. Un correo al área de personal basta como constancia. Conservalo.
- Si no te corrigen en el siguiente recibo: podés presentar una consulta o denuncia ante ARCA o ante el Ministerio de Trabajo de la Nación. El exceso retenido sin fundamento legal cae en la prohibición del art. 131 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Para entender cada concepto de tu recibo, esta nota sobre el nuevo recibo de sueldo explica línea por línea qué significa cada deducción y para qué sirve.
Base legal
- Ley 20.628, art. 30 (Impuesto a las Ganancias) — establece la actualización semestral de las deducciones personales en enero y julio usando el IPC. Ver en Infoleg.
- Ley 20.744, art. 131 (Contrato de Trabajo) — prohíbe al empleador retener del salario sumas no autorizadas por ley: el exceso de retención de Ganancias cae en esta prohibición y debe ser reintegrado.
Preguntas frecuentes
¿Desde qué sueldo se paga Ganancias en julio 2026?
Aproximadamente desde $3.495.000 brutos para un trabajador soltero sin hijos, $4.062.000 para casado sin hijos y $4.644.000 para casado con dos hijos. Los valores exactos y oficiales están en arca.gob.ar.
¿El empleador tiene que actualizar las tablas automáticamente?
Sí. Como agente de retención designado por la Ley 20.628, el empleador está obligado a aplicar las tablas actualizadas de ARCA desde que las publica. No hacerlo implica una retención en exceso no autorizada.
¿Qué pasa si el empleador no me devuelve la diferencia retenida de más?
Podés reclamar ante ARCA o ante el Ministerio de Trabajo de la Nación. El exceso retenido sin base legal es un descuento prohibido por el art. 131 de la Ley de Contrato de Trabajo.
¿Dónde veo los valores oficiales de ARCA para el segundo semestre 2026?
En arca.gob.ar, ingresando a la sección Impuesto a las Ganancias → Personas Humanas → Deducciones personales. Ahí encontrás el documento con los montos vigentes desde julio.
Cada caso es distinto y los plazos corren. Hace tu consulta ahora y enterate qué pasos te conviene dar.

