Si te atrasaste con la factura de AYSAM y hoy tenés deuda, derivación a un estudio jurídico o amenaza de corte, esta guía es para vos. La Ley provincial 9589 prevé herramientas concretas para usuarios del servicio de agua potable que no pueden pagar.
1. Pedir el subsidio o tarifa social
AYSAM tiene subsidios para usuarios de bajos recursos y jubilados, previstos en el art. 20 de la Ley 9589. Este beneficio puede cubrir entre el 75% y el 100% de la tarifa mínima.
Para solicitarlo:
- Ir al Área Social del municipio.
- Pedir el certificado de situación socioeconómica.
- Presentarlo en AYSAM con la factura y DNI del grupo familiar.
Más información sobre trámites: aysam.com.ar/tramites
2. Si ya tenés deuda
Presentá una nota en AYSAM con copia sellada:
- Explicando tu situación económica.
- Solicitando tarifa social o subsidio.
- Pidiendo un plan de pago acorde a tus ingresos.
Esto deja constancia de que no hay falta de voluntad de pago sino imposibilidad económica. Es prueba clave si la cosa escala.
3. Si AYSAM te manda a un estudio jurídico para pagar
⚠ Acá está el verdadero problema. Cuando el usuario quiere pagar la deuda o evitar el corte, AYSAM no le ofrece pagar ni hacer un plan en sus propias oficinas: lo deriva a un estudio jurídico privado. Ahí la deuda aparece inflada con intereses, honorarios y “gastos de gestión” que no figuran en el régimen tarifario aprobado por decreto provincial.
Esto es contrario a la propia Ley 9589 de Mendoza, que regula el servicio:
- Art. 8°: la cobranza es parte del servicio público. Es función del operador, no de un tercero.
- Art. 15°: el cobro coactivo solo procede por juicio de apremio. La ley no autoriza un esquema extrajudicial con honorarios cargados al usuario.
- Art. 17°: la tarifa solo puede incluir los conceptos aprobados por el Ente Regulador. Los honorarios de un estudio jurídico no están en el régimen tarifario.
- Art. 22° inc. 8: es deber del operador cobrar. AYSAM no puede negarse a recibir el pago.
Qué hacer
- a) Presentá una nota en AYSAM pidiendo expresamente pagar la deuda o acceder a un plan de pago en AYSAM, sin derivación al estudio jurídico.
- b) Pedí por escrito el detalle de la deuda original: capital por período e intereses según régimen tarifario.
- c) Si la liquidación incluye honorarios u otros cargos no autorizados, invocá el art. 28 inc. 4 de la Ley 9589: tenés derecho a la rectificación por el operador, y el Ente Regulador (DIRCAS) puede autorizar la suspensión del pago hasta que se rectifique.
- d) Si AYSAM se niega, hacé la denuncia ante DIRCAS por art. 28 inc. 6. El operador puede ser sancionado por art. 39.
- e) No firmes nada en el estudio jurídico bajo presión de corte: los honorarios sin juicio iniciado no figuran en el régimen tarifario y, si hubiera juicio, los regula el juez, no el estudio.
4. La ley protege a los usuarios vulnerables
La Ley provincial 9589 reconoce el derecho al agua potable (art. 26) y prohíbe el corte del servicio cuando el usuario acredita imposibilidad de pago (art. 14).
Si pese a esto amenazan con suspender el servicio, podés reclamar ante DIRCAS, el ente regulador que depende del Departamento General de Irrigación: irrigacion.gov.ar
5. Modelo de nota para presentar en AYSAM
Podés copiar este modelo, completarlo con tus datos y presentarlo en AYSAM. Pedí siempre copia sellada.
Mendoza, ___ de _________ de 20___.
Sr./a. Gerente de AYSAM:
Quien suscribe, ___________________________, DNI N° __________, domiciliado/a en ____________________________________, titular del suministro N° __________, en los términos de los artículos 8, 13, 14, 15, 17, 20, 22, 26, 28 y 39 de la Ley Provincial 9589, vengo a solicitar:
- Que se me otorgue la tarifa social o subsidio previsto en el art. 20 de la Ley 9589, por imposibilidad económica de afrontar el pago.
- Que se suspenda toda intimación, corte o medida sobre el suministro, en tanto se acredita imposibilidad de pago en los términos del art. 14 de la Ley 9589.
- Que se me informe por escrito el detalle de la deuda: capital adeudado por período, intereses según régimen tarifario aprobado y norma que los autoriza.
- Que se me permita saldar la deuda directamente en las oficinas comerciales de AYSAM o acceder a un plan de pago acorde a mis ingresos, conforme al deber del operador establecido en el art. 22 inc. 8 de la Ley 9589, sin derivación a estudio jurídico privado.
- Si la liquidación reclamada incluyera honorarios u otros conceptos no previstos en el régimen tarifario aprobado, solicito la rectificación prevista en el art. 28 inc. 4 de la Ley 9589, con suspensión del pago hasta que el Ente Regulador resuelva.
- Que se acompañe copia de la presente al estudio jurídico interviniente, para que cese toda gestión extrajudicial mientras se sustancia este reclamo.
Acompaño certificado de situación socioeconómica emitido por el Municipio y copia de DNI del grupo familiar. Solicito acuse de recibo.
Saluda atte.
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Firma y aclaración. DNI.
Mario Vadillo — Defensa del Consumidor


