📌 En 30 segundos: Si te labraron un acta de tránsito en la Provincia de Buenos Aires, tenés derecho a presentar un descargo y discutir la infracción. Las multas leves prescriben a los 2 años; las graves, a los 5 años. Hay dos sistemas: multas en calles municipales (Juzgado de Faltas del municipio) y multas en rutas o autopistas (portal InfraccionesBA). Revisá el acta antes de pagar: si está mal labrada o el plazo venció, podés defenderte.
Cada semana me llegan consultas desde el Gran Buenos Aires y del interior de la Provincia. La historia siempre se parece: el agente labró el acta, la persona no supo qué hacer y pagó. O, peor, ignoró la infracción durante años y ahora tiene una deuda que creció con recargos. Antes de meter la mano en el bolsillo o de correr a la Municipalidad sin saber adónde vas, leé esto.
Dos sistemas de multas en Buenos Aires Provincia: municipal o rutas
Lo primero que tenés que definir es dónde ocurrió la infracción:
- Calles, avenidas y caminos bajo jurisdicción municipal (la gran mayoría de casos en el Conurbano y el interior bonaerense): el municipio procesa la infracción y se juzga ante el Juzgado de Faltas local. Cada partido tiene el suyo.
- Rutas provinciales, nacionales, autopistas y semiautopistas: la infracción queda registrada en el Sistema Único de Administración de Infracciones de Tránsito Provincial, gestionable en infraccionesba.gba.gob.ar.
Esta distinción define el procedimiento, los plazos y el lugar donde presentarte o recurrir. Confundirlos te hace perder tiempo y, a veces, el plazo para impugnar.
Cómo impugnar una multa municipal (Juzgado de Faltas del partido)
- Pedí el acta completa. Tenés derecho a una copia. Revisá que tenga fecha, hora, lugar preciso, norma infringida y datos del agente.
- Chequeá si tiene vicios formales. Si le falta alguno de esos elementos, el acta puede ser nula. Eso es lo primero que planteás en tu descargo.
- Presentá un descargo escrito ante el Juzgado de Faltas de tu partido. El plazo varía según la ordenanza local: en la mayoría de los municipios bonaerenses es de 10 a 15 días hábiles desde la notificación. Consultá el plazo exacto en el Juzgado de tu municipio antes de que venza.
- Audiencia. Tenés derecho a ser escuchado. Podés presentarte solo o con abogado. Llevá toda la prueba disponible: fotos del lugar, registro de conducir, testimonios.
- Si el Juzgado confirma la infracción, podés apelar: ante el Juez de Paz Letrado (en partidos que no son cabecera de departamento judicial) o ante el Juez en lo Correccional (en los que sí lo son), según establece la Ley 13.927.
Cómo impugnar una multa de ruta o autopista (InfraccionesBA)
- Ingresá a infraccionesba.gba.gob.ar con tu DNI o número de dominio para ver el detalle de la infracción.
- Desde el mismo portal podés iniciar el descargo online o presentarte en la oficina de control de infracciones más cercana.
- Contra la resolución que confirme la infracción podés interponer recurso de revocatoria (ante quien la dictó) y apelación. Ambos deben presentarse dentro de los 5 días hábiles de notificada la resolución (Ley 13.927).
- La apelación la resuelve el Juez en lo Correccional en turno de la jurisdicción.
¿Cuándo prescribe una multa de tránsito en Buenos Aires Provincia?
La Ley 13.927 establece los siguientes plazos de prescripción:
- 2 años para faltas leves
- 5 años para faltas graves y para sanciones ya firmes
El plazo se interrumpe si el Estado inicia el proceso administrativo o judicial, o si cometés otra infracción grave.
La clave práctica: si pasaron 2 años desde el acta y no recibiste una notificación fehaciente —cédula de notificación, acta entregada en mano o carta documento— la multa puede estar prescripta. Plantealo como primera defensa en el Juzgado de Faltas o ante el sistema provincial. No pagués una multa prescripta.
Revisá el acta: si está mal labrada, es impugnable
Un acta de infracción válida debe contener, como mínimo:
- Fecha, hora y lugar exacto del hecho
- Norma infringida (artículo y cuerpo normativo)
- Descripción clara y concreta de la conducta imputada
- Identificación del agente que la labró (nombre, placa o número de servicio)
- Firma del agente y constancia de notificación al conductor
Si falta alguno de estos requisitos, el acta tiene un vicio formal. Señalalo como argumento principal en tu descargo: no hay que discutir el fondo si el instrumento mismo es nulo.
Para comparar el sistema de otras jurisdicciones, leé también la guía de multas de tránsito en Mendoza y la de multas en CABA.
Modelo de descargo para Juzgado de Faltas en Buenos Aires Provincia
Completá los campos entre corchetes y presentalo por escrito en el Juzgado de Faltas de tu partido. Es un texto base: adaptalo a tu situación concreta.
Al Sr./Sra. Juez de Faltas del Municipio de [NOMBRE DEL MUNICIPIO] [NOMBRE COMPLETO], DNI N.° [NÚMERO DE DNI], con domicilio en [DOMICILIO COMPLETO], me presento y digo: I. OBJETO Interpongo descargo y solicito la absolución respecto del Acta de Infracción N.° [NÚMERO DEL ACTA], labrada el día [FECHA DEL ACTA], por presunta infracción al art. [ARTÍCULO] del/de la [ORDENANZA / CÓDIGO DE FALTAS / LEY 13.927], en [LUGAR INDICADO EN EL ACTA]. II. HECHOS [Describir brevemente qué ocurrió y por qué la infracción no corresponde o fue incorrectamente labrada.] III. DEFENSA — Opción A (vicios formales): El acta carece de [indicar: identificación del agente / descripción clara de la conducta / norma infringida / firma], lo que la torna formalmente nula. — Opción B (prescripción): Habiendo transcurrido más de [2 / 5] años desde la supuesta infracción sin que mediara notificación fehaciente ni proceso iniciado, la acción se encuentra prescripta conforme la Ley 13.927 y/o el Código de Faltas del Municipio de [MUNICIPIO]. — Opción C (fondo): La conducta imputada no configura la infracción del acta porque [EXPLICAR: no estaba en el lugar / la señal estaba obstruida / el vehículo indicado no es el mío / etc.]. IV. PRUEBA Ofrezco como prueba: [fotografías del lugar / registro de conducir actualizado / declaraciones testimoniales / verificación técnica del vehículo / otras]. V. PETITORIO Solicito a V.S. que dicte sentencia absolutoria. [CIUDAD/LOCALIDAD], [FECHA] [FIRMA] [NOMBRE Y APELLIDO] [DNI]
Base legal
- Ley Provincial 13.927 (Tránsito y Seguridad Vial de Buenos Aires) — regula las infracciones de tránsito en rutas y autopistas bonaerenses, el procedimiento recursivo (5 días hábiles para recurrir) y los plazos de prescripción (2 años para faltas leves; 5 años para graves). Texto en normas.gba.gob.ar.
- Ley Nacional 24.449 (Ley de Tránsito) — marco general aplicable en todo el país; establece principios, graduación de infracciones y garantías del proceso. Texto en infoleg.gob.ar.
- CN art. 18 y art. 42 — toda sanción administrativa exige notificación fehaciente, derecho de defensa y plazo razonable; el ciudadano no puede ser sancionado sin proceso previo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para impugnar una multa de tránsito en Buenos Aires Provincia?
Para multas de ruta (sistema InfraccionesBA), el plazo es de 5 días hábiles desde la notificación de la resolución según la Ley 13.927. Para multas municipales, cada ordenanza local fija el plazo, generalmente entre 10 y 15 días hábiles. Consultá en el Juzgado de Faltas de tu partido antes de que venza.
¿Las multas de tránsito prescriben en Buenos Aires Provincia?
Sí. La Ley 13.927 establece 2 años de prescripción para infracciones leves y 5 años para las graves. Si transcurrieron esos plazos sin notificación fehaciente ni proceso iniciado, la multa está prescripta y podés oponerlo como primera defensa.
¿Puedo impugnar una multa de tránsito en Buenos Aires sin abogado?
Sí. El descargo ante el Juzgado de Faltas municipal puede presentarlo el propio interesado sin asistencia letrada. Para infracciones graves o si llegás a la instancia de apelación ante el Juez Correccional, conviene consultar con un abogado.
¿Qué pasa si ignoro una multa de tránsito en Buenos Aires Provincia?
Si no prescribió, puede quedar registrada en el Registro Único de Infractores de Tránsito, impedir la renovación de tu licencia y generar un proceso ejecutivo para cobrarla. Antes de ignorarla, verificá si está prescripta o tiene vicios formales que la invaliden.
Cada caso es distinto y los plazos corren. Hace tu consulta gratuita ahora y enterate que pasos te conviene dar.

