📌 En 30 segundos: Si te labraron un acta en la Ciudad de Buenos Aires, tenés 40 días corridos desde la notificación para pagar con 50% de descuento o pedir audiencia con el controlador de faltas y presentar tu descargo. Si la infracción tiene más de dos años sin notificación fehaciente, existe un fallo de primera instancia que la declara prescripta. No pagues sin revisar primero.
Cada semana llegan al estudio personas con la misma historia: una multa de tránsito de la Ciudad de Buenos Aires que llevan meses ignorando, sin saber si vence, si prescribe o si vale impugnarla. El sistema de faltas porteño tiene sus propias reglas —distintas a las de la Provincia de Mendoza y de la Provincia de Buenos Aires— y acá te cuento exactamente cómo funciona.
Los plazos clave que tenés que conocer
La Ciudad tiene 60 días corridos para notificarte la infracción. A partir de esa notificación, tenés 40 días corridos para elegir entre dos caminos:
- Pagar con 50% de descuento (pago voluntario): rápido, pero cerrás cualquier posibilidad de impugnar.
- Pedir audiencia con el controlador de faltas y presentar tu descargo. Es gratuita, puede ser presencial o virtual, y no pagás nada hasta que resuelvan.
El turno se saca en buenosaires.gob.ar, llamando al 147 (gratuito) o por WhatsApp con Boti (+54 9 11 5050-0147). Si dejás vencer los 40 días sin hacer nada, el caso pasa al juzgado y perdés el descuento.
Cuándo impugnar: los defectos más frecuentes en el acta
Un acta con vicios formales se puede archivar. Ante el controlador, revisá si el acta presenta alguno de estos problemas:
- Datos del conductor, vehículo o patente incorrectos o ilegibles.
- Fecha, hora o lugar ausentes o inconsistentes con lo que realmente ocurrió.
- Infracción no encuadrada en norma concreta de la Ley 2148 (Código de Tránsito de CABA) o de la Ley 451 (Régimen de Faltas de CABA).
- Falta de firma del agente o de testigos cuando eran obligatorios.
- Prescripción de la acción (ver el punto siguiente, que es el más importante).
Fundá siempre el descargo en la norma concreta que se vulneró. Las protestas genéricas no prosperan.
La prescripción en CABA: el argumento que la Ciudad no publicita
La Ley 451 de CABA fija un plazo de prescripción de 5 años para las infracciones de tránsito. Pero en junio de 2023, el Juzgado de 1ª Instancia en lo Penal Contravencional y de Faltas Nº 15 de la Ciudad —a cargo de la jueza Karina Andrade— declaró ese artículo inconstitucional.
El fundamento es sólido: el art. 65 inc. 4 del Código Penal Nacional establece una prescripción de 2 años para las multas. Y la legislatura porteña no puede legislar sobre prescripción penal porque esa es competencia exclusiva del Congreso Nacional —lo dijo la propia Corte Suprema en el precedente Alpha Shipping S.A.—. Por eso, el plazo aplicable en CABA debería ser 2 años, no 5.
Es un fallo de primera instancia, no doctrina consolidada de la Cámara. Pero es un argumento real, con respaldo jurídico, que podés usar en tu descargo o en sede judicial. Si tu infracción tiene más de dos años y nunca recibiste notificación fehaciente, planteá la prescripción.
Paso a paso: cómo hacer el descargo
- Reuní el acta y tus documentos: registro de conducir, fotos, ubicación GPS del vehículo o cualquier elemento que respalde tu defensa.
- Pedí el turno por buenosaires.gob.ar, el 147 o Boti, antes de que venzan los 40 días desde la notificación.
- En la audiencia, exponé tu argumento con fundamento legal concreto y ofrecé prueba.
- Si el controlador archiva el acta: no pagás nada y el asunto se cierra.
- Si el controlador rechaza: podés apelar ante el Juzgado en lo Penal Contravencional y de Faltas (Ley 1217). En esa etapa conviene asesorarte con un abogado.
Modelo de descargo para multa de tránsito en CABA
Este es el esqueleto básico para presentar el descargo por escrito antes de la audiencia o como complemento oral. Completá los datos entre corchetes y eliminá las opciones que no uses:
DESCARGO — INFRACCIÓN DE TRÁNSITO — CABA
Señor/a Controlador/a de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
[NOMBRE Y APELLIDO], DNI N° [NÚMERO], con domicilio en [DIRECCIÓN, CABA], me presento en el marco del Acta de Infracción N° [NÚMERO DE ACTA], labrada el día [FECHA], y digo:
I. OBJETO
Que solicito el archivo de las presentes actuaciones por las razones que a continuación expongo.II. FUNDAMENTO
[ELEGIR EL QUE CORRESPONDA:]
▸ Por defecto formal: El acta carece de [especificar: datos correctos del conductor / norma infringida / firma del agente / etc.], lo que la torna nula.
▸ Por prescripción: La infracción fue labrada el [FECHA], sin que existiera notificación fehaciente al suscripto hasta la fecha. Han transcurrido más de dos (2) años. Conforme al art. 65 inc. 4 del Código Penal Nacional y al precedente del Juzgado PCyF N° 15 (jueza Andrade, junio 2023), la acción se encuentra prescripta. El art. 15 de la Ley 451 es inconstitucional por invadir competencia legislativa nacional.
▸ Por error en la identificación: El vehículo o conductor identificado en el acta no corresponde al suscripto. [Detallar la discrepancia concreta.]III. PRUEBA
Ofrezco como prueba: [documentación adjunta / fotos / GPS / declaración de testigo, etc.]IV. PETITORIO
Por todo lo expuesto, solicito se ordene el archivo de las presentes actuaciones.[CIUDAD Y FECHA]
[FIRMA Y ACLARACIÓN]
Base legal
- Ley 451 (Régimen de Faltas CABA), art. 15 — Prescripción de 5 años para infracciones. Declarado inconstitucional en primera instancia (Juzgado PCyF Nº 15, junio 2023) por colisionar con el Código Penal Nacional. Texto oficial.
- Ley 1217 (Procedimiento de Faltas CABA) — Regula la audiencia ante el controlador, los plazos del procedimiento y el recurso de apelación judicial. Texto oficial.
- Código Penal Nacional, art. 65 inc. 4 — Prescripción de multas: 2 años. Aplicable en CABA por supremacía de la ley nacional sobre normativa local.
- Ley 2148 (Código de Tránsito CABA) — Define las infracciones de circulación en el ámbito porteño y es la norma de fondo que debe citar el acta.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para impugnar una multa de tránsito en CABA?
Tenés 40 días corridos desde la notificación de la infracción para pagar con 50% de descuento o pedir audiencia con el controlador de faltas y presentar tu descargo. Si ese plazo vence sin que actúes, el caso pasa al juzgado y perdés el beneficio del pago reducido.
¿Las multas de tránsito en CABA prescriben a los 2 o a los 5 años?
La Ley 451 fija 5 años, pero en junio de 2023 el Juzgado PCyF Nº 15 de la Ciudad declaró ese plazo inconstitucional y aplicó los 2 años del Código Penal Nacional (art. 65 inc. 4), ya que la prescripción penal es competencia exclusiva del Congreso Nacional. Es un fallo de primera instancia, pero es un argumento válido para usar en tu descargo.
¿Puedo hacer el descargo sin abogado en CABA?
Sí. Ante el controlador de faltas podés presentarte solo; la audiencia es gratuita. Si el controlador rechaza el descargo y apelás al juzgado, es conveniente —aunque no siempre obligatorio— contar con asesoramiento letrado para esa etapa.
¿Cómo pido turno para el descargo de una multa en CABA?
Ingresá a buenosaires.gob.ar, llamá al 147 (gratuito) o escribile al bot Boti por WhatsApp al +54 9 11 5050-0147. La audiencia puede hacerse de forma presencial o virtual, a tu elección.
Cada caso es distinto y los plazos corren. Hace tu consulta gratuita ahora y enterate qué pasos te conviene dar.

