Médico atendiendo a un paciente mayor, medicamentos PAMI

Jubilados del PAMI: en junio cambió el límite para remedios gratis — verificá si te afecta

Si sos jubilado o pensionado afiliado al PAMI, hay una novedad que puede estar afectándote ahora mismo sin que nadie te avisara: desde junio de 2026 cambió el límite de ingresos para acceder a medicamentos gratuitos. El nuevo tope es de $604.976,99 por mes. Si cobrás más que eso, dejás de calificar automáticamente para el beneficio —salvo que conozcas las excepciones, que el PAMI no siempre difunde con claridad.

En Mendoza hay cientos de miles de afiliados al PAMI. Una parte importante de ellos vive con jubilaciones que rondan el límite y no sabe si todavía tiene derecho a sus remedios sin pagar. Este artículo es para ellos.

¿Cuánto es el nuevo límite en junio 2026?

El PAMI ajusta este tope mensualmente según el haber previsional mínimo de ANSES. En junio de 2026, la jubilación mínima quedó en $403.317,99. El límite para acceder al subsidio de medicamentos sin cargo equivale a 1,5 veces ese valor: $604.976,99 mensuales.

Si tus ingresos totales —jubilación más pensión más cualquier otro ingreso declarado— no superan esa cifra, seguís calificando. Si la superás, necesitás explorar las excepciones que describo a continuación, porque puede que aun así tengas derecho al beneficio.

Excepción N°1: si en tu hogar hay una persona con discapacidad

Si vos o cualquier familiar que convive con vos tiene un Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente, el límite de ingresos sube a $1.209.953,97 (tres veces el haber mínimo). Si estás en esta situación, presentá el CUD actualizado en tu farmacia habitual o en la sede del PAMI más cercana a tu domicilio para que quede registrado en tu legajo.

Excepción N°2: cuando los remedios se llevan más del 15% de tus ingresos

Esta es la excepción que menos gente conoce y la más importante para quienes quedaron justo por encima del corte. Si el costo de los medicamentos que te recetaron representa más del 15% de tus ingresos mensuales, podés solicitar al PAMI una cobertura del 100% por razones sociales, independientemente de si superás el límite general.

El trámite se hace en las oficinas del PAMI presentando las recetas, los comprobantes del precio de los medicamentos y tu documentación de ingresos. No es una negativa automática: cada caso debe evaluarse individualmente, y el PAMI tiene la obligación de fundarlo si rechaza la solicitud.

Otros requisitos para acceder al beneficio

Además del límite de ingresos, el PAMI exige cumplir con las siguientes condiciones:

  • No estar afiliado a una prepaga o plan superador de obra social.
  • No ser titular de más de un inmueble.
  • No ser propietario de aeronaves o embarcaciones de lujo.
  • No tener vehículo con menos de 10 años de antigüedad (con excepción de quienes tienen CUD).

¿Qué medicamentos cubre el PAMI al 100%?

El PAMI mantiene una lista de medicamentos de cobertura total que incluye principalmente tratamientos para hipertensión, diabetes, colesterol, osteoporosis, depresión y otras enfermedades crónicas prevalentes en adultos mayores. Los medicamentos que no están en esa lista pueden tener cobertura parcial incluso para quienes no califican al subsidio por ingresos. Consultá en tu farmacia o en el PAMI cuál es la cobertura aplicable a cada medicamento que tomás.

¿Qué hacés si te lo niegan y creés que te corresponde?

  1. Pedí la negativa por escrito con el fundamento normativo. El PAMI no puede negarte verbalmente sin respaldo.
  2. Calculá el porcentaje que representan tus remedios sobre tus ingresos. Si supera el 15%, solicitá el trámite de cobertura por razones sociales.
  3. Presentá el CUD si hay alguien en tu hogar con discapacidad certificada.
  4. Recurrí ante la Superintendencia de Servicios de Salud si el PAMI te niega sin fundamento legal claro: el número gratuito es 0800-222-SALUD (0800-222-72583).

El acceso al medicamento no es un privilegio que el Estado puede dar y quitar según las conveniencias del presupuesto. Es parte del derecho constitucional a la salud (art. 42 CN y art. 75, inc. 22), reforzado por los tratados internacionales que la Argentina suscribió. Que el límite suba cada mes es razonable en teoría, pero en la práctica hay jubilados que en cada actualización quedan al borde del corte sin que nadie los llame para avisarles.

Si estás en esa situación o tenés un familiar que lo está, no lo dejés pasar. La información es el primer derecho.

Si te negaron el beneficio de medicamentos del PAMI y creés que te corresponde, escribime. Revisamos tu situación juntos y te orientamos sin costo adicional.

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