Tu deuda de tarjeta puede prescribir: lo que los bancos callan

El teléfono suena. Al otro lado hay un estudio de cobro que te reclama una deuda de tarjeta de crédito de hace tres años. La cifra es intimidante. El tono, también. La primera reacción es el miedo. Pero antes de hacer cualquier pago o firmar cualquier cosa, hay una pregunta que necesitás hacerte: ¿esa deuda todavía es legalmente exigible?

Porque la ley argentina establece plazos de prescripción para las deudas de tarjetas de crédito. Plazos cortos. Y que los bancos y los estudios de cobranza prefieren que no conozcas.

Qué dice el artículo 47 de la Ley de Tarjetas de Crédito

La Ley 25.065 —que regula el sistema de tarjetas de crédito en Argentina— establece en su artículo 47 los plazos de prescripción de las acciones legales que pueden ejercer los emisores:

  • Al año: prescribe la acción ejecutiva, la que le permite al banco iniciar un juicio ejecutivo para cobrarte de forma directa y rápida.
  • A los tres años: prescriben las acciones ordinarias, el juicio común que requiere mayor desarrollo probatorio.

Estos plazos corren, en general, desde el vencimiento de cada resumen de cuenta impago. Esto significa que si tu última cuota impaga venció en junio de 2023, la acción ejecutiva prescribió en junio de 2024. La acción ordinaria, en junio de 2026.

No importa que el banco o el estudio de cobro te sigan llamando. No importa que la deuda figure en el Veraz. La prescripción opera sobre la acción judicial: una vez que venció el plazo, el acreedor tiene dificultades muy serias para forzar el cobro por vía legal.

La prescripción no es automática: hay que alegarla

Acá viene el punto que más confusión genera. La prescripción no extingue la deuda por el solo paso del tiempo. Para que te proteja en la práctica, hay que alegarla como defensa dentro de una acción judicial. Si el banco inicia un juicio ejecutivo y vos no contestás la demanda oponiendo la excepción de prescripción, el juez no la va a aplicar de oficio.

Por eso, si recibís una notificación judicial relacionada con una deuda de tarjeta que creés puede estar prescripta, es imprescindible consultar con un abogado antes de que venzan los plazos que indica el traslado. La excepción de prescripción es una herramienta poderosa, pero solo funciona si se ejerce correctamente y en tiempo.

Lo que no debés hacer cuando te llaman

Los estudios de cobranza compran carteras de deudas antiguas a una fracción de su valor nominal. Sus operadores están entrenados para lograr que el deudor reconozca la deuda, aunque sea de manera informal. Y ahí está el peligro: cualquier acto que implique reconocimiento de deuda interrumpe la prescripción y reinicia el plazo desde cero.

Esto incluye situaciones que parecen menores:

  • Pagar aunque sea un peso de la deuda.
  • Firmar un acuerdo de refinanciación o cualquier documento que mencione la obligación.
  • Enviar un mensaje de WhatsApp o email donde reconozcas que “debés pero no podés pagar”.
  • Solicitar una quita o un plan de pagos sin asesoramiento previo.

Antes de cualquier contacto sustantivo con un estudio de cobro, pedí siempre por escrito el detalle completo de la deuda: capital original, fecha de vencimiento de cada cuota impaga, intereses discriminados y la entidad cedente. Es tu derecho. Y muchas veces, ese detalle revela que la deuda está prescripta o que el monto reclamado incluye intereses sobre intereses que son jurídicamente revisables.

¿Y el Veraz?

La información crediticia también tiene plazos. La Ley 25.326 de Protección de Datos Personales establece que los datos de deudas no pueden conservarse en bases de datos por más de cinco años desde el vencimiento de la obligación, o dos años desde su cancelación. Si tu deuda figura en el Veraz o en la Central de Deudores del BCRA más allá de esos plazos, tenés derecho a solicitar su eliminación mediante una acción de hábeas data.

Lo que recomiendo antes de pagar una deuda vieja

  1. Verificá la fecha de vencimiento de las cuotas impagas. Ese es el punto de partida para calcular si la prescripción ya operó.
  2. Pedí el detalle de la deuda por escrito antes de cualquier conversación de fondo con el estudio de cobro.
  3. No reconozcas la deuda de ninguna forma hasta tener claridad sobre si es judicialmente exigible.
  4. Consultá a un abogado si recibís una notificación judicial. Los plazos judiciales son cortos y el error puede costar caro.
  5. Denunciá el hostigamiento si te llaman a horas inadecuadas, te amenazan con consecuencias que no pueden cumplir o te dan información falsa sobre sus facultades. Eso también es ilegal bajo la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.

Llevo años viendo cómo personas pagan deudas que ya no les podían cobrar, simplemente porque no sabían que tenían ese derecho. El miedo es el principal aliado del cobrador abusivo. El conocimiento, el principal antídoto.

Si recibís llamados de cobranza por una deuda vieja y no sabés si todavía es exigible, podés consultarme. A veces la respuesta es más simple de lo que parece.

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