Compraste un auto 0 km con el esfuerzo de años. A los pocos meses empezaron los problemas: una luz de aviso en el tablero, pérdida de potencia mientras manejás, el auto que entra y sale del taller sin solución definitiva. Te dijeron que era una falla menor, que la próxima revisión lo iba a resolver. Pasaron meses. Pasaron años. No lo resolvieron.
Un fallo de la Justicia de San Isidro, con sentencia publicada el 22 de junio de 2026 en Infobae, le pone nombre a esa situación y establece algo que muchos consumidores no saben: cuando un vehículo 0 km presenta fallas reiteradas que la empresa no logra resolver durante el período de garantía, podés exigir la devolución del valor actualizado del vehículo, una indemnización por daño moral y daños punitivos. No tenés que conformarte con otra reparación.
El caso: Chevrolet Captiva, años de reclamos, un fallo ejemplar
El consumidor compró una Chevrolet Captiva LTZ 2.2 en enero de 2018, haciendo un esfuerzo económico significativo para adquirir un 0 km destinado al uso familiar. Antes de completar dos años de uso, el vehículo comenzó a presentar una falla recurrente y grave: la luz de advertencia del motor se activaba en marcha y el auto perdía potencia de manera impredecible mientras circulaba. Un problema de seguridad, no un inconveniente menor.
Pasaron años de visitas al servicio técnico autorizado. Ninguna reparación fue definitiva. General Motors Argentina y la concesionaria nunca ofrecieron una solución permanente ni el reemplazo del vehículo. El consumidor tuvo que recurrir a la Justicia para obtener lo que tenía derecho desde el inicio.
El Juzgado de San Isidro condenó a ambas empresas con tres ítems:
- Reintegro del valor actualizado del vehículo: el precio original, ajustado a valores actuales al momento de la sentencia.
- $5 millones de pesos por daño moral: por el tiempo perdido, la incertidumbre, el riesgo en la ruta y la frustración de no tener el vehículo que pagaste.
- $4 millones de pesos de daño punitivo: una sanción adicional que la ley permite cuando la empresa actuó con grave menosprecio hacia el consumidor, con respuestas inadecuadas y demoras injustificadas.
Qué dice la ley y por qué te aplica a vos también
El artículo 11 de la Ley 24.240 establece la garantía legal mínima para bienes muebles. Pero el criterio más importante que refuerza este fallo va más allá del plazo: cuando las reparaciones sucesivas no resuelven la falla, el consumidor puede optar entre tres alternativas: que se le devuelva el precio pagado, que el bien se sustituya por otro de la misma especie y calidad, o que se reduzca proporcionalmente el precio.
El artículo 40 bis de la misma ley agrega el daño directo —lo que sufriste por la falla—. Y el artículo 52 bis habilita el daño punitivo cuando la conducta del proveedor fue “deliberadamente desconsiderada” con el consumidor. Tres artículos que juntos pueden convertir una garantía incumplida en una condena millonaria para la empresa.
Este fallo no es el primero de este tipo. A lo largo de 2026 se registraron al menos tres sentencias similares contra distintas marcas automotrices, todas con el mismo eje: la falla reiterada no resuelta rompe el contrato y obliga a la empresa a devolver el dinero más los daños causados.
Qué hacer si estás en esa situación
- Documentá todo desde el primer día: cada visita al servicio técnico, cada orden de trabajo, cada llamada de reclamo. Esa documentación es tu prueba ante la Justicia.
- Reclamá siempre por escrito: el reclamo telefónico que no se registra no existe. Usá correo electrónico o el sistema de reclamos formal de la concesionaria.
- Intimá con carta documento: si después de dos o tres reparaciones la falla persiste, mandá una carta documento estableciendo un plazo razonable para la solución definitiva o la sustitución del vehículo.
- No aceptes “otra reparación más”: tenés derecho a elegir entre reparación, sustitución o devolución del dinero. No estás obligado a seguir llevando el auto al taller indefinidamente.
- Acudí a Defensa del Consumidor: el reclamo administrativo es gratuito, interrumpe la prescripción y puede forzar una solución antes de llegar al juicio.
- No esperés años: el caso de esta nota tomó mucho tiempo precisamente porque el consumidor esperó demasiado antes de actuar formalmente. Cuanto antes actuás, más fuerte es tu posición.
El daño punitivo: la herramienta que más le duele a la empresa
Vale la pena subrayar los $4 millones de daño punitivo. Esta figura no compensa un daño al consumidor: sirve para castigar y disuadir a la empresa de repetir conductas abusivas. La ley la habilita específicamente cuando el proveedor actuó con grave menosprecio hacia los derechos del usuario.
En términos prácticos, significa que cuando una automotriz —o cualquier empresa— sabe que un producto está fallando, no lo resuelve y mantiene al consumidor girando en el taller sin solución definitiva, un juez puede imponerle una multa ejemplar por encima de la reparación del daño real. Eso duele en el balance y, más importante, incentiva a las empresas a resolver los problemas antes de que lleguen a la Justicia.
Como ex diputado y abogado del consumidor, celebro estos fallos porque hacen lo que la ley siempre prometió hacer: poner al proveedor en una posición donde cuesta más ignorar al consumidor que atenderlo. Ese es el equilibrio que necesitamos.
Si tenés un 0 km con fallas que el servicio técnico no logra resolver, no des por perdida tu situación. La ley te da herramientas concretas. Podés consultarme para evaluar cuál es el mejor camino en tu caso específico.

