Llevaste el auto al taller. Lo repararon —o eso dijeron. En dos semanas el mismo problema volvió. Lo llevaste de nuevo. Y de nuevo. La concesionaria te devuelve órdenes de trabajo y argumentos; lo que no te devuelve es un auto que funcione bien. Lo que muy poca gente sabe es que la Ley de Defensa del Consumidor no te obliga a esperar indefinidamente: si la reparación no es satisfactoria, tenés derecho a pedir el cambio del vehículo, la devolución del dinero o una reducción del precio.
Qué garantía le corresponde al auto 0km por ley
Para bienes muebles nuevos, la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor establece una garantía legal mínima de seis meses contados desde la entrega efectiva del vehículo (art. 11). Ese es el piso que ningún contrato puede bajar. Los fabricantes pueden ampliarla y en la práctica la mayoría ofrece doce meses como garantía comercial. Lo que aplica es siempre la condición más favorable para vos.
Hay un dato que pocos conocen: ese plazo se suspende automáticamente mientras el auto está en el taller (art. 16). Si el vehículo estuvo quince días en el service, esos quince días se suman al plazo original. La empresa no puede usar el tiempo de reparación para consumir tu garantía.
Cuándo la reparación pasa a ser “no satisfactoria”
El artículo 17 de la Ley 24.240 dice que si la reparación “no reúne las condiciones óptimas para cumplir con el uso al que está destinado el bien”, el consumidor puede exigir la sustitución. La ley no fija un número mágico de intentos: lo que determina el derecho es que el defecto persista tras la intervención técnica.
Los tribunales argentinos aplican ese criterio en forma cada vez más favorable al consumidor. En 2026, un juzgado bonaerense ordenó el cambio de un vehículo que había entrado nueve veces al taller en catorce meses. En casos anteriores, dos o tres ingresos por el mismo defecto fueron suficientes para habilitar el reemplazo. La clave es documentar cada visita.
Tres opciones legales: elegís vos
Cuando la reparación no es satisfactoria, el artículo 17 te da tres alternativas y la elección es tuya:
- Sustitución: entrega de un vehículo de idénticas características.
- Devolución del precio: reintegro total de lo que pagaste.
- Quita proporcional: reducción del precio en función del defecto que persiste.
Ejercer cualquiera de estas opciones no te cierra el derecho a reclamar daño moral y daño punitivo si el incumplimiento fue grave (arts. 52 y 52 bis, Ley 24.240).
Concesionaria y fabricante: los dos son responsables
La Ley 24.240 establece responsabilidad solidaria en toda la cadena de comercialización (art. 40). Podés reclamar a la concesionaria, a la terminal automotriz o a ambas al mismo tiempo. Si la concesionaria dice “ese es un defecto de fábrica” y la fábrica dice “hablá con el concesionario”, la ley ya resolvió ese laberinto: son solidariamente responsables ante vos y no pueden trasladarte el problema entre ellos.
Paso a paso: qué hacer antes de ir a la Justicia
- Guardá cada papel. Órdenes de servicio, fechas de ingreso y egreso, descripción técnica de la falla. Eso es tu prueba. Sin documentación, el reclamo se complica.
- Reclamo escrito en la concesionaria. Presentá una nota detallando el defecto, las fechas en que ingresó al taller y tu exigencia concreta bajo el art. 17. Pedí copia sellada con fecha de recepción.
- Carta documento a concesionaria y fabricante, simultáneamente. Si no resuelven en 7 días, enviá carta documento a ambos. Más abajo encontrás el modelo listo para completar.
- Denuncia ante Defensa del Consumidor. En Mendoza podés hacerlo en la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza. A nivel nacional, a través de consumidor.gob.ar. La instancia conciliatoria puede resolver el caso sin necesidad de juicio.
- Justicia. El proceso de consumo (art. 53, Ley 24.240) tramita en el juzgado del domicilio del consumidor, con tasas reducidas. No es obligatorio agotar todas las instancias previas para demandar.
Modelo de carta documento
Señores [NOMBRE DE LA CONCESIONARIA S.A.]
Domicilio: [DOMICILIO FISCAL DE LA CONCESIONARIA]
Señores [NOMBRE DE LA TERMINAL AUTOMOTRIZ S.A.]
Domicilio: [DOMICILIO FISCAL DE LA FÁBRICA]
Yo, [NOMBRE COMPLETO], DNI [NÚMERO], domiciliado/a en [DOMICILIO], me dirijo a ustedes en carácter de consumidor/a final del vehículo [MARCA / MODELO / AÑO / NÚMERO DE DOMINIO], adquirido el [FECHA DE COMPRA] según factura Nº [NÚMERO DE FACTURA], por un precio de $[MONTO TOTAL].
El vehículo presentó fallas y fue ingresado al servicio técnico en las siguientes fechas: [FECHA 1 — descripción del defecto], [FECHA 2 — descripción del defecto], [FECHA 3 si corresponde]. En todas las oportunidades el problema persistió luego de la intervención técnica realizada, por lo que la reparación no resultó satisfactoria en los términos del artículo 17 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.
En consecuencia, los intimo formalmente a que en el plazo de quince (15) días hábiles a contar de la recepción de la presente procedan a:
☐ Sustituir el vehículo por otro de idénticas características.
☐ Devolver la totalidad del precio abonado.
☐ Acordar una quita proporcional del precio.
Hago extensiva la presente intimación a ambas empresas en virtud de la responsabilidad solidaria que establece el artículo 40 de la Ley 24.240. Vencido el plazo sin respuesta satisfactoria, iniciaré las acciones legales correspondientes, incluyendo el reclamo de daño moral y daño punitivo previstos en los artículos 52 y 52 bis de la misma ley.
[CIUDAD], [DÍA] de [MES] de [AÑO]
[FIRMA] — [NOMBRE COMPLETO], DNI [NÚMERO]
Base legal
- CN art. 42 — Derecho de los consumidores a la protección de sus intereses económicos y a condiciones de trato equitativo.
- Ley 24.240, art. 11 — Garantía legal mínima de seis meses para bienes muebles nuevos. Texto en Infoleg.
- Ley 24.240, art. 16 — Suspensión del plazo de garantía durante el período de reparación.
- Ley 24.240, art. 17 — Reparación no satisfactoria: derecho del consumidor a sustitución, devolución o reducción del precio.
- Ley 24.240, art. 40 — Responsabilidad solidaria de todos los integrantes de la cadena de comercialización ante el consumidor.
- Ley 24.240, arts. 52 y 52 bis — Acciones judiciales, daño moral y daño punitivo.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas veces tiene que entrar al taller para que proceda el cambio del auto?
La ley no exige un número fijo. Lo que activa el derecho es que el defecto persista tras la reparación. En la práctica, dos o más ingresos por el mismo problema son suficientes para acreditar que la reparación no fue satisfactoria, en especial si el defecto afecta la seguridad o el uso habitual del vehículo.
¿La garantía del auto 0km es de 6 meses o de 1 año?
El mínimo legal es 6 meses (Ley 24.240, art. 11). La mayoría de los fabricantes ofrece 12 meses como garantía comercial en el manual del vehículo, y ese plazo es exigible como parte del contrato. Mientras el auto está en el taller siendo reparado, ese plazo se suspende.
¿Puedo reclamar al fabricante aunque la venta fue en la concesionaria?
Sí. La Ley 24.240 (art. 40) establece que fabricante y concesionaria son solidariamente responsables frente al consumidor. Podés intimar a ambos con una misma carta documento; cualquiera de los dos está obligado a resolver el problema.
¿Qué pasa si el auto tiene más de 6 meses pero la garantía comercial era de 1 año?
La garantía comercial del fabricante es exigible como parte del contrato durante todo el plazo prometido. Pasado ese plazo, pueden existir vicios redhibitorios bajo el Código Civil y Comercial (art. 1051 y ss.), que cubren defectos ocultos que hacen al bien impropio para su destino.
¿Te está pasando algo parecido? No te quedes con la duda ni dejes que se aprovechen de vos. Contame tu caso y te oriento sobre cómo defender tus derechos.
- Plan de ahorro: carta documento para rescindir y recuperar tus cuotas
- Plan de ahorro vehicular: cuándo reclamar y cómo hacerlo
- Formulario para Reclamar la Devolución immediate y total del haber de ahorro del Autoplan (cuotas de un plan caído)
- Formulario de Reclamo para que Cumplan las Condiciones de Venta
- Guia para Rescindir Plan de Ahorros Automotores. Restitución Cuotas
- Guía para Impugnar Aumento AutoPlan por Cuota Impagable
- Compraste un 0km en Tierra del Fuego y la automotriz se quedó con el beneficio fiscal: la Justicia condena a ocho marcas
- Suprema Corte frenó remates: 30.000 ahorristas de Mendoza en respiro
- La Corte anuló el fallo pro-consumidor porque faltó el Fiscal
- La IGJ convocó a las marcas de autoplanes: qué podés hacer vos

