En 30 segundos: Si te labraron un acta de tránsito en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tenés opciones concretas antes de pagar. Lo que distingue a CABA de casi cualquier otra provincia: las infracciones prescriben a los 5 años (no 2), el descargo es 100 % digital —por chat o videollamada con un Controlador Administrativo de Faltas— y si pagás dentro de los 40 días corridos de notificada la infracción, te aplican el 50 % de descuento. Abajo encontrás el paso a paso y el modelo listo para copiar.
Cómo funciona el sistema de infracciones en CABA
En la Ciudad de Buenos Aires, las infracciones de tránsito pueden ser labradas por:
- Agentes de Tránsito del GCBA, en toda la red vial del ejido porteño.
- Policía de la Ciudad, en autopistas urbanas y corredores bajo jurisdicción local.
- Cámaras de fotomulta, instaladas en cruces semaforizados, carriles exclusivos y accesos a autopistas.
- Gendarmería Nacional, en tramos de rutas nacionales que atraviesan la Ciudad (como sectores de la RN 9 / Panamericana dentro del ejido porteño).
Si te multaron en La Matanza, Lanús o cualquier municipio del conurbano, el procedimiento es el de la Provincia de Buenos Aires, no el de CABA.
Para verificar si tenés infracciones podés consultar por patente o DNI en el portal oficial: Consulta de infracciones — Buenos Aires Ciudad. Para multas en rutas nacionales que pasan por la Ciudad, revisá también el SINAI (Agencia Nacional de Seguridad Vial).
¿Cuándo prescribe una multa de tránsito en CABA?
Acá está el dato que casi nadie sabe y que cambia todo el panorama. En CABA el plazo de prescripción es mucho más largo que en la mayoría de las provincias.
La Ley 1.217 (Procedimiento de Faltas CABA), art. 15, texto según la Ley 6.192/2019, establece que la acción por falta prescribe a los 5 (cinco) años desde la fecha de la infracción. Si nunca recibiste notificación fehaciente, ese plazo corre desde el día del hecho.
La prescripción se interrumpe cuando:
- Recibís una notificación fehaciente: boleta en mano, carta certificada o —desde la reforma de la Ley 6.192— notificación electrónica válida por email.
- Se inicia el proceso ante el Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas.
La incorporación del email como notificación válida hace más difícil alegar que nunca te avisaron, pero si el mail te llegó a una dirección que no es la tuya o nunca tuviste registrada, ese argumento sigue siendo válido. Para más detalle sobre cómo funciona la prescripción en distintas jurisdicciones, leé esta guía sobre multas prescriptas.
Tus tres opciones al recibir la infracción
Cuando te notifican una infracción en CABA, el sistema te ofrece tres caminos:
- Pagar con el 50 % de descuento. Tenés 40 días corridos desde la notificación. Si la multa es válida y no querés discutirla, esta es la vía más económica.
- Presentar descargo ante el Controlador Administrativo de Faltas (CAF). Si tenés argumentos —errores en el acta, señalización inexistente, prescripción, vehículo conducido por otra persona— solicitás audiencia. El CAF puede absolverte o reducir la sanción. Elegir esta vía implica perder el 50 % de descuento, pero si ganás, no pagás nada.
- Solicitar revisión judicial. Si el CAF confirma la sanción y no estás de acuerdo, dentro de los 5 días de notificada esa resolución podés pedir que el expediente pase al Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas de turno.
Paso a paso para impugnar la multa
- Verificá la infracción. Ingresá al portal del GCBA con patente o DNI. Anotá el número de acta, la fecha, el lugar y la infracción imputada.
- Identificá tu defensa. ¿Hay errores en el acta? ¿La señal no existía o estaba tapada? ¿Ya pasaron 5 años sin notificación fehaciente? ¿El vehículo lo conducía otra persona? Cada argumento puede sostener el descargo.
- Solicitá audiencia con el CAF. En el sitio del GCBA, sección Resolver infracciones de tránsito, pedí turno para audiencia online. El trámite es por chat o videollamada, de lunes a viernes de 8 a 20 hs. No hace falta ir a ninguna oficina.
- Preparate y presentá tus argumentos. Llevá el número de acta, fotos del lugar si las tenés, prueba de quién conducía el vehículo, y el escrito de descargo (ver modelo abajo). En la audiencia con el CAF podés leérselo directamente.
- Esperá la resolución del CAF. Si el controlador te absuelve: no pagás. Si confirma la sanción: tenés 40 días para pagar el 75 % del monto original, o 5 días para pedir revisión ante el Juzgado PCyF.
Modelo de descargo listo para copiar
Completá los campos entre [CORCHETES] con tus datos reales. Podés usarlo como guía en la audiencia con el CAF o como presentación escrita si el caso llega al Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas:
CIUDAD DE BUENOS AIRES, [FECHA] Sr./Sra. Controlador/a Administrativo/a de Faltas / Sr./Sra. Juez/a del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N.° [NÚMERO] Yo, [NOMBRE COMPLETO], DNI N.° [NÚMERO], con domicilio en [DOMICILIO COMPLETO, CABA], me presento en legal forma y digo: I. OBJETO Vengo a presentar descargo respecto del Acta de Infracción N.° [NÚMERO DE ACTA], labrada el día [FECHA DEL ACTA] en [LUGAR EXACTO — calle, intersección o autopista], que me imputa: [DESCRIPCIÓN DE LA INFRACCIÓN]. Fundamento mi defensa en la Ley 1.217 (Procedimiento de Faltas CABA, modificada por Ley 6.192) y el art. 18 de la Constitución Nacional (debido proceso). II. HECHOS [DESCRIBIR CON CLARIDAD: qué pasó, dónde estabas exactamente, a qué hora y cuáles son las circunstancias que demuestran que la infracción es incorrecta o que no te corresponde. Sé preciso con el lugar y el horario.] III. MOTIVOS DE LA IMPUGNACIÓN [ELEGIR Y COMPLETAR SEGÚN TU CASO:] → El acta contiene errores materiales: [patente incorrecta / datos del conductor erróneos / lugar equivocado / etc.] → La señalización era inexistente o ilegible al momento del hecho. [ADJUNTAR FOTO SI TENÉS] → La acción prescribió: la infracción data del [FECHA] y han transcurrido más de 5 años sin notificación fehaciente (Ley 1.217, art. 15, texto según Ley 6.192 de CABA). → El vehículo era conducido por [NOMBRE Y DNI], no por el titular registral. → [OTRO MOTIVO CONCRETO] IV. PRUEBA Acompaño como prueba: [DNI / LICENCIA / FOTOS / DECLARACIÓN DE TESTIGOS / OTRO] V. PETICIÓN Por lo expuesto, solicito se tenga por presentado este descargo en tiempo y forma y se dicte resolución absolutoria o nulidad del acta, con costas al organismo en caso de corresponder. [NOMBRE Y APELLIDO] DNI N.° [NÚMERO] [FIRMA / Presentado electrónicamente]
Base legal
- Ley 1.217 (Procedimiento de Faltas CABA) — regula el trámite administrativo y judicial de infracciones en la Ciudad; art. 15 establece la prescripción de la acción por falta. Texto en el Boletín Oficial CABA.
- Ley 6.192/2019 (modificación a la Ley 1.217) — extendió el plazo de prescripción a 5 años e incorporó la notificación electrónica como forma válida de comunicación fehaciente. Texto oficial CABA.
- CN, art. 18 — ningún habitante puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho; garantía de debido proceso que rige toda impugnación de multa.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo prescribe una multa de tránsito en CABA?
En CABA la acción por falta prescribe a los 5 años desde la fecha de la infracción (Ley 1.217, art. 15, texto según Ley 6.192/2019). Si recibiste notificación fehaciente —incluso por email—, el plazo corre desde esa notificación. Es el plazo más largo del país entre las jurisdicciones con mayor volumen de infracciones.
¿Puedo hacer el descargo sin ir físicamente a ninguna oficina?
Sí. En CABA el descargo ante el Controlador Administrativo de Faltas (CAF) se puede hacer 100 % de forma remota: por chat online o videollamada, de lunes a viernes de 8 a 20 hs, desde cualquier dispositivo con internet.
Si el Controlador confirma la sanción, ¿qué opciones tengo?
Tenés dos caminos: pagar el 75 % del monto original dentro de los 40 días, o dentro de los 5 días de notificada la resolución del CAF solicitar que el expediente pase al Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas de CABA para revisión por un juez.
¿Pagar la multa con descuento implica reconocer la infracción?
En términos generales, sí. El pago voluntario —incluso con el 50 % de descuento— puede interpretarse como aceptación de los hechos. Si considerás que la multa es injusta o ya prescribió, primero presentá el descargo antes de abonar cualquier monto.
Cada caso es distinto y los plazos corren. Hacé tu consulta ahora y enterate qué pasos te conviene dar.


