En 30 segundos: Si te labraron un acta de tránsito en la Provincia de Mendoza —ya sea en la Ciudad de Mendoza, Godoy Cruz, Las Heras, Luján de Cuyo, San Rafael, Malargüe o en la RN 7 hacia Chile— tenés derecho a presentar un descargo y discutir la infracción antes de pagar. Lo que distingue a Mendoza: tiene su propio Código de Tránsito (Ley 6082), con plazos de prescripción diferenciados: las infracciones leves prescriben al año y las graves a los dos. Abajo encontrás el paso a paso y el modelo listo para copiar.
Cómo funciona el sistema de multas en Mendoza
En la Provincia de Mendoza, las infracciones de tránsito pueden ser labradas por:
- Agentes municipales de tránsito, dentro del ejido urbano de cada departamento: Ciudad de Mendoza, Godoy Cruz, Guaymallén, Las Heras, Maipú, Luján de Cuyo, San Rafael, Rivadavia, San Martín y los demás.
- La Policía de Mendoza, en rutas y caminos bajo jurisdicción provincial.
- Gendarmería Nacional, en las rutas nacionales que atraviesan la provincia: la RN 7 (corredor a Chile), la RN 40, la RN 142, la RN 143 y otros tramos federales.
- Vialidad Provincial o Nacional, en corredores específicos bajo su control.
Cada municipio del Gran Mendoza tiene su propio Juzgado de Faltas para tramitar los descargos dentro del ejido. Para infracciones en rutas provinciales, la autoridad de aplicación es la Dirección Provincial de Vialidad y Tránsito. Si la multa la labró Gendarmería en una ruta nacional, el procedimiento corresponde a la vía federal.
Para multas en rutas nacionales podés verificar el estado por patente o DNI en el Sistema Nacional de Infracciones (SINAI): consultainfracciones.seguridadvial.gob.ar. Para infracciones municipales cada departamento tiene su propio sistema; si no lo encontrás online, acudí directamente al Juzgado de Faltas local.
¿Cuándo prescribe una multa de tránsito en Mendoza?
La prescripción es la defensa más poderosa cuando la multa es vieja y nunca te notificaron correctamente. Mendoza rige por su propio Código de Tránsito (Ley 6082), que establece plazos diferenciados según la gravedad de la infracción:
- Infracciones leves: la acción prescribe al año desde la fecha del hecho si no hubo notificación fehaciente.
- Infracciones graves: la acción prescribe a los 2 años desde la fecha del hecho.
- Ejecución de la multa ya impuesta (cobro de una sanción firme): plazo propio de 2 años, que se interrumpe si se inicia un proceso de ejecución fiscal (arts. 107-108, Ley 6082).
El plazo corre desde el día del hecho y se interrumpe cuando recibís una notificación fehaciente del acta (carta certificada o entrega en mano con firma), se inicia un proceso contravencional formal contra vos, o se labra una nueva infracción grave de tu parte. Si pasó el plazo sin que te llegara nada por escrito, la multa probablemente ya no es exigible y podés oponerla en el descargo. Para profundizar, leé esta guía sobre cómo lograr que una multa caduque definitivamente.
Paso a paso para impugnar la multa
- Conseguí una copia del acta. Pedila en el Juzgado de Faltas del municipio o verificá el estado en el SINAI. Necesitás el número de acta, la fecha exacta y la infracción imputada.
- Identificá tu defensa. ¿Hay errores en el acta (patente, lugar, fecha, datos del conductor)? ¿La señal no era visible o no existía? ¿La multa ya prescribió? ¿El vehículo lo conducía otra persona? Cada argumento puede sostener el descargo.
- Redactá el descargo por escrito dentro de los 5 días hábiles desde que recibiste la notificación. En algunos Juzgados de la Ciudad de Mendoza el plazo para ciertas faltas puede reducirse a 3 días hábiles; confirmá con el tribunal antes de que venza.
- Presentalo en el Juzgado de Faltas Municipal del departamento donde se labró el acta. Llevá: DNI, licencia de conducir, copia del acta y toda prueba disponible (fotos, declaraciones de testigos).
- Esperá la resolución. Si el Juzgado confirma la sanción, podés apelar ante la Cámara competente. No te quedes sin responder: el silencio deja la multa firme.
Varios municipios mendocinos ya aceptan el descargo por correo electrónico o mediante apoderado con poder notarial. Consultá con el Juzgado de tu departamento para confirmar el canal habilitado y si necesitás turno previo.
Modelo de descargo listo para copiar
Completá los campos entre [CORCHETES] con tus datos reales antes de presentarlo:
[CIUDAD, MENDOZA], [FECHA] Sr./Sra. Juez/a del Juzgado de Faltas Municipal de [DEPARTAMENTO — ej: Mendoza / Godoy Cruz / Las Heras / Guaymallén / San Rafael] Yo, [NOMBRE COMPLETO], DNI N.° [NÚMERO], con domicilio en [DOMICILIO COMPLETO], me presento en legal forma y digo: I. OBJETO Vengo a presentar descargo respecto del Acta de Infracción N.° [NÚMERO DE ACTA], labrada el día [FECHA DEL ACTA] en [LUGAR EXACTO], que me imputa la siguiente infracción: [DESCRIPCIÓN DE LA SUPUESTA INFRACCIÓN]. Fundamento mi defensa en la Ley 6082 (Código de Tránsito de Mendoza), la Ley 9003 (Procedimiento Administrativo Provincial) y el art. 18 de la Constitución Nacional (debido proceso). II. HECHOS [DESCRIBIR CON CLARIDAD: qué pasó, dónde estabas exactamente, a qué hora y cuáles son las circunstancias que demuestran que la infracción es incorrecta o no te corresponde. Sé preciso con lugar y horario.] III. MOTIVOS DE LA IMPUGNACIÓN La imputación no se ajusta a los hechos/al derecho por las siguientes razones: [ELEGIR Y COMPLETAR SEGÚN TU CASO:] → El acta contiene errores materiales: [patente incorrecta / datos del conductor erróneos / lugar equivocado / etc.] → La señalización era inexistente o ilegible al momento del hecho. [ADJUNTAR FOTO SI TENÉS] → La acción prescribió: la infracción data del [FECHA] y han transcurrido más de [1/2] años sin notificación fehaciente (Ley 6082, arts. 107-108, Provincia de Mendoza). → El vehículo era conducido por [NOMBRE Y DNI], y no por el titular registral. → [OTRO MOTIVO CONCRETO] IV. PRUEBA Acompaño como prueba: [DNI / LICENCIA / FOTOS / DECLARACIÓN DE TESTIGOS / OTRO] V. PETICIÓN Por lo expuesto, solicito se tenga por presentado este descargo en tiempo y forma, y se dicte resolución absolutoria o nulidad del acta, con costas al organismo en caso de corresponder. [NOMBRE Y APELLIDO] DNI N.° [NÚMERO] [FIRMA]
Base legal
- Ley 6082 (Código de Tránsito de la Provincia de Mendoza) — régimen específico de infracciones viales mendocinas; arts. 107-108 fijan la prescripción de la acción (1 año leves, 2 años graves) y las causales de interrupción. Texto oficial en Mendoza.gov.ar.
- Ley 9003 (Procedimiento Administrativo de la Provincia de Mendoza) — exige intimación previa, notificación fehaciente y garantiza el debido proceso adjetivo en toda sanción provincial y municipal, incluyendo multas de tránsito.
- CN, art. 18 — ningún habitante puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho; garantía de debido proceso que rige toda impugnación de multa.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para presentar el descargo en Mendoza?
El plazo general es de 5 días hábiles desde que recibiste la notificación del acta. En algunos Juzgados de la Ciudad de Mendoza el plazo puede reducirse a 3 días hábiles para determinadas faltas. Confirmá con el tribunal de tu departamento antes de que venza el plazo.
¿Las multas de tránsito en Mendoza prescriben?
Sí. Según la Ley 6082, las infracciones leves prescriben al año y las graves a los dos años desde la fecha del hecho, siempre que no haya habido notificación fehaciente ni inicio de proceso contravencional en ese lapso.
¿Dónde presento el descargo si me multaron en la RN 7 (a Chile)?
Depende de quién labró el acta. Si fue Gendarmería Nacional, el trámite es ante el organismo federal competente. Si fue la Policía de Mendoza o Vialidad Provincial, ante la autoridad provincial. Si fue dentro del ejido de Luján de Cuyo o Las Heras (municipios que bordean la RN 7), ante el Juzgado de Faltas Municipal de ese departamento. El acta debe indicar la autoridad de aplicación.
¿Pagar la multa implica reconocer la infracción?
En la mayoría de los casos, sí. El pago voluntario puede interpretarse como aceptación de los hechos imputados. Si considerás que la multa es injusta o ya prescribió, primero presentá el descargo antes de abonar cualquier monto.
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