En 30 segundos: Si te labraron un acta de tránsito en la Provincia de Tucumán —ya sea en San Miguel de Tucumán, Concepción, Banda del Río Salí, Yerba Buena, Tafí Viejo, Aguilares, Alderetes o en la RN 9, la RN 34, la RN 38 o la RN 40— tenés derecho a presentar un descargo y discutir la infracción antes de pagar. En Tucumán, las multas leves prescriben a los 2 años y las graves a los 5 años desde la fecha del hecho. Abajo encontrás el paso a paso y el modelo listo para copiar.
Cómo funciona el sistema de multas en Tucumán
En Tucumán, las infracciones de tránsito pueden ser labradas por:
- Agentes municipales de tránsito, dentro del ejido urbano de cada ciudad (San Miguel de Tucumán, Yerba Buena, Banda del Río Salí, Concepción, Tafí Viejo, Aguilares, Alderetes, Bella Vista, Famaillá y otras).
- La Policía de Tucumán, en rutas y caminos provinciales.
- Gendarmería Nacional, en rutas nacionales: la RN 9 (que atraviesa el Gran Tucumán hacia Jujuy y Bolivia), la RN 34 hacia el norte, la RN 38 hacia los Valles Calchaquíes y la RN 40 hacia Catamarca.
Cada municipio tiene su propio Juzgado o Tribunal de Faltas, encargado de tramitar las impugnaciones dentro del ejido urbano. Para infracciones en rutas provinciales, la autoridad de aplicación es la Dirección de Tránsito y Transporte de Tucumán. En San Miguel de Tucumán, el trámite de multas se realiza en Av. Brígido Terán N.° 250, local 537 (Terminal de Ómnibus Nueva).
Tucumán está integrada al Sistema Nacional de Infracciones (SINAI): podés consultar si tenés multas pendientes ingresando tu patente o DNI en consultainfracciones.seguridadvial.gob.ar. Si la infracción fue labrada por un agente municipal, es posible que debas consultar directamente en el Tribunal de Faltas de esa localidad, ya que no todos los municipios cargan sus datos en el sistema nacional.
¿Cuándo prescribe una multa de tránsito en Tucumán?
La prescripción es la defensa más poderosa cuando la multa es vieja y nunca te notificaron correctamente. Tucumán adhirió a la Ley Nacional de Tránsito 24.449 mediante la Ley Provincial 6.836. En aplicación de esa normativa, los plazos de prescripción en Tucumán son:
- Faltas leves (estacionamiento indebido, falta de documentación, exceso de velocidad moderado, no usar cinturón): 2 años desde la fecha de la infracción.
- Faltas graves (conducción con alcoholemia, exceso de velocidad grave, fuga del lugar del accidente, conducir sin licencia): 5 años.
Esto diferencia a Tucumán de provincias como Jujuy, donde todas las infracciones —leves y graves— prescriben a los 5 años sin distinción. En Tucumán, si tu multa es por una falta leve y pasaron más de 2 años desde el hecho sin que te llegara ninguna notificación fehaciente, la infracción ya no es exigible.
El plazo corre desde el día de la infracción y se interrumpe cuando:
- Recibís una notificación formal del acta por carta certificada o en mano.
- Se inicia un proceso contravencional concreto.
- Cometés una nueva infracción grave (en algunos regímenes municipales).
Si la multa ya venció su plazo de prescripción, podés oponerlo expresamente en tu descargo. Para entender mejor cómo funciona este mecanismo, leé también la guía cómo hacer para que una multa de tránsito caduque definitivamente.
Paso a paso para impugnar la multa
- Conseguí una copia del acta. Pedila en el Tribunal de Faltas Municipal o verificá el estado de la infracción en el SINAI. Necesitás saber el número de acta, la fecha exacta y la infracción imputada.
- Identificá tu defensa. ¿Hay errores en el acta (patente, lugar, fecha, datos del conductor)? ¿La señal no era visible o no existía? ¿La multa ya prescribió? ¿El vehículo lo conducía otra persona? Cada uno de esos argumentos puede sostener el descargo.
- Redactá el descargo por escrito dentro del plazo indicado en el acta —habitualmente 5 días hábiles desde la notificación, aunque el plazo exacto puede variar según la ordenanza municipal aplicable. Verificá el vencimiento en tu propio acta antes de actuar.
- Presentalo en el organismo correspondiente: el Tribunal de Faltas Municipal si la infracción fue dentro del ejido urbano, o la Dirección de Tránsito y Transporte Provincial si fue en ruta. Llevá: DNI, licencia de conducir, copia del acta y toda la prueba disponible (fotos, declaraciones, peritajes).
- Esperá la resolución. Si el organismo confirma la sanción, podés apelar ante la instancia superior. No te quedes sin responder: el silencio deja la multa firme.
En varios municipios del interior tucumano se acepta el descargo por correo certificado o mediante apoderado con poder notarial. Consultá con el Tribunal de tu localidad para confirmar si aceptan presentación sin turno presencial.
Modelo de descargo listo para copiar
Completá los campos entre [CORCHETES] con tus datos reales antes de presentarlo:
[CIUDAD], [FECHA] Sr./Sra. Juez/a del Tribunal de Faltas Municipal de [MUNICIPIO — ej: San Miguel de Tucumán / Concepción / Banda del Río Salí / Tafí Viejo] Yo, [NOMBRE COMPLETO], DNI N.° [NÚMERO], con domicilio en [DOMICILIO COMPLETO], me presento en legal forma y digo: I. OBJETO Vengo a presentar descargo respecto del Acta de Infracción N.° [NÚMERO DE ACTA], labrada el día [FECHA DEL ACTA] en [LUGAR EXACTO], que me imputa la siguiente infracción: [DESCRIPCIÓN DE LA SUPUESTA INFRACCIÓN]. Fundamento mi defensa en la Ley Nacional de Tránsito N.° 24.449, la Ley Provincial 6.836 de Tucumán y las disposiciones del procedimiento contravencional aplicable, incluyendo el CN art. 18 (debido proceso). II. HECHOS [DESCRIBIR CON CLARIDAD: qué pasó, dónde estabas exactamente, a qué hora y cuáles son las circunstancias que demuestran que la infracción es incorrecta o no te corresponde. Sé preciso con lugar y horario.] III. MOTIVOS DE LA IMPUGNACIÓN La imputación no se ajusta a los hechos/al derecho por las siguientes razones: [ELEGIR Y COMPLETAR SEGÚN TU CASO:] → El acta contiene errores materiales: [ESPECIFICAR: patente incorrecta, datos del conductor erróneos, lugar equivocado, etc.] → La señalización era inexistente o ilegible al momento del hecho. [ADJUNTAR FOTO SI TENÉS] → La acción prescribió: la infracción data del [FECHA] y han transcurrido más de [2/5] años sin notificación fehaciente (Ley 24.449, art. 89; Ley Prov. 6.836 de Tucumán). → El vehículo era conducido por [NOMBRE Y DNI], y no por el titular registral. → [OTRO MOTIVO CONCRETO] IV. PRUEBA Acompaño como prueba: [DNI / LICENCIA / FOTOS / DECLARACIÓN DE TESTIGOS / PERITAJES / OTRO] V. PETICIÓN Por lo expuesto, solicito se tenga por presentado este descargo en tiempo y forma, y se dicte resolución absolutoria o nulidad del acta, con costas al organismo en caso de corresponder. [NOMBRE Y APELLIDO] DNI N.° [NÚMERO] [FIRMA]
Base legal
- Ley 24.449 (Ley Nacional de Tránsito), art. 89 — prescripción: faltas leves a los 2 años, graves a los 5 años; Tucumán adhirió mediante Ley Provincial 6.836. Texto oficial en Infoleg.
- Ley Provincial 6.836 de Tucumán — adhesión al régimen nacional de tránsito y seguridad vial; establece en la provincia los plazos de prescripción de 2 años para faltas leves y 5 años para graves.
- CN, art. 18 — ningún habitante puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso; garantía de debido proceso que rige toda impugnación de multa.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para presentar el descargo en Tucumán?
El plazo habitual es de 5 días hábiles desde que recibiste la notificación del acta, aunque puede variar según la ordenanza del municipio que labró la infracción. Verificá el vencimiento exacto en tu propia acta o consultá con el Tribunal de Faltas de la localidad antes de actuar.
¿Las multas leves de tránsito en Tucumán prescriben en 2 años?
Sí. En Tucumán, las infracciones leves (estacionamiento, falta de documentación, velocidad moderada) prescriben a los 2 años desde la fecha del hecho. Las graves (alcoholemia, exceso grave, fuga) prescriben a los 5 años. Si no hubo notificación fehaciente dentro de esos plazos, podés oponer la prescripción expresamente en tu descargo.
¿Dónde presento el descargo si me multaron en la RN 9 o la RN 34?
Depende de quién labró el acta. Si fue Gendarmería Nacional, el trámite corresponde al organismo nacional competente. Si fue la Policía de Tucumán en ruta provincial, ante la Dirección de Tránsito provincial. Si fue dentro del ejido urbano de un municipio (Aguilares, Concepción, Alderetes, etc.), es ante el Tribunal de Faltas Municipal de esa localidad. El acta debe indicar la autoridad de aplicación.
¿Pagar la multa implica reconocer la infracción?
En la mayoría de los casos, sí. El pago voluntario puede interpretarse como aceptación de los hechos imputados. Si considerás que la multa es injusta o ya prescribió, primero presentá el descargo antes de pagar cualquier monto.
¿Querés saber qué podés reclamar en TU caso puntual? Escribile a mi asistente legal y resolvé tus dudas al instante, online.
- Multas de tránsito viejas: pedí la prescripción antes de pagar
- Guía para defenderse de Sadaic y AADI-Capif por cobro en Fiestas Privadas
- Guía para Levantar Multas de Tránsito Prescriptas
- Formulario para defenderse por las Fotomultas (Mendoza)
- Formulario para defenderse por las Fotomultas
- Guía Descargo Multa de Tránsito Mendoza

