Consumidor revisando documentos y comprobantes de deuda - proyecto de ley condonación deuda tarjeta de crédito Argentina

Te acosan por una deuda: un fallo ordenó $1 millón de daño moral

El teléfono suena a las ocho de la mañana. Otra vez el mismo número. Ya perdiste la cuenta de cuántas veces llamaron esta semana. A veces amenazan. A veces dicen que van a hablar con tu empleador. A veces le llegan mensajes a tu pareja, a tus hijos, a tu madre. Y la deuda que reclaman —si es que existió alguna vez— nunca está documentada en ningún papel que vos hayas podido revisar.

Lo que quiero que sepas hoy es esto: lo que te están haciendo tiene nombre legal —hostigamiento— y la Justicia argentina acaba de volverlo a confirmar con una condena que vale la pena conocer.

El fallo que necesitás conocer

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó una sentencia contra un estudio jurídico que durante más de dos años hostigó a un consumidor por una deuda cuya existencia nunca fue acreditada de manera suficiente. Las comunicaciones no se limitaron al deudor: llegaron por mensajes de texto, redes sociales, llamadas telefónicas y correos electrónicos. Y alcanzaron a su grupo familiar, incluyendo a una hija con discapacidad y a su exesposa.

El tribunal ordenó una indemnización de $1.000.000 por daño moral, más intereses. Los fundamentos son claros: el estudio violó la Ley de Defensa del Consumidor y la normativa local sobre cobranza extrajudicial. Las prácticas abusivas de cobro vulneran el trato digno que la ley garantiza y pueden generar daño psicofísico tanto en la víctima como en su entorno.

Este no es un caso aislado. El 19 de enero de 2026, Infobae Judiciales publicó un análisis de cómo estas prácticas impactan en los derechos personalísimos del consumidor, reconociendo una tendencia creciente en la jurisprudencia que sanciona el hostigamiento.

Qué dice la ley argentina

El artículo 8 bis de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor es taxativo: los proveedores deben garantizar condiciones de atención y trato digno y abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias.

La cobranza extrajudicial es abusiva cuando:

  • Las llamadas se hacen con frecuencia excesiva o en horarios no permitidos (antes de las 8 o después de las 20 horas).
  • Se utilizan amenazas, insultos o lenguaje intimidatorio.
  • Se contacta a familiares, empleadores u otras personas ajenas a la deuda.
  • Se publican datos del deudor en redes sociales o se lo expone públicamente.
  • No se informa de manera clara y por escrito el capital adeudado, los intereses y el origen de la obligación.
  • Se reclama una deuda sin presentar documentación que acredite su existencia.

Cómo te defendés, paso a paso

  • Grabá las llamadas y conservá todos los mensajes. En Argentina es legal grabar una conversación en la que sos parte, sin avisar al interlocutor. Cada registro es una prueba válida en juicio.
  • Pedí la deuda por escrito. Capital original, tasa de interés, comisiones y fecha de origen. Si el estudio se niega o no puede acreditarla, esa negativa es prueba de que el reclamo carece de sustento.
  • Mandá una carta documento. Notificá al estudio que sus prácticas constituyen hostigamiento y que vas a iniciar acciones legales si continúan. Muchas veces alcanza para frenar el acoso.
  • Reclamá en Defensa del Consumidor. La mediación es gratuita y la apertura del expediente muchas veces detiene el hostigamiento de inmediato.
  • Exigí daño moral si el acoso fue sostenido. El fallo que mencioné demuestra que la Justicia lo reconoce cuando hay pruebas del hostigamiento y de su impacto en tu vida cotidiana y familiar.

Una advertencia final: que te reclamen una deuda no significa que la debás. Muchas cobranzas incluyen intereses sobre intereses que son nulos por usurarios, deudas que ya prescribieron o incluso obligaciones de otra persona con un nombre similar al tuyo. Antes de pagar cualquier cosa bajo presión, revisá de qué se trata realmente.

Si estás siendo hostigado por una empresa o estudio de cobranzas, documentá todo y escribime. La ley te protege y, en muchos casos, una carta bien formulada basta para que el acoso se detenga.

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