Cornejo Denuncia “Fake News” Pero Controla la Pauta Publicitaria Más Grande de la Argentina

A mediados de junio, el gobernador Alfredo Cornejo denunció a través de sus redes sociales una “estructura digital” dedicada a difundir contenidos falsos contra él y su administración. Identificó a la empresa Grupo Puma S.A.S. como responsable de mantener perfiles activos, dominios registrados y publicidad paga destinada a amplificar “contenidos falsos y agraviantes”.

Anteriormente, en febrero, Cornejo había denunciado a usuarios de Twitter por difundir un video que, según su versión, fue manipulado para sugerir que estaba en París cuando en realidad fue grabado en Mendoza. Responsabilizó a perfiles como “Bien Cuyano” y otros tuiteros por la circulación del contenido.

Hasta aquí, ninguna contradicción aparente. El problema comienza cuando observamos un hecho verificable: Mendoza está tercera en cantidad de gasto de pauta publicitaria per cápita del país, con Cornejo al mando.

El Control de Medios: Un Hecho Documentado

Los grandes medios mendocinos desplegan una cobertura selectiva que no solo oculta la violencia estatal, sino que además criminaliza la protesta social, en paralelo a represión en las calles y censura en los medios.

Cornejo ha concentrado la suma del poder público: una Legislatura funcional, fuerzas represivas y una justicia que se presta al circo del armado de causas para aleccionar la protesta social; medios de comunicación altamente disciplinados por la pauta oficial para reproducir el relato del poder político y económico.

Cuando quien monopoliza la narrativa mediática denuncia a otros por “desinformación”, la paradoja es evidente.

Denuncias Penales: El Lado Oscuro del Discurso

Lo preocupante no es solo que Cornejo controle los medios. Es cómo usa la justicia para complementar ese control.

En febrero y junio de 2026, Cornejo presentó denuncias penales contra ciudadanos que criticaban en redes sociales. El delito imputado: “difamación” y “difusión de fake news”.

El patrón es claro: ciudadanos critican problemas reales en redes (agua, corrupción, negligencia); los medios convencionales (bajo control) no cubren esas críticas; Cornejo denuncia penalmente a los críticos; el ciudadano enfrenta proceso judicial, costos legales, vergüenza pública; efecto: silencio preventivo. Otros ciudadanos piensan dos veces antes de criticar.

Esto no es especulación. Es documentado en casos como el de ciudadanos que denunciaron problemas de infraestructura en empresas públicas provinciales y recibieron denuncias penales por ello.

El Problema Constitucional

La Constitución Nacional (arts. 14, 33) garantiza libertad de expresión. Criticar públicamente políticas públicas, empresas y funcionarios — especialmente en temas de interés público como agua, ambiente y servicios — no es delito.

Usar denuncias penales para silenciar esa crítica es represalia judicial. Viola derechos fundamentales.

Pero ocurre en Mendoza porque la justicia no es independiente. Los jueces responden a presiones políticas. El Procurador General de la Corte (la máxima autoridad fiscal provincial) funciona de modo compatible con los intereses del gobernador.

Qué Dice la Gente

Los comentarios públicos en redes cuando Cornejo anunció su denuncia por fake news revelan la percepción ciudadana: “Tiene el 95% de los medios pero se queja de fake news”, “Primero que investiguen a él y sus amigos”, “El pueblo mendocino se sigue bancando esto”.

No son opiniones aisladas. Son diagnóstico ciudadano sobre cómo funciona el poder en Mendoza.

Lo Que Tendría Que Cambiar

1. Independencia judicial: Los jueces deberían ser nombrados por concursos transparentes, no por proximidad política. El Procurador General debería ser electo democráticamente, no designado por el gobernador.

2. Carga probatoria clara: Quien denuncia “fake news” debe acreditar que la información es falsa y que fue difundida con intención maliciosa — no basta con que sea “incómoda”.

3. Prohibición de represalia judicial: Dejar sin efecto denuncias penales cuyo propósito evidente es silenciar crítica sobre temas de interés público.

4. Regulación anti-monopolio: Ley que limite la concentración de pauta publicitaria y control mediático.

Mario Vadillo
Abogado, Especialista en Defensa del Consumidor
mariovadillo.com.ar | +54 261 661 8544

Scroll al inicio
Consulta legal