Llamadas de cobranza: practicas ilegales

Te llama un estudio de abogados a cobrar: 5 prácticas ilegales que podés denunciar

Si tenés una deuda con un banco o una billetera virtual y de repente empezás a recibir llamadas de un “estudio de abogados” que nunca escuchaste nombrar, no sos el único. Con el 13,8% de los hogares argentinos sin poder pagar sus préstamos personales —cifra récord de la última década según un reciente informe de iProfesional—, los bancos y fintechs tercerizan el recupero de deudas en estudios externos. Muchos de esos estudios usan tácticas que la ley prohíbe de forma expresa. Saber cuáles son puede ser la diferencia entre pagar lo que no correspondía o ejercer tus derechos.

Por qué te llama un estudio que vos no contrataste

Cuando entrás en mora, el banco o la fintech frecuentemente cede o vende la cartera a una empresa especializada en recupero crediticio. Esos estudios adquieren la deuda con un descuento importante: a veces pagan entre 10 y 30 centavos por cada peso que después te reclaman. La ganancia está en la diferencia. Por eso tienen incentivos muy fuertes para presionarte, incluso más allá de lo que permite la ley.

Lo que la mayoría de los deudores no sabe es que la razón por la que estos estudios no van directamente a juicio suele ser simple: no pueden o no les conviene. La deuda puede estar prescripta, carecer de documentación suficiente para demandar, o el monto es demasiado bajo para que el litigio sea rentable. Entonces optan por el hostigamiento. Como señaló MDZ en su investigación sobre esta industria, muchos operan al margen de la ley apoyándose en el desconocimiento del deudor.

Las 5 prácticas de cobranza extrajudicial que violan la Ley 24.240

El artículo 8 bis de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor es claro: en las gestiones extrajudiciales de cobro de deudas está expresamente prohibido aparentar que la gestión tiene carácter judicial. Además de eso, hay una serie de conductas documentadas que violan el trato digno al que tenés derecho como consumidor:

  • Simular una carta documento, cédula o intimación oficial. Recibir un papel con membrete de estudio que parece una notificación del juzgado y tiene un “plazo de 48 horas” no es un documento legal. Es una simulación expresamente prohibida por el art. 8 bis. El único que puede enviarte una cédula judicial es un juzgado.
  • Amenazar con embargos sin sentencia que los ordene. Para embargar sueldo o bienes se necesita una orden de un juez. Un estudio de cobranzas no tiene esa facultad sin haber ganado un juicio previo. Anunciar un embargo como inminente sin tener esa base es una amenaza falsa.
  • Llamar a familiares, vecinos o al empleador del deudor. Tu deuda es tuya y la relación contractual es con vos. Contactar a terceros para presionarte viola la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales y el trato digno del art. 8 bis de la Ley 24.240.
  • Hostigar en horarios inadecuados: noche, madrugada, fines de semana. Las gestiones de cobro deben realizarse en horario comercial. El hostigamiento sistemático fuera de ese horario viola el derecho al trato digno y es denunciable ante Defensa del Consumidor.
  • Reclamar una deuda prescripta como si fuera exigible. La deuda con un banco o fintech prescribe a los 5 años desde la mora (CCyC, art. 2560). Si pasó ese plazo, el crédito no puede demandarse judicialmente. Presentarlo como deuda vigente y exigible es una práctica engañosa.

Qué hacés cuando te llaman

  1. Pedí que todo sea por escrito. Si llaman, decí que solo vas a responder a comunicaciones escritas y fehacientes. Sin papel no hay presión válida ni documentación que usar contra vos.
  2. No confirmes la deuda por teléfono. El reconocimiento verbal de una deuda prescripta puede interrumpir la prescripción. No digas “sí, ya sé que debo” sin haber consultado antes con un abogado.
  3. Identificá al estudio. Pedí nombre completo, CUIT y la entidad que los contrató. Si no te lo proporcionan, tienen un problema legal adicional ellos, no vos.
  4. Grabá la conversación. En Argentina, quien es parte de una conversación puede grabarla sin necesidad de avisar. Esa grabación puede ser prueba de amenazas o prácticas ilegales en una futura denuncia.
  5. Denunciá en Defensa del Consumidor. La Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza recibe denuncias gratuitamente y sin necesidad de abogado. Si la entidad es un banco o fintech regulado por el BCRA, también podés presentar un reclamo ante el sistema PUSF: tienen 20 días hábiles para responder.

Como vengo señalando, la mora récord que afecta hoy a millones de argentinos no es un fenómeno individual: es el resultado de tasas desproporcionadas y contratos que nunca explicaron bien las condiciones. Que estés en mora no te convierte en un blanco para el hostigamiento. La ley te ampara igual.

Base legal

  • CN art. 42 — Derechos del consumidor a trato digno y protección de sus intereses económicos.
  • Ley 24.240 art. 8 bis — Trato digno; prohíbe en cobranza extrajudicial aparentar carácter judicial. Infoleg
  • Ley 24.240 art. 4 — Derecho a información cierta, clara y gratuita sobre la deuda reclamada. Su incumplimiento afecta la exigibilidad.
  • CCyC art. 2560 — Prescripción ordinaria de 5 años para préstamos personales desde la mora.
  • Ley 25.326 — Protección de Datos Personales: prohibido usar tus datos para contactar terceros sin tu consentimiento.

Preguntas frecuentes

¿Un estudio de abogados que me llama puede embargarme directamente?

No. Para embargar sueldo o bienes hace falta una sentencia judicial firme. Sin juicio ganado en tu contra, ningún estudio puede ejecutar un embargo. Anunciar lo contrario sin esa base es una práctica ilegal bajo el art. 8 bis de la Ley 24.240.

¿Pueden llamar a mi empleador o a mis familiares para presionarme?

No. Tu situación crediticia es un dato personal protegido por la Ley 25.326. Compartirlo con tu empleador o familiares sin tu consentimiento viola esa ley y el derecho al trato digno de la Ley 24.240. Es una práctica denunciable.

¿Qué pasa si la deuda que me reclaman tiene más de 5 años?

Si pasaron más de 5 años desde la mora (CCyC, art. 2560), la deuda está prescripta y no pueden demandar judicialmente. Sin embargo, si la reconocés —incluso por teléfono— podés interrumpir la prescripción. No confirmes nada antes de consultar.

¿Dónde denuncio si me hostigan?

En la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza (Patricias Mendocinas 529, o mail 148@mendoza.gov.ar) o en la Ventanilla Única Federal en Argentina.gob.ar. Si la entidad es banco o fintech regulado por el BCRA, denunciá también ante el PUSF: tienen 20 días hábiles para responder.

¿Te está pasando algo parecido? No te quedes con la duda ni dejes que se aprovechen de vos. Contame tu caso y te oriento sobre cómo defender tus derechos.

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