Joven preocupado revisando sus deudas con papeles y teléfono sobre la mesa

4 de cada 10 menores de 35 en mora: qué hacés si no podés pagar

El dato llegó esta semana y no puede pasar desapercibido: la mora en los créditos de las familias argentinas trepó al 12,7% en mayo de 2026, su decimonovena suba mensual consecutiva. Pero hay un número dentro de ese número que me preocupa aún más como abogado del consumidor: el 42,8% de los jóvenes de entre 18 y 25 años tiene al menos un préstamo en situación irregular. Casi la mitad. Y entre los de 26 a 35 años, el 39,3%.

Cuatro de cada diez personas menores de 35 años con un crédito no pueden pagarlo. En Mendoza, donde las quiebras personales crecieron un 76% en el último año, ese porcentaje se traduce en nombres, caras y familias concretas. No es una abstracción financiera: es la generación que empezó a acceder al crédito con una billetera virtual y un toque en la pantalla, y que ahora no puede con lo que firmó.

Por qué los jóvenes son los más golpeados

No es casualidad. Los jóvenes fueron el blanco preferido de las fintechs y billeteras virtuales porque tienen algo que los bancos tradicionales nunca les dieron: acceso rápido y sin historial. En segundos, sin ir a una sucursal y sin que les pregunten demasiado. El crédito llegó antes que la educación financiera para manejarlo.

El problema es que esos créditos “fáciles” vienen con tasas que —según advirtió la propia Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza— pueden ir del 140% al 3.000% anual. No es una exageración. Y cuando el segundo mes no se puede pagar, los intereses punitorios se acumulan sobre los intereses ya devengados, creando una deuda que crece más rápido que cualquier ingreso joven.

Agravando todo esto: borrar la aplicación no borra la deuda. La deuda sigue, se transfiere a estudios de cobranzas y reaparece multiplicada.

Lo que la ley te da para defenderte hoy

Si sos joven y estás en esta situación, existe un arsenal legal que probablemente nadie te explicó. Voy punto por punto:

  1. Revisá si tu contrato cumple con el artículo 36 de la Ley 24.240. Todo crédito de consumo debe informar de forma clara y antes de que firmés: el importe total financiado, la tasa de interés efectiva anual (TEA), el costo financiero total (CFT) y la cantidad de cuotas. Si falta alguno de esos datos, el contrato es nulo de pleno derecho. No es una tecnicidad: es tu derecho.
  2. Controlá si te están capitalizando intereses ilegalmente. El artículo 770 del Código Civil y Comercial prohíbe el anatocismo: capitalizar intereses (cobrar interés sobre interés) con una frecuencia menor a seis meses es nulo. Muchas fintechs capitalizan mensual, semanal o incluso diariamente. Si eso pasa, esa parte de la deuda no te corresponde.
  3. No firmes ningún acuerdo de pago bajo presión telefónica. El artículo 8 bis de la Ley 24.240 prohíbe expresamente las prácticas de cobranza que impongan vergüenza o simulen ser un reclamo judicial cuando no lo son. Tenés derecho a pedir todo por escrito y a tomarte el tiempo necesario.
  4. Acudí a Defensa del Consumidor antes de entrar en pánico. Es gratuito, no necesitás abogado para el primer paso y la mediación puede lograr refinanciaciones que el acreedor nunca te ofreció por teléfono. En Mendoza podés iniciar el reclamo a través de Argentina.gob.ar.
  5. Sabé que la quiebra personal existe y es un derecho. No es el fin del mundo ni el camino para todos, pero en algunos casos es la herramienta más eficaz. La quiebra personal bien usada no es un estigma: es un nuevo comienzo legal.

La trampa del interés sobre interés

Vale la pena detenerse en el anatocismo porque es el mecanismo que convierte una deuda manejable en una impagable. Cuando debés $50.000 en una billetera y no pagás en la fecha, los intereses del primer mes se suman al capital. El segundo mes pagás intereses sobre la suma nueva (capital + intereses anteriores). Y así sucesivamente, con frecuencia mensual o menor.

El artículo 770 del CCyC dice claramente que eso solo puede hacerse si las partes lo acordaron por escrito y con una frecuencia mínima de seis meses entre capitalizaciones. Las fintechs que capitalizan mensual o más frecuente violan esta norma. En un juicio, esa porción de la deuda puede ser declarada nula por el juez, lo que puede reducir significativamente lo que efectivamente debés.

Base legal

  • CN art. 42 — Derechos del consumidor con rango constitucional; el Estado garantiza la protección de sus intereses económicos.
  • Ley 24.240 art. 36 — Operaciones financieras de consumo: NULIDAD si falta TEA o CFT; competencia: domicilio del consumidor. (texto en Infoleg)
  • Ley 24.240 art. 8 bis — Trato digno; prohíbe cobranzas que impongan vergüenza o simulen acciones judiciales inexistentes.
  • CCyC art. 770 — Anatocismo: capitalizar intereses con frecuencia menor a 6 meses es nulo.
  • BCRA Comunicación A 7146 — Fintechs y billeteras que prestan son OPNFC, sujetas al régimen PUSF (20 días hábiles para responder reclamos).

Preguntas frecuentes

¿Puedo desconocer una deuda de fintech si el contrato no tenía la tasa claramente indicada?

Sí. El artículo 36 de la Ley 24.240 establece que los contratos de crédito de consumo son nulos si no informan claramente la tasa de interés efectiva anual (TEA) y el costo financiero total (CFT). Podés plantear la nulidad ante Defensa del Consumidor o en sede judicial.

¿Qué es el anatocismo y cómo sé si me lo están aplicando?

El anatocismo es cobrar interés sobre los intereses ya devengados. Es nulo cuando se hace con una frecuencia menor a seis meses (CCyC art. 770). Pedile al acreedor el detalle de cómo se calculó la deuda: si los intereses de un mes se capitalizaron al mes siguiente, es anatocismo ilegal.

¿Qué es el régimen PUSF del BCRA y qué plazo tienen para responderme?

El PUSF (Protección de Usuarios de Servicios Financieros) es el régimen del Banco Central que obliga a las fintechs y billeteras a responder reclamos en un plazo máximo de 20 días hábiles. Si no lo hacen, podés escalar la queja al BCRA directamente.

¿Hay algún plan de refinanciación oficial si soy joven y no puedo pagar?

Sí. El Banco Nación tiene actualmente un plan de regularización para deudores en mora (categorías 3, 4 y 5), con tasas del 12% al 14% anual ajustadas por UVA y hasta 120 cuotas. La Ciudad de Buenos Aires aprobó en junio un Programa de Desendeudamiento Familiar con tasa del 35% y mínimo 24 cuotas para familias con ingresos menores a 10 salarios mínimos.

¿Te esta pasando algo parecido? No te quedes con la duda ni dejes que se aprovechen de vos. Contame tu caso y te oriento sobre como defender tus derechos.

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