Cuota del colegio privado sube en julio

Cuota del colegio privado sube en julio: tus derechos en Mendoza

Llegó julio y con él el ajuste bimestral de las cuotas escolares en Mendoza. Lo que pocos padres y madres saben es que, desde fines de 2025, existe una diferencia crucial entre colegios: el 80% de los establecimientos privados mendocinos sigue regulado por la Dirección General de Escuelas (DGE), pero el 20% restante —los que no reciben aporte estatal— puede cobrar lo que quiera desde que entró en vigor el Decreto Nacional 787/2025. Saber en qué situación está el colegio de tus hijos no es un dato administrativo: es la diferencia entre tener derechos concretos o quedar librado a la voluntad del establecimiento.

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El decreto que dividió a los colegios privados

A fines de 2025, el Gobierno nacional derogó una norma de 1993 que obligaba a todos los colegios privados del país a informar y pedir autorización previa antes de subir sus cuotas. Con el Decreto 787/2025, esa obligación desapareció para los establecimientos sin aporte estatal: desde entonces pueden fijar libremente el valor de sus cuotas sin comunicarlo al Estado ni justificarlo.

En Mendoza, sin embargo, el impacto fue acotado. Alrededor del 80% de los colegios privados de la provincia perciben subsidio estatal en alguna proporción, por lo que siguen atados al mecanismo provincial IPADEP (Índice Provincial de Aranceles de la Educación Privada), que la DGE actualiza cada dos meses en base a la evolución del salario docente y el IPC mendocino.

Qué es el IPADEP y qué implica para julio

El IPADEP es una fórmula polinómica acordada entre la DGE y las cámaras de colegios privados con subsidio. Se actualiza en forma bimestral —en marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre— combinando el 70% de la variación del salario docente (cargo testigo con 10 años de antigüedad) y el 30% del IPC de Mendoza.

Para julio de 2026, la nueva tabla IPADEP ya fue publicada y las cuotas de los colegios con subsidio estatal se ajustan a partir del 1° de julio. Podés consultarla en el sitio oficial mendoza.edu.ar o solicitarla directamente en la secretaría del establecimiento, que tiene obligación de informártela antes del cobro (Ley 24.240, art. 4). Y si querés ver el panorama completo de todos los servicios que subieron este mes, podés leer cuándo podés reclamar por los aumentos de julio.

¿Qué podés reclamar si tu colegio está desregulado?

Si el establecimiento no recibe subsidio estatal, el Decreto 787/2025 le da libertad para fijar sus propios valores. Pero eso no le da carta blanca. La Ley 24.240 de Defensa del Consumidor rige para toda relación de consumo, y la educación privada es una:

  • Art. 4 — Información cierta y clara: el colegio debe informarte el aumento con antelación suficiente, por escrito y de forma gratuita. Un cartel en el pizarrón el día anterior no cumple ese requisito.
  • Art. 8 bis — Trato digno: está prohibido usar presión, hostigamiento o exponer públicamente al alumno o a su familia para exigir el pago de la cuota.
  • Art. 37 — Cláusulas abusivas: son nulas las cláusulas del contrato de inscripción que establezcan aumentos sin límite claro o sin mecanismo de cálculo transparente.

La Constitución Nacional, en su art. 42, garantiza además a los usuarios de servicios la protección de sus intereses económicos y el derecho a condiciones de trato equitativo y digno. Eso incluye a los padres como usuarios de un servicio educativo privado.

Lo que ningún colegio puede hacer, con o sin subsidio

Aunque la desregulación sea un hecho, hay una línea que ningún establecimiento puede cruzar. La Ley de Educación Nacional 26.206 consagra el derecho a la educación como derecho social fundamental, y la jurisprudencia argentina es uniforme en esto: un alumno no puede ser excluido de clases ni impedido de rendir exámenes por falta de pago de cuotas de sus padres. Esa práctica es inconstitucional y habilita una acción de amparo de manera urgente.

Lo que sí puede hacer el colegio ante la mora: no renovar la matrícula para el año siguiente o iniciar acciones extrajudiciales o judiciales de cobro. Lo que no puede: suspender la escolaridad del menor durante el ciclo lectivo en curso.

Paso a paso si el colegio cobra de más o no informa

  1. Pedí constancia escrita del aumento antes de pagar. Si el colegio tiene subsidio estatal, exigí la tabla IPADEP de julio publicada por la DGE.
  2. Compará lo que te cobran con lo autorizado. Si el monto supera la tabla oficial para los colegios regulados, tenés motivo fundado de reclamo.
  3. Presentá tu queja ante la DGE (si el colegio tiene subsidio) o ante la Dirección de Defensa del Consumidor de la Provincia de Mendoza en todos los casos.
  4. Guardá toda la comunicación: mails, cartas, mensajes de WhatsApp del colegio sobre el aumento.
  5. Si el colegio amenaza con suspender al alumno, consultá de inmediato: un amparo puede resolverse en horas y el derecho a la educación no admite demoras.

Base legal

  • CN art. 42 — Protección de los intereses económicos de los usuarios de servicios y derecho a condiciones de trato equitativo. Texto constitucional
  • Ley 24.240 arts. 4, 8 bis y 37 — Información previa clara y gratuita; trato digno; nulidad de cláusulas abusivas en contratos de consumo, incluida la educación privada. Infoleg
  • Ley 26.206 (Ley de Educación Nacional) — Derecho social a la educación: ningún alumno puede ser excluido del ciclo lectivo en curso por falta de pago de cuotas. Infoleg
  • Decreto 787/2025 — Desregulación de aranceles para colegios privados sin subsidio estatal a nivel nacional.

Preguntas frecuentes

¿Pueden echarme del colegio si no pago la cuota en Mendoza?

No. La Ley de Educación Nacional 26.206 garantiza el derecho a la educación durante todo el ciclo lectivo. El colegio puede iniciar gestiones de cobro, pero no puede suspender la escolaridad del alumno ni impedirle rendir exámenes mientras el año está en curso. Hacerlo habilita una acción de amparo urgente.

¿Cuánto puede subir la cuota del colegio privado en Mendoza en julio 2026?

Los colegios con subsidio estatal (alrededor del 80% en Mendoza) deben aplicar la tabla IPADEP que publica la DGE bimestralmente. Los sin subsidio pueden fijar sus propios valores desde el Decreto 787/2025, pero deben informarlo con anticipación (Ley 24.240 art. 4). Si el monto supera la tabla oficial para los regulados, es reclamable.

¿Dónde reclamo si el colegio cobra más de lo que autoriza la DGE?

Presentá tu queja ante la Dirección General de Escuelas (DGE) de Mendoza si el colegio tiene subsidio estatal, o ante la Dirección de Defensa del Consumidor de la Provincia en cualquier caso. Guardá todos los comprobantes de pago y la comunicación del aumento.

¿El colegio privado tiene que avisarme el aumento antes de cobrarlo?

Sí. El artículo 4 de la Ley 24.240 obliga a todo proveedor de servicios —incluidos los colegios privados— a informar el precio y las condiciones de forma cierta, clara y gratuita antes de aplicar cualquier cambio. Un preaviso insuficiente o tardío habilita el reclamo ante Defensa del Consumidor.

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La información publicada en este sitio tiene fines informativos y de divulgación y no constituye asesoramiento legal para un caso particular. Cada situación requiere el análisis de un profesional. Dr. Mario Vadillo, abogado — Matrícula Prov. de Mendoza. Estudio en Mendoza, Argentina.
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