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Electrodoméstico roto: la garantía de 6 meses que el vendedor no quiere darte

Compraste una heladera nueva. A los cuatro meses deja de enfriar. Llevás el ticket al local y el vendedor te dice que “eso es defecto de uso”, que la garantía “ya venció” o que “tenés que hablar con el fabricante”. Todo mentira. La Ley de Defensa del Consumidor establece derechos muy claros sobre la garantía de productos nuevos, y el vendedor es tan responsable como el fabricante. Esta guía explica exactamente qué te corresponde y cómo conseguirlo.

La garantía mínima de 6 meses: no es negociable

El artículo 11 de la Ley 24.240 establece que todo bien mueble no consumible nuevo tiene una garantía legal de al menos 6 meses contados desde la entrega —no desde la fecha de fabricación, no desde la fecha de compra: desde el día que lo recibiste—. Esta garantía cubre cualquier defecto que impida el uso normal del producto y es completamente gratuita para el consumidor.

Lo decisivo es que esta garantía no es solo del fabricante. El artículo 13 de la misma ley establece responsabilidad solidaria entre el productor, el importador, el distribuidor y el vendedor. Si el local donde compraste la heladera no quiere atenderte, podés ir al importador o al fabricante. Si el fabricante demora, le exigís al local. Todos son igualmente responsables ante vos.

Los cinco mitos del vendedor que no tenés que creer

  • “La garantía es del fabricante, no nuestra.” Falso. El vendedor es solidariamente responsable. No puede derivarte a nadie.
  • “Es un defecto de uso, no de fabricación.” La carga de la prueba es del vendedor. Si el producto falla dentro de los 6 meses, se presume que el defecto existía al momento de la venta. Si el vendedor sostiene que lo rompiste vos, tiene que demostrarlo él.
  • “Sin factura no hay garantía.” La ley no exige factura original. Un resumen de cuenta bancaria, una captura del pago digital o el certificado de garantía firmado son suficientes para acreditar la compra.
  • “Compraste en oferta, no tiene garantía.” Falso. El precio de oferta no elimina la garantía legal bajo ningún concepto.
  • “El informe técnico dice que fue por sobretensión.” Un parte del servicio técnico del propio vendedor no es prueba imparcial. Podés solicitar una segunda opinión técnica y presentarla como contraprueba.

Qué podés exigir y en qué orden

  1. Reparación gratuita. Es la primera opción que la ley prevé. El traslado del producto al servicio técnico corre por cuenta del responsable de la garantía (Art. 12 LDC), no tuya.
  2. Si la reparación no queda resuelta en 30 días corridos, podés optar por: la sustitución del bien por uno idéntico o equivalente en perfecto estado, la reducción proporcional del precio o la rescisión del contrato con devolución del importe pagado (Art. 17 LDC).
  3. El tiempo en reparación extiende la garantía. Si el producto estuvo 40 días en el taller, tu garantía se extiende esos 40 días adicionales (Art. 16 LDC).

Cómo reclamar paso a paso

  1. Comunicá el defecto al vendedor por escrito —email, WhatsApp, formulario del e-commerce— y guardá el comprobante con fecha. Describí el fallo concreto y la fecha de entrega.
  2. Si no responden en 48 horas o te derivan al fabricante, enviá una carta documento intimando a la reparación gratuita en el plazo legal. Citá el Art. 11 y el Art. 13 de la Ley 24.240.
  3. Denunciá ante Defensa del Consumidor. La OMIC de tu municipio o la Dirección Provincial de Comercio abre un expediente gratuito. En la mayoría de los casos, la sola convocatoria a audiencia resuelve el problema.
  4. Si la negativa persiste, la acción judicial en el fuero del consumidor es el paso siguiente. Para electrodomésticos de valor significativo, la condena incluye el valor del bien más intereses, daño moral y daño punitivo.

No te resignes al “así son las cosas”. En mi experiencia, la mayoría de estos reclamos se resuelven antes de llegar a juicio, simplemente porque el vendedor sabe que la ley es clara. Si estás ante esta situación, consultame.

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