Compraste un auto 0 kilómetro y a los pocos días empezaron los problemas: talleres, diagnósticos, reparaciones que no resuelven nada y una fábrica que te dice que consultes al concesionario mientras el concesionario te dice que hables con la fábrica. Si eso te suena conocido, el fallo que dictó la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial el 26 de junio de 2026 te habla directamente.
La Justicia condenó a Ford Argentina S.C.A. y a la concesionaria Luis Strianese S.A. a entregar un vehículo 0 kilómetro de reemplazo y a pagar $4.500.000 de daño punitivo, según informó la Procuración General de la Nación (fiscales.gob.ar).
El caso
En febrero de 2018, una persona compró un Ford Fiesta 0 kilómetro. A los pocos días de recibirlo, el vehículo presentó problemas eléctricos que hacían que la alarma sonara de manera inesperada. El auto ingresó al taller una vez tras otra sin que las revisiones resolvieran el defecto de manera definitiva.
El proceso judicial tuvo una vuelta procesal importante que vale conocer: la Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló el fallo de segunda instancia anterior porque en ese juicio de consumo no se había dado intervención al Ministerio Público Fiscal, como exige la Ley 24.240 para este tipo de causas. Corregido ese error y devuelto el expediente, la Cámara dictó la sentencia definitiva en junio de 2026 —ocho años después de la compra del vehículo.
Por qué el daño punitivo es el dato más importante
El reemplazo del auto es lo que le corresponde al comprador cuando la garantía se incumple y el defecto persiste. Pero los $4.500.000 de daño punitivo son el mensaje del tribunal al mercado automotor: no te conviene ignorar el reclamo de un consumidor durante años.
El art. 52 bis de la Ley 24.240 le pone precio al cálculo empresarial de que es más barato resistir los juicios que dar respuestas rápidas. Cuando la Cámara decide aplicarlo, está diciéndole a cada terminal y a cada red de concesionarias que el costo de abandonar al cliente puede superar ampliamente el del arreglo oportuno.
Y hay otro dato relevante en este fallo: la condena cayó sobre Ford Argentina y el concesionario juntos. No hubo manera de pasarse la responsabilidad. La Ley 24.240 hace solidaria a toda la cadena de comercialización, y los tribunales lo aplican.
Si tu auto tiene fallas que no se resuelven, estos son los pasos
El tiempo corre. La garantía tiene plazos y la pasividad les conviene a las empresas. Seguí este camino:
- Documentá cada visita al taller. Guardá todas las órdenes de trabajo con fecha, descripción del problema y lo que hicieron. Esos papeles son la prueba central de cualquier reclamo.
- Exigí que el taller deje constancia por escrito. Si el técnico “no encuentra nada”, pedí que lo pongan en el papel. Una orden de trabajo que dice “sin novedad” ante un problema que se repite también suma a tu caso.
- Enviá carta documento a la concesionaria y a la terminal. Después del tercer ingreso sin solución definitiva, o cuando lleves 30 días sin el vehículo por reparaciones bajo garantía, podés exigir el reemplazo o el reintegro del valor del auto. La carta documento fija la fecha y fuerza una respuesta.
- Denunciá ante Defensa del Consumidor. La denuncia ante la Secretaría de Comercio o la oficina provincial es gratuita y cita a la empresa a una audiencia de conciliación. Es el primer escalón antes del juicio y a veces alcanza para lograr una solución rápida.
- No aceptes “el concesionario dice que es problema de la fábrica”. El art. 40 de la Ley 24.240 establece responsabilidad solidaria de toda la cadena. Podés reclamar a cualquiera de ellos y por el total del daño.
Para saber más sobre cómo proceder cuando un producto te falla o te genera daños, revisá la guía que armé sobre productos defectuosos y a quién reclamarle.
Base legal
- Ley 24.240, art. 11 — Garantía legal: seis meses mínimo para productos nuevos. El consumidor puede exigir reparación sin costo durante ese período —que puede ampliarse por la garantía comercial ofrecida por el fabricante. Ver texto en Infoleg.
- Ley 24.240, art. 17 — Si la reparación no se efectúa en 30 días corridos o el defecto persiste, el consumidor puede optar entre el reemplazo del producto, la devolución del importe abonado o una quita proporcional del precio.
- Ley 24.240, art. 40 — Responsabilidad solidaria: fabricante, distribuidor, importador y vendedor responden juntos frente al consumidor por los daños causados por un producto defectuoso.
- Ley 24.240, art. 52 bis — Daño punitivo: multa civil que el juez puede imponer al proveedor que incumple sus obligaciones con dolo o culpa grave.
- CN, art. 42 — Derecho constitucional a la protección de los intereses económicos del consumidor.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tiene el taller para reparar un auto en garantía?
La Ley 24.240 fija un plazo máximo de 30 días corridos. Si el defecto no se resuelve en ese lapso, el consumidor puede exigir el reemplazo del vehículo o la devolución del dinero pagado.
¿Tengo que demandar a Ford o al concesionario?
A ambos. El art. 40 de la Ley 24.240 los hace solidariamente responsables. No podés quedarte sin respuesta porque una empresa le apunte a la otra: podés reclamar ante cualquiera de ellas y por el monto total del daño.
¿El daño punitivo aplica aunque el auto haya sido finalmente reparado?
Puede aplicar de todas formas si la empresa tardó de manera injustificada o ignoró sistemáticamente los reclamos del consumidor. El daño punitivo sanciona la conducta, no solo el resultado final.
¿Cuánto cuesta hacer una denuncia ante Defensa del Consumidor?
Nada. El procedimiento ante la Secretaría de Comercio o las oficinas provinciales de Defensa del Consumidor no tiene costo para el denunciante. Es el paso previo al juicio que puede forzar una solución sin necesidad de litigar.
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