Rosalía y las entradas: lo que la letra chica del botón de arrepentimiento sí permite reclamar

Movistar Arena le contesta a los fans de Rosalía que quieren devolver la entrada con un mensaje de diez líneas y una sola idea: pasaron diez días desde la compra, no hay devolución “bajo ningún motivo ni excepción”. Como despedida, les ofrece transferir el QR a otra persona.

La respuesta es fría, pero conviene mirar la norma antes de salir a cruzarla, porque acá el diablo está en el detalle técnico.

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La regla para entradas no es la regla general

El artículo 34 de la Ley 24.240 dice que el consumidor tiene diez días corridos para arrepentirse, contados desde que se entrega el bien o se celebra el contrato, lo último que ocurra. Esa es la regla general del Código Civil y Comercial y de la ley de consumo.

Pero para entradas de espectáculos, eventos deportivos o artísticos rige una regla especial: la Disposición 954/2025 de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial (la norma vigente hoy, que reemplazó a la vieja Resolución 424/2020). Ahí el criterio se invierte: el plazo de diez días corre desde que se entrega la entrada o el comprobante de pago, lo que ocurra primero, sin importar cuándo sea el show. Como el comprobante de pago se emite prácticamente en el momento de comprar, en la mayoría de los casos el reloj arranca ese mismo día. Para quien compró la entrada hace semanas o meses, el plazo de arrepentimiento ya venció, más allá de cuándo sea el recital.

Dicho en criollo: si compraste en mayo o junio, hoy ya no tenés ventana legal para arrepentirte por esta vía. La respuesta de Movistar Arena, aunque brusca, no está diciendo cualquier cosa.

Lo que sí queda para reclamar

Que el plazo esté vencido no cierra toda la discusión. Quedan dos flancos reales:

Uno. El artículo 34 de la Ley 24.240 no solo da el derecho a revocar: también obliga al vendedor a informarlo por escrito, en forma clara y notoria, en todo documento vinculado a la venta. Si al comprar la entrada no se explicó con claridad este derecho ni el plazo para ejercerlo, hay una infracción a ese deber de información, independiente de si el plazo venció o no. Eso se reclama ante Defensa del Consumidor, y no depende de la fecha del show.

Dos. La Disposición 954/2025 exige que el botón de arrepentimiento esté visible desde el primer acceso al sitio, sin pedir registro ni trámites extra, y que la empresa confirme la gestión en 24 horas con un código de trámite. Un mail de atención al cliente que dice “no se hace devolución bajo ningún motivo” no es lo mismo que ofrecer un canal de arrepentimiento accesible y con respuesta formal. Si ese botón no existe o no funciona como debe, ahí hay una infracción autónoma, aunque el reclamo puntual de devolución no prospere.

La conclusión incómoda para el que compró tarde y se enojó ahora

El derecho de arrepentimiento en espectáculos fue pensado para reaccionar rápido después de comprar, no para créer una salida cuando surge una polémica semanas después. Quien se enteró del conflicto con Rosalía y recién ahí quiso devolver la entrada, probablemente llegue tarde al plazo. La vía que le queda no es forzar la devolución por el botón de arrepentimiento vencido, sino reclamar si no se le informó correctamente el derecho al momento de comprar, o revender/transferir el QR como ofrece la propia ticketera.

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