Compraste una heladera, una lavadora o un televisor. A los dos meses dejó de funcionar. Te derivaron al servicio técnico autorizado. Fueron, revisaron, entregaron. A las dos semanas el mismo problema. Volvieron. Y el aparato sigue fallando. En ese punto, muchas personas se resignan o aceptan reparaciones interminables. No hay razón para eso: la Ley de Defensa del Consumidor es clara y te da herramientas concretas.
Qué dice la ley
El artículo 11 de la Ley 24.240 establece que todo bien mueble no consumible nuevo tiene garantía legal obligatoria. El artículo 17 agrega algo que pocos conocen: si la reparación realizada no resulta satisfactoria porque el producto no reúne las condiciones óptimas para el uso al que está destinado, el consumidor puede optar entre dos alternativas sin necesidad de ninguna autorización adicional:
- Sustitución: que te entreguen otro producto de idénticas características. El nuevo plazo de garantía empieza a correr desde la fecha de entrega del bien de reemplazo.
- Devolución del dinero: devolvés el producto en el estado en que está y recibís el importe equivalente a lo que pagaste.
La ley no exige que hayas llevado el producto al servicio técnico exactamente tres veces: el estándar es que la reparación “no resulte satisfactoria”. Si el aparato sigue sin funcionar correctamente después de una o varias reparaciones, ya cumpliste el requisito.
Los plazos de garantía
- Bienes nuevos: 6 meses mínimo desde la entrega.
- Bienes usados: 3 meses mínimo desde la entrega.
- El tiempo en el service se suma: el período durante el cual estuviste privado del uso del producto mientras estaba en reparación se agrega al plazo de garantía. Si el aparato estuvo 20 días en el taller, tu garantía se extiende 20 días más.
El fabricante o vendedor puede ofrecer una garantía mayor. La ley fija el piso mínimo; lo que figure en la caja o en el contrato de venta puede ser más amplio.
Quién responde: productor, importador y vendedor, juntos
Esto es lo que más sorprende a los consumidores: la responsabilidad por la garantía es solidaria entre el productor, el fabricante, el importador, el distribuidor y el vendedor. Cualquiera de ellos puede ser el destinatario de tu reclamo. No pueden derivarte indefinidamente de uno al otro alegando que el problema “es del fabricante”.
Si compraste en una cadena de electrodomésticos, esa cadena responde. Punto. No necesitás rastrear a quien fabricó el producto en el extranjero.
Cómo reclamar paso a paso
- Notificá por escrito. Mandá un correo electrónico o WhatsApp al vendedor dejando constancia de que el producto presenta fallas y que las reparaciones no fueron satisfactorias. Guardá todas las respuestas. Esa comunicación es tu prueba.
- Ejercé tu opción formalmente. Informale por escrito que optás por la sustitución del producto o por la devolución del dinero. Indicá fecha y firmá el mensaje o carta.
- Si no responden en tiempo razonable, denunciá. Podés presentar reclamo ante la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza (presencial en calle San Martín 1143 o por la plataforma digital provincial) o ante la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor en www.consumidor.gob.ar.
- Conservá toda la documentación. Factura de compra, órdenes de reparación del service, fotos del producto con la falla visible, capturas de los intercambios. Sin esa documentación, tu reclamo pierde fuerza.
La garantía legal existe y funciona cuando el consumidor la exige. Las empresas confían en que la mayoría de las personas se rinden ante la primera derivación al servicio técnico. No te rindás.
Si tu electrodoméstico sigue fallando después del service y el vendedor no te da solución, podés consultarnos. Revisamos tu caso y te decimos qué camino seguir.
Fuentes: Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, artículos 11, 12, 13 y 17; Dirección Nacional de Defensa del Consumidor.



