Lápidas de madera en el Parque San Vicente: los municipios talan, nunca reponen y nadie los controla

Respuesta rápida: la Ley provincial 7874 de Arbolado Público obliga a que todo árbol erradicado sea repuesto de inmediato por otro ejemplar, en el mismo lugar o en sus inmediaciones (art. 66). La normativa vigente exige además extraer el tocón, dejar el nicho en condiciones y concretar el replante en forma inmediata y simultánea. Los tocones que se acumulan en el Parque San Vicente de Godoy Cruz —algunos con inscripciones de 2018— son la prueba física de que esa obligación no se cumple y de que nadie la controla. Cualquier vecino puede exigir la reposición al municipio y denunciar el incumplimiento ante la Dirección de Biodiversidad y Ecoparque, autoridad de aplicación provincial.

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Caminá por el Parque San Vicente de Godoy Cruz y contalas: cada vez hay más lápidas de madera. Tocones al ras del pasto, rodajas grises que quedaron donde antes había un árbol de treinta, cuarenta, cincuenta años. Nadie sabe qué “certificado de defunción” les hicieron para voltearlos. Nadie vio el informe técnico que justificó la tala. Y lo que es peor: nadie repuso nada.

Tocón de árbol al ras del pasto en el Parque San Vicente

Uno de esos tocones tiene pintada una inscripción con la fecha 9/12/18. Si esa marca es de cuando el árbol ya estaba cortado, ese resto lleva más de siete años ahí, sin destoconar y sin que nadie plante un ejemplar nuevo en su lugar. Siete años de incumplimiento a la vista de todos, a metros de una de las áreas verdes más usadas del departamento.

Tocón del árbol River desde el lateral junto a la acequia

Lo que dice la ley y nadie cumple

La Ley provincial 7874, sancionada en 2008, declara al arbolado público patrimonio natural y cultural de Mendoza y le da carácter de servicio público prioritario (art. 3). No es una declaración poética: es una obligación legal con responsables concretos.

El artículo 66 es clarísimo: todo árbol eliminado o trasplantado en la provincia debe ser sustituido por otro ejemplar. Si no se puede plantar en el mismo lugar, debe plantarse en sus inmediaciones. Y la normativa de la Dirección de Recursos Naturales agrega que, ante cualquier erradicación, la autoridad competente debe obligatoriamente extraer el tocón, verificar que el nicho esté en condiciones reglamentarias, que el fondo de acequia esté permeabilizado y concretar el replante inmediato y simultáneo, en el lugar o en zona aledaña.

Inmediato y simultáneo. No “cuando haya presupuesto”, no “en la próxima campaña de forestación”, no “cuando termine la gestión”. El mismo día que se voltea el árbol tiene que estar prevista su reposición. Los tocones del San Vicente demuestran que en Godoy Cruz —como en el resto de los municipios— la erradicación es instantánea y la reposición no llega nunca.

Tocón grande agrietado con aserrín del árbol talado

Pagamos un millón de dólares por un censo que quedó de adorno

Acá viene la parte que más indigna. Entre 2020 y 2021, la Provincia hizo el Censo del Arbolado Público del Área Metropolitana: un vehículo con tecnología LiDAR, al estilo de las camionetas de Google Street View, recorrió 3.700 kilómetros de calles y relevó unos 615.000 árboles en los siete departamentos del Gran Mendoza. El contrato con la empresa que lo ejecutó costó alrededor de un millón de dólares, financiado por el BID a través del programa DAMI II.

La promesa era que ese sistema iba a permitir gestionar el arbolado con datos: registrar cada poda, cada erradicación, cada destoconado y cada reposición, árbol por árbol, en tiempo real. Godoy Cruz, además, ya venía presumiendo desde 2017 de tener el primer inventario georreferencial de arbolado de la provincia, con más de 90.000 forestales censados. Y desde 2023 funciona la plataforma provincial “Mi Árbol”, diseñada justamente para identificar ejemplares secos, tocones y lugares donde falta reposición.

Es decir: el Estado sabe exactamente dónde está cada tocón. Tiene la foto, las coordenadas y la ficha técnica. Gastó un millón de dólares en saberlo. Lo que no hace es lo único que importa: plantar el árbol que la ley le ordena plantar.

Esto no es nuevo. Ya lo denuncié en julio de 2025 en mi columna de MDZ, “El árbol censado que nadie cuida”: la plataforma Mi Árbol te muestra la ficha del árbol frente a tu casa, pero no te deja denunciar que está seco, que se cae o que alguien lo está cortando. Un año después, los tocones del San Vicente confirman que nada cambió.

La nueva ley les puso plazos: que los cumplan

En abril de 2026 se promulgó la Ley 9702, que reformó la Ley de Arbolado. La reforma le dio a los municipios la jurisdicción exclusiva sobre el arbolado de calles y espacios públicos de su territorio. Ya no hay excusas cruzadas: si el árbol estaba en el Parque San Vicente, el responsable de reponerlo es la Municipalidad de Godoy Cruz. Punto.

Pero la reforma también les impuso obligaciones nuevas: cada municipio debe presentar ante la Provincia un Plan de Manejo Integral del Arbolado cada cuatro años y un informe anual, antes del 31 de marzo, detallando qué hizo: cuántos árboles erradicó, cuántos repuso, con qué resultados. La autoridad de aplicación provincial —la Dirección de Biodiversidad y Ecoparque, bajo la órbita del Ministerio de Energía y Ambiente— debe supervisar ese cumplimiento.

La pregunta es simple: ¿cuántos árboles erradicó Godoy Cruz en el Parque San Vicente en los últimos años y cuántos repuso? Ese dato tiene que estar en el informe anual. Si no está, el municipio incumple. Si está y muestra el descalce entre talas y reposiciones, la Provincia tiene la obligación de exigir que se corrija. Y si la Provincia no controla, incumple también.

Un oasis en el desierto no sobrevive sin árboles

Mendoza no es una ciudad con árboles: es un bosque plantado a mano en medio del desierto. Zona árida, seca, calurosa, con veranos cada vez más largos y olas de calor cada vez más intensas. El arbolado público no es paisajismo: baja la temperatura urbana varios grados, filtra el aire, amortigua el ruido, protege la salud de la gente y es la principal herramienta de adaptación al cambio climático que tenemos.

Cada tocón sin reponer es un pedazo de sombra que perdimos para siempre, porque un árbol nuevo tarda décadas en dar lo que daba el que voltearon. Por eso la ley exige reposición inmediata: porque el tiempo perdido no se recupera. Y por eso los cementerios de tocones que se multiplican en todos los municipios de la provincia no son un descuido estético: son un daño ambiental acumulado del que alguien tiene que hacerse cargo.

Eucaliptos recién talados sobre la acequia con corte fresco

Qué podés hacer vos como vecino

La ley te da herramientas. Si ves tocones sin reponer en tu barrio o en un espacio público:

1. Sacá fotos con fecha y ubicación exacta (la geolocalización del celular sirve).
2. Presentá un reclamo escrito en la mesa de entradas del municipio, citando el artículo 66 de la Ley 7874, y pedí número de expediente. Exigí que informen la fecha de erradicación, el fundamento técnico y la fecha prevista de reposición. Tenés disponible en este sitio el formulario de reclamo al municipio por daños causados por árboles y veredas, que podés adaptar.
3. Si el municipio no responde o no repone, denunciá el incumplimiento ante la Dirección de Biodiversidad y Ecoparque del Ministerio de Energía y Ambiente, que es la autoridad de aplicación provincial y debe supervisar a los municipios.
4. Podés además pedir por acceso a la información pública el informe anual de arbolado que el municipio está obligado a presentar antes del 31 de marzo de cada año.

Si además un árbol en mal estado o una tala mal hecha te causó un daño concreto —en tu vereda, tu auto o tu integridad—, leé esta guía sobre la responsabilidad del municipio por veredas, árboles y calles en mal estado. Y si el conflicto es con el árbol de un vecino, acá explico cómo actuar legalmente si el árbol del vecino invade tu terreno.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio reponer un árbol que el municipio taló?

Sí. El artículo 66 de la Ley provincial 7874 establece que todo árbol eliminado o trasplantado en Mendoza debe ser sustituido por otro ejemplar, en el mismo lugar o en sus inmediaciones. La normativa complementaria exige además el destoconado y el replante inmediato y simultáneo.

¿Quién es el responsable del arbolado en parques y calles de mi barrio?

Desde la reforma de la Ley 9702 (2026), el municipio tiene jurisdicción exclusiva sobre el arbolado de calles y espacios públicos de dominio municipal. En rutas, cauces y jurisdicción provincial intervienen Vialidad e Irrigación, bajo supervisión de la Dirección de Biodiversidad y Ecoparque.

¿Dónde denuncio tocones sin reponer o talas injustificadas?

Primero con reclamo escrito ante el municipio, citando la Ley 7874 y pidiendo número de expediente. Si no hay respuesta o reposición, ante la Dirección de Biodiversidad y Ecoparque del Ministerio de Energía y Ambiente de la Provincia, autoridad de aplicación de la ley.

¿Puedo pedir información sobre cuántos árboles taló y repuso mi municipio?

Sí. La Ley 9702 obliga a cada municipio a presentar un informe anual de gestión del arbolado antes del 31 de marzo, con las erradicaciones y reposiciones realizadas. Ese informe es público y podés solicitarlo por acceso a la información pública.

¿Puedo cortar o podar yo mismo el árbol de la vereda de mi casa?

No. El arbolado público es patrimonio de la provincia y toda intervención —poda, tala, erradicación— requiere autorización de la autoridad competente. Hacerlo por cuenta propia genera multas y sanciones.


Dr. Mario Vadillo — Abogado especialista en defensa del consumidor y usuarios de servicios públicos. Matrícula T° 75 F° 347, Colegio de Abogados de Mendoza. Estudio Vadillo, 25 de Mayo 750 PB G, Ciudad de Mendoza.

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La información publicada en este sitio tiene fines informativos y de divulgación y no constituye asesoramiento legal para un caso particular. Cada situación requiere el análisis de un profesional. Dr. Mario Vadillo, abogado — Matrícula Prov. de Mendoza. Estudio en Mendoza, Argentina.
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