Ley 9655: desde el 1° de octubre, tu ticket en Mendoza debe mostrar el IIBB

Ley 9655: desde el 1° de octubre, tu ticket en Mendoza debe mostrar el IIBB

La próxima vez que te entreguen un ticket en un comercio mendocino, prestale atención. Porque a partir del 1° de octubre de 2026, ese comprobante va a tener que decirte, con letra clara, cuánto de lo que pagaste se va en Ingresos Brutos. No es opcional: es una obligación legal que acaba de ser reglamentada, y cuyo incumplimiento puede terminar en una sanción para el comercio.

La Administración Tributaria Mendoza (ATM) reglamentó la Ley Provincial N.° 9655 mediante la Resolución General 27/2026, que pone en marcha el Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor. Mendoza es la segunda provincia del país —después de Chubut— en adherir a este sistema creado por la Ley Nacional 27.743. Casi un año después de la sanción de la norma, el Gobierno provincial fijó por fin una fecha concreta de implementación: el 1° de octubre de 2026.

¿Estás pasando por algo así? Contame tu caso y recibí orientación al instante. Consultar ahora →

¿Qué tiene que decir el ticket desde el 1° de octubre?

Cada vez que un comercio del régimen general te emita una factura, ticket o comprobante equivalente, deberá incluir obligatoriamente la leyenda:

“Alícuota IBMza XX,XX% – Ley N.° 9655”

Eso significa que el vendedor está obligado a informarte qué porcentaje de Ingresos Brutos provincial aplica sobre esa venta. No te dice el monto exacto en pesos —sino la tasa—, pero con ese dato podés calcular cuántos pesos de lo que pagaste van a la ATM por ese concepto.

Si la actividad no está alcanzada por el impuesto o tiene una exención, el ticket debe indicar “Tasa Cero” o “Operación exenta”. Nada de dejar el campo en blanco.

¿Quiénes no están obligados?

Los comerciantes inscriptos en el Monotributo (régimen simplificado nacional) quedan exceptuados. La norma apunta a los contribuyentes del régimen general de Ingresos Brutos —la mayoría de los comercios medianos y grandes— que emiten facturas A o B y similares.

¿Por qué importa para vos como consumidor?

Durante años, los precios que pagamos en los comercios incluyeron impuestos que nadie nos explicaba. El IVA aparece discriminado en las facturas A. Pero el Impuesto sobre los Ingresos Brutos —que en Mendoza varía según la actividad y puede ir del 1% al 4,5% o más— ha estado siempre “adentro” del precio, invisible.

Esta ley no baja los precios. Pero te da información: podés saber si el comercio está aplicando la alícuota correcta o si hay algo que no cierra. Y eso genera más competencia y más presión para que los comercios sean eficientes. El artículo 4 de la Ley 24.240 establece que el consumidor tiene derecho a información cierta, clara y detallada sobre lo que paga. Esta norma le da contenido concreto a ese derecho en cada transacción cotidiana.

Como abogado del consumidor lo digo sin rodeos: la opacidad en los precios siempre la paga el que compra. Si no sabés cuánto de lo que pagás es impuesto provincial, no podés comparar correctamente ni exigir que te cobren bien.

¿Qué pasa si el comercio no cumple desde el 1° de octubre?

La autoridad de aplicación es la ATM Mendoza, que tiene facultades sancionatorias sobre los contribuyentes de Ingresos Brutos. Si encontrás un ticket que no muestra la leyenda obligatoria, podés:

  1. Pedirle al comercio que te explique por qué no figura. A veces es un error de su sistema de facturación, solucionable en el momento.
  2. Reportarlo ante la ATM Mendoza (atm.mendoza.gov.ar), que es la autoridad de aplicación con poder sancionatorio.
  3. Presentar una denuncia ante la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza si considerás que la omisión forma parte de una práctica sistemática de falta de transparencia en precios.

El dato que más me llama la atención en todo esto: Diario Uno advirtió que, casi un año después de que la ley fue aprobada, Mendoza todavía no la aplicaba. La Resolución 27/2026 de la ATM cierra esa brecha. Ahora le toca a los consumidores conocer el derecho y exigirlo.

Base legal

  • Ley Nacional 27.743, Título VII — Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor: obliga a discriminar alícuotas de tributos provinciales en comprobantes de venta. Infoleg
  • Ley Mendoza 9655 — adhesión provincial al Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor. Boletín Oficial Mendoza
  • ATM Resolución General 27/2026 — reglamentación de la Ley 9655 en Mendoza; fija vigencia a partir del 1° de octubre de 2026. ATM Mendoza
  • Ley 24.240 art. 4 — derecho del consumidor a información cierta, clara y detallada sobre los productos y servicios que adquiere. Infoleg

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Ley 9655 de Mendoza?

Es la ley provincial que adhirió al Régimen Nacional de Transparencia Fiscal al Consumidor (Ley 27.743, Título VII). Obliga a los comercios del régimen general de Ingresos Brutos a detallar la alícuota impositiva en cada ticket o factura que emitan.

¿Desde cuándo rige en Mendoza la obligación de detallar el IIBB en el ticket?

Desde el 1° de octubre de 2026, según la Resolución General ATM 27/2026 que reglamentó la Ley 9655.

¿Qué leyenda debe aparecer en el ticket a partir del 1° de octubre?

La leyenda obligatoria es “Alícuota IBMza XX,XX% – Ley N.° 9655”. Si la actividad está exenta, debe decir “Tasa Cero” u “Operación exenta”. Dejar el campo en blanco es incumplimiento.

¿Los negocios del Monotributo también deben incluir la leyenda?

No. Los monotributistas están exceptuados de esta obligación. La norma aplica a los contribuyentes del régimen general de Ingresos Brutos.

¿Querés saber qué podés reclamar en TU caso puntual? Escribile a mi asistente legal y resolvé tus dudas al instante, online.

Consulta con el asistente IA →

Scroll al inicio
La información publicada en este sitio tiene fines informativos y de divulgación y no constituye asesoramiento legal para un caso particular. Cada situación requiere el análisis de un profesional. Dr. Mario Vadillo, abogado — Matrícula Prov. de Mendoza. Estudio en Mendoza, Argentina.
Consulta legal