Cola frente al banco: la mora golpea a las fintech

Mora 32% en fintechs: 7 millones sin crédito y qué derechos te quedan

El Banco Central acaba de publicar su Informe de Proveedores No Financieros de Crédito de junio de 2026, y los números son para detenerse a leer: la irregularidad crediticia en fintechs y billeteras virtuales superó el 32% en mayo. Casi uno de cada tres pesos que prestan Mercado Pago, Uala, Moni, Naranja X y similares no se puede recuperar. Y según datos de la consultora 1816 sobre la Central de Deudores del BCRA, casi 7 millones de argentinos quedaron fuera del sistema de crédito por atrasos superiores a 90 días.

El propio Banco Central, a través de su vicepresidente, reconoció que la mora “tocó su pico en el segundo trimestre de 2026”. Lo que el informe no dice es qué pasa con esos millones de deudores que quedaron clasificados en el BCRA como riesgo alto o irrecuperable. Eso es lo que me propongo explicar hoy.

Qué significa estar en mora y qué consecuencias tiene

Cuando dejás de pagar una cuota de tu fintech o billetera por más de 90 días, la entidad te reporta al BCRA con clasificación de riesgo “3”, “4” o “5” en la Central de Deudores. Esa información es pública: la pueden ver los bancos, otras fintechs, muchas inmobiliarias e incluso empleadores que accedan a la base.

Las consecuencias son reales: no podés tomar nuevos créditos, en muchos casos no podés alquilar sin garante solvente, y los estudios de cobranzas empiezan a llamarte con creciente agresividad. Para millones de familias es una trampa de la que parece imposible salir. Pero “parece” no significa que lo sea.

Qué derechos tenés aunque estés en mora

Que estés en mora no significa que perdés todos tus derechos. Y que exista una deuda no significa que esa deuda sea válida en el monto que te reclaman. Estos son los más importantes:

  • Derecho a la información exacta de la deuda: Podés exigir a la fintech o banco, por escrito, el detalle completo: capital original, tasa de interés aplicada (TEA), intereses punitorios y comisiones. Si el contrato no informó la Tasa Efectiva Anual y el Costo Financiero Total (CFT), esa cláusula es nula según el art. 36 de la Ley 24.240. La nulidad te da base para cuestionar el monto reclamado.
  • Prohibición de interés sobre interés: El art. 770 del Código Civil y Comercial prohíbe el anatocismo —capitalizar intereses— con una periodicidad menor a seis meses. Muchas fintechs capitalizan mensualmente. Eso es ilegal y esa porción de la deuda puede ser impugnada judicialmente.
  • Trato digno en la cobranza: El art. 8 bis de la Ley 24.240 prohíbe en la cobranza extrajudicial cualquier práctica que aparente ser judicial, amenace con demandas inexistentes o te contacte a horarios indebidos. Los estudios de cobranzas que violan esto son denunciables ante Defensa del Consumidor.
  • Prescripción de la deuda: Las deudas con fintechs y billeteras prescriben a los 5 años desde el último incumplimiento o reconocimiento. Como explicamos en esta guía sobre Mercado Pago, si la deuda es antigua, podés oponer la prescripción como defensa.
  • Reclamo ante el BCRA: Las fintechs y billeteras son Proveedores No Financieros de Crédito (PNFC), sujetos a la Comunicación BCRA A 7146 y al régimen PUSF. Tienen 20 días hábiles para responder tu reclamo. Si no lo hacen, podés denunciarlas directamente en bcra.gob.ar.

¿Hay salida para quien quedó afuera del sistema?

Sí, aunque requiere trabajo. Hay tres caminos concretos:

  1. Negociación con quita: Con una mora tan extendida, muchas fintechs están negociando cancelaciones con descuentos de entre el 30% y el 60%. Pedí siempre la oferta por escrito y exigí que la cancelación incluya la baja definitiva del reporte en el BCRA. Como detallamos en nuestra nota sobre el Veraz y el BCRA, la clasificación debe actualizarse cuando se cancela la deuda.
  2. Impugnación de la deuda: Si la tasa fue usuraria, si el contrato no informó el CFT, o si se capitalizaron intereses con periodicidad menor a seis meses, parte de lo que te reclaman puede ser nula. Un abogado puede revisar el contrato y plantear la nulidad de esas cláusulas ante la justicia o ante Defensa del Consumidor.
  3. Prescripción: Si la deuda tiene más de 5 años sin reconocimiento ni pago, y no te iniciaron demanda judicial en ese plazo, podés interponer la excepción de prescripción y liberarte legalmente de la obligación.

Lo que me preocupa de la foto que muestra el BCRA no es el número en sí —32%, 7 millones—, sino lo que representa: millones de personas que tomaron crédito fácil en el celular, sin entender bien las condiciones, que terminaron atrapadas en una deuda que se multiplicó. La Ley de Defensa del Consumidor existe exactamente para estos casos. El problema es que la mayoría no sabe que puede usarla.

Base legal

  • CN art. 42 — derechos del consumidor financiero, rango constitucional.
  • Ley 24.240 art. 8 bis — trato digno: cobranza extrajudicial no puede aparentar ser judicial ni amenazar con acciones inexistentes.
  • Ley 24.240 art. 36 — operaciones financieras de consumo: nulidad de cláusulas que no informen TEA/CFT; competencia en domicilio del consumidor.
  • CCyC art. 770 — anatocismo: capitalizar intereses a menos de 6 meses es nulo. → Código Civil y Comercial en InfoLEG
  • BCRA Comunicación A 7146 — fintechs y billeteras = PNFC, sujetas al BCRA; régimen PUSF: 20 días hábiles para responder reclamos del usuario. → BCRA

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo dura mi dato negativo en la Central de Deudores del BCRA?

La clasificación negativa se mantiene mientras la deuda exista y no esté cancelada. Una vez que pagás o negociás la cancelación, la entidad tiene la obligación de actualizar tu situación en el BCRA. Si no lo hace en tiempo razonable, podés denunciarla.

¿Puede una fintech seguir cobrándome intereses sobre intereses?

No. El art. 770 del Código Civil y Comercial prohíbe el anatocismo cuando los intereses se capitalizan con una periodicidad menor a seis meses. Si tu fintech capitalizó mensualmente o semanalmente, esa parte del monto es nula y podés impugnarla legalmente.

¿Qué pasa si la deuda con la fintech ya prescribió?

Si pasaron 5 años desde el último pago o reconocimiento de deuda sin que te iniciaran una demanda judicial, la deuda prescribió. Eso no la borra del sistema automáticamente, pero podés oponer la prescripción como defensa si intentan demandarte, y solicitar la baja del reporte al BCRA.

¿Puedo denunciar a un estudio de cobranzas que me amenazó con un juicio inexistente?

Sí. El art. 8 bis de la Ley 24.240 prohíbe expresamente esa práctica. Podés denunciarlo ante la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza (148) o ante el BCRA a través de bcra.gob.ar, sección “Consultas y denuncias”, según quién sea la entidad detrás del reclamo.

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