Pareja mayor jubilada - aguinaldo SAC ANSES junio 2026 montos y fechas de cobro Argentina

Seguro de vida: 15 días para cobrar y cómo forzar el pago

La persona falleció. La póliza de seguro de vida existe, los papeles están en orden, y aun así la aseguradora no paga. O pone trabas. O exige requisitos que nadie mencionó cuando vendieron la póliza. Es una de las situaciones más dolorosas que llegan a mi estudio: familias que perdieron a un ser querido y tienen que pelear con una empresa de seguros en el peor momento. Esta guía explica qué dice la ley, cuándo tiene que pagar la aseguradora y qué hacés si no lo hace.

La ley que te protege: Ley 17.418 de Seguros

El seguro de vida se rige en Argentina por la Ley 17.418. Sus puntos clave para quien tiene que cobrar:

  • Plazo de pago: la aseguradora tiene 15 días desde que se le notifica el fallecimiento y se presenta la documentación correspondiente para pagar. Si no lo hace, incurre en mora automática con obligación de pagar intereses.
  • No se exige declaratoria de herederos: el seguro de vida no forma parte de la masa hereditaria. Es un derecho propio de los beneficiarios designados, no de la sucesión. Exigirte una declaratoria como condición de pago es, en la mayoría de los casos, una práctica ilegal.
  • Si no hay beneficiario designado: la ley entiende que el capital corresponde a los herederos legales en partes iguales, como derecho propio —no como herencia—, lo que simplifica el cobro.
  • Prescripción: tenés 3 años desde que tomaste conocimiento del beneficio para reclamar, con un tope de 3 años desde el fallecimiento. No esperés.

Qué documentos puede exigirte la aseguradora (y cuáles no)

Lo que pueden pedirte legítimamente:

  • Certificado de defunción (original o copia certificada).
  • Número de póliza o datos del contrato.
  • DNI del beneficiario o de los herederos.
  • En muerte por accidente: sumario policial o informe médico forense, según corresponda.

Lo que no pueden exigirte si hay un beneficiario designado: declaratoria de herederos, testamento ni ningún documento propio de la sucesión. Si te lo piden, es una dilación abusiva que podés y debés resistir.

Las excusas más frecuentes para no pagar

  1. “La causa de muerte no está cubierta.” Revisá bien la póliza. Las exclusiones deben estar descriptas con claridad. Cualquier duda en la interpretación del contrato de seguro favorece al asegurado, según el artículo 11 de la Ley 17.418.
  2. “El asegurado tenía una preexistencia no declarada.” Para que esto invalide la póliza, la aseguradora debe probar que la omisión fue dolosa y que, de haber conocido esa condición, no habría contratado o lo habría hecho en condiciones distintas. No alcanza con que la condición exista.
  3. “Falta documentación.” Si ya presentaste todo lo razonablemente exigible y la demora se extiende más de 15 días, ya hay mora y corresponden intereses desde esa fecha.
  4. “Está en análisis.” Un análisis sin plazo es una táctica dilatoria. El plazo legal de 15 días no depende de cuánto tarde el “análisis” interno.

El paso a paso para cobrar

  1. Localizá la póliza. Si no la encontrás, la aseguradora está obligada a informarte si el fallecido tenía un seguro de vida con ellos cuando acreditás el vínculo como heredero o beneficiario.
  2. Presentá el siniestro formalmente y por escrito. No por teléfono ni por chat. Carta o formulario escrito con fecha y constancia de recepción. Eso marca el inicio del plazo de 15 días.
  3. Llevá la documentación completa en una sola presentación. Así evitás que te pidan papeles de a uno para dilatar los plazos.
  4. Si no pagan en 15 días, intimá por carta documento. Reclamá el capital más los intereses de mora acumulados desde el vencimiento del plazo.
  5. Denunciá ante la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN). La SSN puede sancionar a aseguradoras que dilaten pagos injustificadamente. La denuncia es gratuita y se hace en línea desde el sitio oficial.
  6. Iniciá acción judicial si la negativa persiste. La mayoría de los casos de seguro de vida termina en acuerdo antes del juicio. La presentación de la demanda suele ser el disparador que falta para que paguen.

Perdiste a un familiar y la aseguradora no quiere pagar o pone trabas. No estás solo en esto. Podés escribirme al estudio para revisar el caso y recibir orientación inicial sin costo.

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