El Banco Central cerró los datos de mayo de 2026 y el resultado publicado por Chequeado sacudió a Mendoza: el 28,8% de quienes tienen algún crédito activo en la provincia registra al menos una deuda con más de 90 días de atraso. La tasa nacional es del 26,8%. Mendoza está en el puesto 11 del ranking de morosidad familiar, con una deuda promedio de $347.524 por persona. Y la deuda con tarjetas de crédito creció un 55% en términos reales en el último año en todo el país.
Lo digo con conocimiento de causa: en mi estudio las consultas por deudas impagables son el reclamo más frecuente de los últimos meses. Y lo que más me preocupa no es el número —que ya es muy grave— sino que la mayoría de las personas que consultan cree que no tiene salida. Sí la tiene. El problema es que nadie se las explicó.
Quiénes están peor en Mendoza
El informe de la consultora Analytica, basado en datos del BCRA y citado por El Sol, detalla que el segmento más golpeado son los jóvenes de entre 18 y 30 años: son quienes tienen mayor proporción de personas en mora, tanto en número de casos como en montos. No es casualidad: este tramo etario concentra la mayor toma de créditos en fintechs y billeteras virtuales, donde las tasas superan ampliamente las del sistema bancario tradicional.
Dos datos más para dimensionar el problema: el 13% de las tarjetas de crédito en Mendoza ya muestra algún atraso en los pagos, y en algunos segmentos de préstamos personales —especialmente en plataformas digitales— la mora supera el 25%. A nivel nacional, según Infobae, hay 5,3 millones de argentinos con deudas vencidas, con una tasa de irregularidad del 15,9% para las familias.
Cinco pasos concretos si estás en mora o te acercás a estarlo
- Consultá tu situación en la Central de Deudores del BCRA. Es el punto de partida imprescindible. Entrá a bcra.gob.ar con tu CUIL y vas a ver exactamente en qué categoría figurás (de 1 a 5) y qué entidad te informó. Sin ese dato, no podés negociar de igual a igual.
- Pedí el desglose completo de la deuda por escrito. Capital original, intereses compensatorios, punitorios y comisiones, discriminados. La Ley 24.240 (art. 4) te garantiza esa información en forma cierta, detallada y gratuita. Cuando aparece el desglose, muchas veces el capital original es una fracción pequeña de lo que te cobran: el resto es interés sobre interés —anatocismo—, que el art. 770 del Código Civil y Comercial limita y en muchos casos convierte en nulo.
- No firmés ningún acuerdo bajo presión telefónica. Que te llamen a las 22 hs y te digan que “la oferta vence esta noche” no es negociación: es hostigamiento. El art. 8 bis de la Ley 24.240 prohíbe explícitamente en la gestión de cobro extrajudicial aparentar reclamos judiciales o ejercer presión indebida. Anotá el número, la hora y lo que te dijeron.
- Pedí mediación en la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza. La Dirección Provincial de Defensa del Consumidor ofrece instancias de conciliación sin costo con las entidades financieras. En muchos casos, ese trámite alcanza para obtener una quita o acordar una cuota manejable sin llegar a juicio.
- Verificá si la deuda ya prescribió. Las deudas por tarjeta de crédito prescriben a los 3 años desde la primera cuota impaga (Ley 25.065, art. 47). Pasado ese plazo, el acreedor no puede iniciar acción judicial válida. Que sigan llamando no significa que tengan respaldo legal para cobrar.
En una nota anterior analizé en detalle el proyecto de Red de Desendeudamiento que propone quitas de hasta el 90% para los casos más graves. Eso requiere que se apruebe una ley. Lo que describo arriba, no: son herramientas que ya existen hoy y que cualquier deudor puede usar.
Base legal
- CN art. 42 — derecho del consumidor a la protección de sus intereses económicos y a condiciones de trato equitativo.
- Ley 24.240, art. 4 — derecho a información cierta, detallada y gratuita sobre el producto o servicio.
- Ley 24.240, art. 8 bis — trato digno; en cobros extrajudiciales prohíbe aparentar reclamos judiciales o ejercer presión indebida. Ver en Infoleg
- CCyC art. 770 — anatocismo: capitalizar intereses con una periodicidad menor a seis meses es nulo.
- Ley 25.065, art. 47 — las acciones de la entidad emisora contra el titular de tarjeta de crédito prescriben a los 3 años.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa figurar en categoría 5 del BCRA y podés salir de ahí?
La categoría 5 (irrecuperable) indica que la entidad informó una deuda con más de 180 días de atraso. No es permanente: cuando regularizás o llegás a un acuerdo, la entidad debe actualizar tu categoría. Si la información es falsa o inexacta, la Ley 25.326 de Datos Personales te habilita a exigir la rectificación por escrito.
¿Cuándo prescribe una deuda de tarjeta de crédito?
A los 3 años desde la primera cuota impaga, según el art. 47 de la Ley 25.065. Pasado ese plazo, el acreedor no puede iniciar ninguna acción judicial válida. El hecho de que sigan llamando no interrumpe la prescripción.
¿Un estudio de cobranzas puede embargarme el sueldo sin sentencia judicial?
No. Ningún embargo de sueldo puede ejecutarse sin una orden judicial previa. Si un estudio te dice “vamos a embargar tu sueldo” en una llamada o por WhatsApp, es una amenaza sin respaldo legal. Podés denunciarlo ante Defensa del Consumidor por violación del art. 8 bis de la Ley 24.240.
¿Puedo reclamar ante el BCRA y ante Defensa del Consumidor al mismo tiempo?
Sí. Si la entidad es un banco o fintech regulada por el BCRA, ese organismo tiene un sistema de reclamos con 20 días hábiles para responder (régimen PUSF). Si no obtenés respuesta, podés elevar la queja directamente al BCRA. En paralelo, podés presentar una denuncia en la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza. No son excluyentes.
¿Te está pasando algo parecido? No te quedes con la duda ni dejes que se aprovechen de vos. Contame tu caso y te oriento sobre cómo defender tus derechos.