Te llaman cuatro veces al día, te mandan mensajes a cualquier hora o le avisaron a un familiar que “tenés un juicio encima”. Naranja X tiene una deuda a tu nombre —real o disputada— y la está cobrando de un modo que la ley prohíbe expresamente. Antes de ceder a la presión o de seguir ignorando el teléfono, hay una respuesta formal que genera fecha cierta, los pone en mora y abre la puerta al daño punitivo si la conducta se repite.
Eso es la carta documento. Y acá vas a encontrar el modelo listo para copiar.
¿Cuándo el cobro de Naranja X cruza la línea legal?
El artículo 8 bis de la Ley 24.240 obliga a todo proveedor a tratar al consumidor con dignidad y prohíbe expresamente las prácticas intimidatorias en la cobranza extrajudicial. Naranja X —nombre comercial de Naranja S.A., emisora de tarjeta de crédito regulada por el Banco Central— está sujeta a esa norma sin excepciones.
Estas son las conductas que habilitan la carta documento:
- Llamadas reiteradas en el mismo día o fuera del horario laboral (8 a 20 hs).
- Contacto a familiares, empleadores o referencias sin tu consentimiento expreso.
- Mensajes que simulan ser del juzgado o que anuncian “embargos inminentes” sin que exista sentencia alguna.
- Cartas con diseño que imita notificaciones judiciales.
- Amenazas de secuestro de bienes sin resolución judicial que lo disponga.
Si reconocés alguna de estas prácticas, tenés base suficiente para actuar. La deuda, si existe, no cambia eso: el incumplimiento de Naranja X convive con cualquier saldo que vos puedas deberle. Si además querés verificar si el monto que te reclaman tiene los fundamentos correctos, seguí los pasos de esta guía sobre qué revisar antes de pagar a Naranja X.
Qué logra esta carta documento
Un envío fehaciente a la dirección legal de Naranja S.A. cumple tres funciones que el reclamo telefónico no puede cumplir:
- Genera fecha cierta: desde ese momento la empresa no puede alegar desconocimiento de la conducta abusiva.
- Obliga a responder en plazo: si pedís la liquidación detallada de la deuda —capital, tasas TEA/CFT, fecha de mora—, el silencio de Naranja X es evidencia utilizable ante Defensa del Consumidor o en la Justicia.
- Habilita el daño punitivo: si después de recibirla el hostigamiento continúa, el artículo 52 bis de la Ley 24.240 permite que un juez imponga una sanción adicional al importe del reclamo.
Como entidad sujeta al régimen de atención al usuario del Banco Central de la República Argentina, Naranja X tiene hasta 20 días hábiles para responder reclamos formales.
Modelo de carta documento: Naranja X — cobranza abusiva
Completá los campos entre corchetes y enviá este texto como carta documento por Correo Argentino con aviso de retorno, o como telegrama colacionado. Guardá el duplicado y el acuse de retorno: son tu prueba.
[CIUDAD], [FECHA] Señores NARANJA S.A. (NARANJA X) [Domicilio legal de la empresa — figura en el reverso del resumen de cuenta] [Ciudad y provincia] De mi mayor consideración: Por medio de la presente, yo, [TU NOMBRE COMPLETO], D.N.I. N.° [TU DNI], con domicilio en [TU DOMICILIO COMPLETO], me dirijo a Uds. en los siguientes términos: PRIMERO: En relación al [tarjeta de crédito / préstamo / producto] N.° [ÚLTIMOS CUATRO DÍGITOS O NÚMERO DE REFERENCIA], Uds. han incurrido en las siguientes conductas: [describir con precisión: cantidad de llamadas diarias, horarios, mensajes recibidos, contacto a terceros, textos intimidatorios, etc.], lo que configura una práctica de cobranza extrajudicial abusiva, expresamente prohibida por el artículo 8 bis de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor. SEGUNDO: INTIMO a Uds. a cesar de manera inmediata toda comunicación que no sea por escrito y al domicilio arriba indicado, y a abstenerse de contactar a terceros (familiares, referencias o empleador) sin mi consentimiento expreso. TERCERO: INTIMO asimismo a que, en el plazo de 5 (cinco) días hábiles de recibida la presente, me remitan la liquidación detallada de la deuda reclamada, con indicación de: capital original, tasas aplicadas (TEA y CFT), fecha de mora y devengamiento de intereses; en cumplimiento del artículo 36 de la Ley 24.240 y concordantes. CUARTO: Dejo expresa constancia de que cualquier conducta que prosiga con las prácticas aquí intimadas, o que simule procesos judiciales inexistentes, habilitará la presentación de denuncias ante la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y ante el Banco Central de la República Argentina, con reserva de reclamar judicialmente el daño punitivo previsto en el artículo 52 bis de la Ley 24.240. Sin otro particular, saludo a Uds. atentamente. [TU FIRMA] [TU NOMBRE Y APELLIDO] [TU DNI] [TU TELÉFONO DE CONTACTO]
Qué hacer después de enviar la carta
- Guardá el duplicado y el acuse de retorno. Son la prueba de que la empresa fue notificada.
- Registrá cada llamada o mensaje posterior con fecha, hora y número. Cada uno es un nuevo incumplimiento.
- Si en 5 días hábiles no llegó la liquidación, presentá una denuncia ante Defensa del Consumidor de tu provincia o en consumo.gob.ar.
- Si el hostigamiento continúa, radicá también un reclamo ante el BCRA. Para saber hasta dónde podés llegar legalmente, leé esta guía sobre cobranza ilegal y daño punitivo.
Base legal
- CN art. 42 — Derecho de los consumidores a condiciones de trato equitativo y digno; rango constitucional.
- Ley 24.240, art. 8 bis — Trato digno en la cobranza extrajudicial; prohíbe aparentar un reclamo judicial cuando no existe proceso iniciado. Texto en Infoleg.
- Ley 24.240, art. 36 — Operaciones financieras de consumo: obliga a informar TEA, CFT y total financiado; la omisión puede tornar nulo el contrato.
- Ley 24.240, art. 52 bis — Daño punitivo: el juez puede imponer una multa adicional cuando el proveedor actuó con dolo o culpa grave de manera sistemática.
Preguntas frecuentes
¿Puedo enviar la carta aunque reconozca parte de la deuda?
Sí. La carta no niega la deuda ni la cancela: exige que el cobro se realice dentro de lo que permite la ley. Podés reconocer el saldo y al mismo tiempo frenar el hostigamiento; son dos cosas completamente independientes.
¿Cuánto tiempo tiene Naranja X para responder la carta documento?
En la carta se intima un plazo de 5 días hábiles para remitir la liquidación detallada. Bajo el régimen de atención al usuario del BCRA, tienen además 20 días hábiles para responder un reclamo formal. El silencio es evidencia de incumplimiento utilizable en Defensa del Consumidor.
¿Qué pasa si Naranja X sigue llamando después de recibir la carta?
Cada llamada posterior es un nuevo incumplimiento y evidencia adicional para un reclamo de daño punitivo (art. 52 bis, Ley 24.240). Documentá cada contacto con fecha, hora y número, y presentá la denuncia ante Defensa del Consumidor y el BCRA.
¿Esta carta sirve para que me borren del Veraz?
No. El borrado del Veraz requiere un procedimiento distinto ante el BCRA y el buró de crédito. Si ese es tu caso, esta guía sobre cómo salir del Veraz explica los pasos concretos con los plazos legales.
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