Una de las consultas que más se repiten en el estudio es esta: “Fui al supermercado, la etiqueta de la góndola decía un precio y cuando llegué a la caja me cobró más. ¿Puedo reclamar?” Sí, podés, y la ley es categórica. El precio exhibido en la góndola es una oferta vinculante: el comercio está obligado a respetártelo aunque la caja marque otra cifra.
Por qué el precio de la góndola obliga al comercio
Cuando un supermercado, una farmacia o cualquier comercio exhibe un artículo con un precio visible en la etiqueta de la estantería, esa etiqueta es una oferta dirigida al consumidor. Y en el derecho del consumidor argentino, las ofertas no son decorativas: obligan a quien las hace.
El artículo 7 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor es claro: la oferta “obliga a quien la emite durante el tiempo en que se realice”. El artículo 8 agrega que las precisiones formuladas en los anuncios “se tienen por incluidas en el contrato con el consumidor”. Un error interno del sistema de caja no traslada sus consecuencias al consumidor: el precio de la góndola es el precio del contrato. Podés consultar la norma completa en Infoleg.
La Ley 22.802 de Lealtad Comercial refuerza esta protección al prohibir toda comunicación comercial que induzca a error sobre el precio real de los bienes. Un precio distinto al de la caja es exactamente eso. Frente a cualquier contradicción entre el precio ofertado y el cobrado, aplica el principio in dubio pro consumidor: prevalece la interpretación más favorable a vos.
4 pasos para reclamar en el momento
- Fotografiá la etiqueta antes de salir. Mientras el artículo está en tu carrito o en la cinta de la caja, sacá una foto de la etiqueta de la góndola. La foto tiene fecha y hora automáticas: es tu prueba más sólida.
- Pedí hablar con el encargado. No es un favor: es tu derecho. Indicá el precio que figuraba en la etiqueta y el que cobró la caja. En la mayoría de los casos el encargado puede resolverlo en el momento ajustando el ticket o reintegrando la diferencia.
- Si no resuelven, pedí el Libro de Quejas. Todo comercio está obligado a tenerlo disponible. Asentá el reclamo con el nombre del producto, el precio de la etiqueta y el precio cobrado. Esa anotación es constancia fehaciente.
- Guardá el ticket de compra. Junto con la foto de la góndola, el ticket muestra la discrepancia y es el respaldo para la denuncia si la negociación en el local no funciona.
Dónde denunciás si el comercio no reconoce la diferencia
Si el local no te restituye la diferencia, podés presentar la denuncia gratuitamente ante la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza (Belgrano 223, Ciudad, o llamando al 0800-222-9090), o en la ventanilla federal en argentina.gob.ar. Solo necesitás el ticket y la foto. Cuanto más fresco el caso, más fácil probarlo.
Cuando la diferencia de precio no es un error puntual sino una práctica sistemática del comercio —patrón repetido en distintos productos—, el caso puede escalar a daño punitivo (Ley 24.240, art. 52 bis), que habilita al juez a condenar al comercio con una suma adicional como sanción ejemplar. Si sospechás que la diferencia es deliberada, esta guía sobre publicidad engañosa te da el mapa completo de las vías de reclamo.
Base legal
- CN art. 42 — Derecho a información veraz y adecuada en las relaciones de consumo; protección contra prácticas distorsivas del mercado.
- Ley 24.240, art. 7 — Oferta vinculante: obliga a quien la emite durante el tiempo en que se realice. Texto en Infoleg.
- Ley 24.240, art. 8 — Efectos de la publicidad: las precisiones formuladas en el anuncio se tienen por incluidas en el contrato con el consumidor.
- Ley 24.240, art. 52 bis — Daño punitivo ante conductas graves o reiteradas del proveedor.
- Ley 22.802 (Lealtad Comercial) — Prohíbe toda comunicación que induzca a error sobre el precio de los bienes y servicios.
Preguntas frecuentes
¿El supermercado puede negarse a cobrarme el precio de la góndola alegando que fue un error de etiquetado?
No. El error de etiquetado es un problema interno del comercio que no puede trasladarse al consumidor. La Ley 24.240 (art. 7 y 8) establece que el precio exhibido es la oferta y esa oferta obliga al proveedor.
¿Qué hago si el encargado me dice que el sistema no le permite modificar el precio?
Pedí el Libro de Quejas, asentá el reclamo por escrito y sacá una foto de la anotación. Con eso y el ticket podés hacer la denuncia en Defensa del Consumidor. La limitación técnica de la caja no es un argumento legal válido.
¿Puedo reclamar si ya me fui del local sin decir nada?
Sí, con más dificultad probatoria. Necesitás el ticket (que muestra el precio cobrado) y la foto de la etiqueta de la góndola tomada ese mismo día. Con ambos, la denuncia en Defensa del Consumidor es viable.
¿La misma regla aplica para descuentos de tarjeta o promociones anunciadas en el local?
Sí. Si el local comunicó el descuento o la promoción —por cartel, pantalla o publicidad visible en el local— y la caja no lo aplicó, aplican los artículos 7 y 8 de la Ley 24.240: la promoción anunciada es una oferta vinculante.
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