Repartidores endeudados con su propia app: por qué el descuento automático de la comisión es el verdadero problema

En 30 segundos: El BCRA confirmó que la deuda de los repartidores de delivery con las propias plataformas que los contratan creció 122% en 2025 y ya promedia $900.000 por trabajador. El sindicato Sitrarepa denuncia tasas de hasta 700% anual —cifra no confirmada oficialmente por el BCRA—. Lo grave no es solo la tasa: es que la cuota se descuenta sola de la comisión, antes de que el repartidor la cobre. Eso lo deja sin margen para discutir nada.


Un repartidor que necesita plata para arreglar la moto tiene, desde hace un par de años, una tercera opción además de pedirle a un familiar o caer en un prestamista informal: pedirle a la misma aplicación para la que reparte. El Banco Central lo confirmó en su Informe de Proveedores No Financieros de Crédito: la cantidad de trabajadores de plataformas que toman préstamos de esas mismas empresas creció 122% durante 2025, después de un salto de 177% entre 2023 y 2024.

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Los números que puso el BCRA

  • Deuda promedio por repartidor monotributista: $900.000 a fines de 2025.
  • Los trabajadores independientes representan el 54% de los tomadores de estos créditos y concentran más del 62% del saldo total otorgado.
  • Los comercios adheridos que también piden crédito a las plataformas tienen un promedio de deuda siete veces mayor.
  • El 70% de esta deuda recae en menores de 40 años.
  • Pedidos Ya declaró haber otorgado 57.000 créditos por 84 millones de dólares; el 54% de ese monto fue a comercios, el resto a repartidores, en líneas a seis meses que —según la empresa— no superan el 30% de los ingresos del trabajador en la plataforma.

La tasa de hasta 700% anual es una denuncia de Belén D’Ambrosio, secretaria general de Sitrarepa, el sindicato del sector, hecha a Clarín. El BCRA no publicó las tasas efectivas que cobra cada plataforma ni el nivel de mora, así que ese número hay que tomarlo como denuncia gremial, no como estadística oficial. Aun así, no es un dato menor: nadie lo desmintió con cifras propias.

El verdadero problema no es la tasa, es el mecanismo de cobro

Acá está el punto que a un abogado de consumidor le llama la atención antes que la tasa en sí: la deuda no se paga con una cuota que el repartidor decide pagar o no. Se descuenta directamente de la comisión de cada pedido, antes de que el dinero llegue al trabajador. Es la misma lógica —perfeccionada— que uso para explicar por qué los débitos automáticos en cuentas sueldo son tan peligrosos: cuando el acreedor se cobra solo, el deudor pierde la posibilidad de discutir, de pedir el desglose, de frenar el pago mientras reclama. Ya expliqué ese mecanismo al analizar los descuentos ilegales en cuentas sueldo.

Con las apps de delivery el efecto es más duro todavía: el que presta es el mismo que fija cuánto te paga por cada viaje —$1.500, $2.000, $3.000 según D’Ambrosio— y el mismo que decide, con un scoring propio basado en “productividad” (antigüedad del perfil, tasa de aceptación de pedidos, horarios de alta demanda), quién accede al crédito. La empresa arma las reglas del ingreso, arma las reglas del crédito y se cobra sola. El trabajador no tiene ningún control sobre ese circuito.

Tres flancos legales que nadie está mirando

1. Transparencia de la tasa. Ninguna plataforma publicó el Costo Financiero Total (CFT) de estas líneas de crédito. En tarjetas de crédito, el art. 16 de la Ley 25.065 obliga a que la tasa compensatoria no supere en más del 25% la que cobran los bancos por préstamos personales, y el BCRA publica ese tope todos los meses (así lo expliqué al analizar el tope de tasas de Naranja X y otras no bancarias, y en el caso de Naranja X cobrando 172% anual con amenazas al trabajo). Las apps de delivery no están alcanzadas por esa ley porque no emiten tarjeta, pero el vacío regulatorio es exactamente el mismo problema: nadie audita si el 700% que denuncia el sindicato es real, y si lo es, nadie lo está topeando.

2. Reducción judicial de intereses desproporcionados. El art. 771 del Código Civil y Comercial permite a los jueces reducir intereses cuando resultan desproporcionados respecto de la situación del deudor, con independencia de que exista o no una ley específica que regule esa clase de crédito. Si un repartidor puede acreditar que le están reteniendo un porcentaje de su comisión equivalente a una tasa usuraria, tiene una vía judicial disponible, aunque hoy nadie la esté usando porque el descuento es automático y silencioso. Es el mismo artículo que ya usé como base para impugnar deudas financieras impagables en general.

3. Dependencia económica encubierta. Que la misma empresa que te da de trabajar sea la única que te presta, y que condicione ese préstamo a que trabajes más horas y aceptes más pedidos para ella, es un dato relevante para la vieja discusión sobre la naturaleza de la relación entre plataformas y repartidores. Cuanto más atado estás financieramente a la app, más se debilita el argumento de que sos un “trabajador independiente” que elige libremente cuándo y cuánto trabajar.

Qué puede hacer un repartidor si está en esta situación

  • Pedir por escrito a la plataforma el desglose completo del crédito: capital, tasa aplicada, CFT, plazo y forma de cálculo de cada descuento. Tenés un modelo de formulario de impugnación de deuda listo para usar.
  • Guardar registro de cuánto se descuenta de cada pedido y comparar contra el ingreso bruto informado en la app.
  • Si la tasa resulta claramente desproporcionada, consultar la vía del art. 771 CCyCN para pedir su reducción.
  • Denunciar ante el BCRA (bcra.gob.ar, sección Consultas y denuncias) cualquier práctica de cobro que no informe con claridad las condiciones del crédito.
  • Si además llegan intimaciones o llamados intimidatorios por atrasos, la lógica es la misma que ante cobranzas extrajudiciales abusivas de bancos y fintechs: no reconocer deuda por teléfono, no pagar bajo presión, responder solo por escrito.
  • Sumar el reclamo al sindicato del sector, que es quien está reuniendo los casos para pedir regulación estatal.

Preguntas frecuentes

¿Es legal que una app de delivery le preste plata a sus propios repartidores?
Sí, no hay ninguna norma que lo prohíba. El problema no es que exista el crédito, sino la falta de transparencia sobre la tasa y el mecanismo de cobro automático desde la comisión.

¿Es cierto que cobran 700% de interés anual?
Es una denuncia del sindicato Sitrarepa, no un dato confirmado por el Banco Central. El BCRA no publicó las tasas efectivas de cada plataforma.

¿Puedo reclamar si me están descontando de más?
Sí. Podés pedir el desglose por escrito y, si la tasa es desproporcionada, plantear su reducción judicial en base al art. 771 del Código Civil y Comercial.

¿A dónde denuncio si la plataforma no informa las condiciones del crédito?
Ante el Banco Central (bcra.gob.ar, sección Consultas y denuncias) y ante la Dirección de Defensa del Consumidor de tu provincia.


Dr. Mario Vadillo, abogado (Matrícula T° 75 F° 347), especialista en defensa del consumidor y del usuario de servicios financieros. Estudio Vadillo, Mendoza.

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