Banco Nación refinancia deudas en mora: cuidado con la UVA

El Banco de la Nación Argentina arrancó hoy, 29 de junio de 2026, con una nueva línea para que las personas en situación irregular puedan refinanciar sus deudas. Hasta 120 cuotas, tasa fija del 12% anual y modalidad UVA. Según reportó Infobae el 26 de junio, el plan está disponible para quienes están clasificados en categorías 3, 4 o 5 del Banco Central.

Como abogado del consumidor, lo primero que pienso cuando veo este tipo de anuncios no es “qué alivio” sino “¿qué hay en la letra chica?”. Un plan de refinanciación puede ser una salida genuina o puede convertirse en una nueva trampa, dependiendo de qué firmés y cómo lo firmés. Te lo explico con la claridad que mereces.

Qué ofrece el plan y a quiénes va dirigido

El “Programa de Regularización de Clientes en Situación de Morosidad” del BNA tiene estas características centrales:

  • Plazo: hasta 120 meses (10 años), con cuotas mensuales en sistema francés.
  • Tasa nominal anual fija: 12% para quienes cobran el sueldo o jubilación en el Banco Nación; 14% TNA para el resto.
  • Modalidad UVA/CER: la deuda y las cuotas se actualizan mensualmente por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), que sigue la inflación. Existe un tope por CVS (Coeficiente de Variación Salarial) para quienes domicilien haberes, como protección parcial.
  • Destinatarios: personas humanas —empleados en relación de dependencia, jubilados, pensionados, autónomos y monotributistas— en categorías 3, 4 o 5 del BCRA.

Lo que el banco no te va a contar: los riesgos reales

El plan puede ser útil, pero hay tres riesgos que no van a aparecer en el folleto que te entreguen en ventanilla:

  • UVA no es tasa fija en pesos. El 12% de TNA es fijo, pero se aplica sobre una deuda que se actualiza por inflación. Si los precios suben —y en Argentina eso tiene historia—, el saldo que debés en pesos puede crecer aunque estés pagando religiosamente. Pedí siempre la proyección del capital a 12 y 36 meses antes de firmar.
  • 120 meses son 10 años de compromiso. Una década atado a un crédito con una entidad bancaria específica es mucho tiempo. Calculá el total que terminarás pagando, no solo la cuota inicial. La cuota puede parecer razonable hoy, pero el monto total puede duplicar o triplicar la deuda original.
  • La tasa preferencial exige que mantengas el sueldo domiciliado en el Nación. Si cambiás de trabajo o de banco, la tasa puede subir del 12% al 14%. No es una penalidad arbitraria; es una condición contractual que hay que leer antes de aceptar.

La mora en créditos personales en Argentina escaló al 11,5% en el primer trimestre de 2026, un nivel que no se veía en más de dos décadas. Eso explica por qué el Nación lanzó esta línea: les conviene refinanciar a deudores irregulares antes de que esas carteras se vuelvan incobrables. La herramienta puede servirte para salir del pozo, siempre y cuando la usés con la información completa.

Lo que tenés que hacer antes de firmar

  1. Verificá tu situación en la Central de Deudores del BCRA. Es gratuito y online en bcra.gob.ar. Confirmá en qué categoría figurás y qué entidad te reportó.
  2. Pedí el desglose completo de la deuda: capital original, intereses compensatorios, punitorios y comisiones discriminados. Si hay intereses capitalizados en plazos menores a seis meses, eso es anatocismo, prohibido por el art. 770 del Código Civil y Comercial.
  3. Exigí el Costo Financiero Total (CFT) por escrito. La Ley 24.240 (art. 36) obliga al banco a informarte la Tasa Efectiva Anual (TEA) y el CFT antes de que firmes. Si no lo hacen, el contrato es impugnable.
  4. No firmés bajo presión ni en el día. Tenés derecho a llevarte el contrato, leerlo con calma y consultar. También conviene revisar si podés negociar directamente antes de optar por refinanciar: podés ver qué debate hay en el Congreso sobre reducción de deudas para conocer el panorama completo.
  5. Evaluá si parte de la deuda es nula. Hay cláusulas abusivas (art. 37, Ley 24.240) que no son exigibles aunque figuren en el contrato. Antes de regularizar, vale la pena saber exactamente qué debés —y qué no. Mirá también qué pasa si la deuda está prescripta.

Base legal

  • CN, art. 42 — Los consumidores tienen derecho a una relación de consumo equitativa y a la protección de sus intereses económicos.
  • Ley 24.240, art. 4 — Derecho a información cierta, clara, detallada y gratuita antes de contratar. Texto en Infoleg.
  • Ley 24.240, art. 36 — En operaciones financieras de consumo el banco debe informar TEA y CFT; la omisión hace anulable el contrato. La competencia judicial corresponde al domicilio del consumidor.
  • Ley 24.240, art. 37 — Las cláusulas abusivas son nulas de pleno derecho; el contrato continúa sin ellas.
  • CCyC, art. 770 — Anatocismo prohibido: capitalizar intereses en plazos menores a 6 meses es nulo.

Preguntas frecuentes

¿Quiénes pueden acceder al plan de refinanciación del Banco Nación que arrancó el 29 de junio?

Personas humanas —empleados, jubilados, pensionados, autónomos o monotributistas— clasificadas en categoría 3, 4 o 5 del Banco Central (situación irregular). El plan está vigente desde el 29 de junio de 2026.

¿Qué significa que la refinanciación sea en UVA con CER?

Que el saldo de la deuda y las cuotas se actualizan mensualmente por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), que sigue la inflación. La tasa del 12% o 14% TNA es fija, pero se aplica sobre un capital que crece con la inflación: si la inflación sube, tu deuda en pesos también.

¿El banco puede exigirme que domicilie mi sueldo para acceder a la tasa del 12%?

No puede imponérselo por ley, pero la tasa preferencial del 12% TNA está contractualmente condicionada a que mantengás el cobro de haberes en el Banco Nación. Si cambiás de empleador o de banco, la tasa sube al 14%. Es una condición a verificar en el contrato antes de firmar.

¿Qué pasa si el banco no me informa el Costo Financiero Total antes de firmar?

Podés negarte a firmar y exigir la información por escrito. El art. 36 de la Ley 24.240 obliga al banco a informar TEA y CFT: si se omite ese dato, esa cláusula puede impugnarse judicialmente. También podés denunciarlo ante el BCRA o en Defensa del Consumidor (148, opción 20 en Mendoza).

¿Te esta pasando algo parecido? No te quedes con la duda ni dejes que se aprovechen de vos. Contame tu caso y te oriento sobre como defender tus derechos.

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