Tarjeta, ticket y posnet en un comercio

Eliminaron el Ahora 12: si no te informan la tasa, la deuda es nula

El 9 de junio de 2026, el Gobierno nacional derogó 58 normas comerciales, entre ellas toda la regulación que sostenía el programa Ahora 12, el Cuota Simple y los Precios Cuidados. De un plumazo, desaparecieron las herramientas estatales que permitían financiar compras a cuotas con tasas subsidiadas o directamente sin interés. Desde entonces, los comercios, bancos y fintechs armaron sus propias promociones, con sus propias condiciones. Y muchas de esas condiciones no se informan como la ley exige.

Lo que casi nadie está explicando con claridad es esto: aunque el Estado derogó el Ahora 12, no derogó los derechos del consumidor cuando le financian una compra. Hay un artículo de la Ley 24.240 que los comercios ignoran o prefieren ignorar, y que vos tenés que conocer antes de “elegir las cuotas” en cualquier local o sitio web.

Qué pasó con el Ahora 12

El programa Ahora 12 existía porque el Estado subsidiaba la diferencia entre la tasa de mercado y la que pagaba el consumidor final. Con su derogación, esa diferencia la pagan ahora los propios consumidores, porque los comercios trasladan el costo del financiamiento. Lo que antes era cuota “sin interés” ahora viene con interés incluido —muchas veces sin que te lo digan.

Algunos actores privados mantienen promociones voluntarias. El Banco Nación habilitó hasta 20 cuotas sin interés con sus tarjetas en rubros específicos. Mercado Pago lanzó su propio programa de cuotas sin interés en más de 300 marcas seleccionadas. Pero son promociones temporales y selectivas, no derechos permanentes. La diferencia entre una política de Estado y una promoción comercial es enorme: la primera es exigible, la segunda puede desaparecer con un comunicado.

El artículo 36 que el comercio prefiere que no sepas

Acá está el punto que más importa. La Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, en su artículo 36, establece que toda operación de crédito al consumo —plan de cuotas del comercio, financiación de cadena de electrodomésticos, cuotas con tarjeta— debe informarte de forma expresa y visible:

  • La tasa de interés efectiva anual (TEA)
  • El costo financiero total (CFT), que incluye seguros, comisiones y cualquier otro cargo adicional
  • El precio de contado del bien o servicio
  • El monto total que vas a pagar considerando todas las cuotas
  • La cantidad y periodicidad de las cuotas

Y lo más importante: la ley agrega que si esa información falta o está incompleta, el juez puede anular las cláusulas de interés. En términos prácticos: si te financiaron sin decirte la tasa real, podés reclamar que solo debés el precio de contado, sin intereses.

Esa obligación existe con Ahora 12 o sin él. El Estado puede derogar un programa de subsidios; no puede derogar la Constitución Nacional. El artículo 42 de la CN garantiza el derecho a información adecuada y veraz en toda relación de consumo, y eso tiene rango constitucional.

Los casos que más se repiten desde que eliminaron el programa

Desde junio veo con mayor frecuencia estas situaciones en el estudio:

  • Cuotas sin tasa informada: el vendedor menciona el valor de la cuota pero no dice la TEA ni el CFT. El consumidor no sabe si está pagando un 60%, un 120% o un 200% anual de interés.
  • La cuota “creció” después de firmar: el comercio aplicó una tasa variable que no estaba en el contrato inicial, o sumó seguros que no se informaron. Esto puede ser una cláusula abusiva según el artículo 37 de la misma ley.
  • Financiación en cadenas con letra chica: el comprobante dice “12 cuotas fijas” pero no discrimina capital, interés y cargos. Sin esa discriminación, el artículo 36 no se cumple y la cláusula de intereses es impugnable.

Qué podés hacer antes de firmar, o si ya firmaste

Antes de aceptar cualquier financiación:

  • Pedí el contrato o comprobante por escrito antes de firmar. Si no hay documento con TEA y CFT discriminados, no firmes.
  • Exigí el precio de contado y compará con el total de las cuotas. La diferencia es el costo real del crédito.
  • Si te informan una tasa mensual, convertila a anual: una tasa del 9% mensual equivale a más del 180% efectivo anual.

Si ya firmaste sin recibir esa información:

  1. Presentá un reclamo ante la Defensa del Consumidor: a nivel nacional en www.consumidor.gob.ar; en Mendoza, presencialmente o al 0800-220-0024. El trámite es gratuito y no requiere abogado.
  2. Si la financiación la otorgó un banco o fintech, reclamá también ante el Banco Central de la República Argentina a través de su sistema de usuarios financieros. Las fintechs son Operadores de Pago No Financiero Comprendidos (OPNFC), sujetas al BCRA, y tienen 20 días hábiles para responder tu reclamo.
  3. Consultá con un abogado especializado en consumidor si el monto es relevante. La nulidad de las cláusulas de interés por violación al artículo 36 puede significar una reducción importante de lo que te cobran.

Si ya tenés deuda acumulada con tarjeta o fintech, podés leer también qué debate el Congreso sobre condonación de deudas de tarjeta y cómo esos proyectos podrían afectar tu situación.

Base legal

  • CN, art. 42 — Derecho del consumidor a información adecuada y trato equitativo. Rango constitucional: no puede ser derogado por resolución.
  • Ley 24.240, art. 4 — Obligación del proveedor de informar de forma cierta, clara y detallada. Ver en Infoleg.
  • Ley 24.240, art. 36 — En operaciones de crédito al consumo deben informarse TEA, CFT y precio total; la omisión habilita la nulidad de las cláusulas de interés. Ver en Infoleg.
  • Ley 24.240, art. 37 — Las cláusulas que limitan derechos del consumidor o imponen condiciones abusivas son nulas, aun en contratos escritos.
  • BCRA Com. A 7146 — Las fintechs que otorgan crédito son OPNFC sujetas al BCRA; régimen PUSF con obligación de responder reclamos en 20 días hábiles.

Preguntas frecuentes

¿El Ahora 12 sigue funcionando en julio de 2026?

No. El programa fue derogado el 9 de junio de 2026 junto con Cuota Simple y Precios Cuidados, como parte de la eliminación de 58 normas comerciales. Algunos bancos y comercios ofrecen cuotas sin interés de forma voluntaria, pero no existe más el programa estatal que lo garantizaba.

¿El comercio está obligado a informarme la tasa de interés cuando me financia?

Sí, siempre. El artículo 36 de la Ley 24.240 exige que toda operación de crédito al consumo informe la TEA, el CFT, el precio de contado y el monto total a pagar. Esa obligación existe con o sin Ahora 12.

¿Qué pasa si firmé en cuotas sin que me informaran la tasa?

Podés reclamar la nulidad de las cláusulas de interés. Si prospera el reclamo, solo debés el precio de contado del bien o servicio. Podés iniciar el trámite en Defensa del Consumidor de forma gratuita, o con la asistencia de un abogado especializado.

¿Dónde reclamo si el comercio no me informó el costo financiero total?

Ante Defensa del Consumidor (www.consumidor.gob.ar) o, si la financiación la otorgó un banco o fintech, ante el Banco Central (www.bcra.gob.ar). En Mendoza también podés llamar al 0800-220-0024. El trámite es gratuito y no requiere abogado.

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