Mucha gente en Mendoza no sabe que puede proteger su vivienda principal de embargos, ejecuciones y remates — de forma gratuita y sin necesidad de contratar un abogado. Este derecho existe en Argentina desde hace décadas, pero cambió de nombre con la reforma del Código Civil y Comercial de la Nación en 2015: ya no se llama Bien de Familia sino Afectación al Régimen de Vivienda, regulado en los artículos 244 a 256 del CCCN.
¿Qué protege exactamente?
Una vez inscripta la afectación, tu vivienda queda protegida frente a acreedores cuyos créditos se originaron después de la inscripción. Esto significa que si en el futuro te demandan por una deuda — banco, tarjeta, proveedor, sentencia judicial — no pueden embargar ni rematar esa propiedad para cobrarla.
Importante: la protección no cubre deudas anteriores a la inscripción, ni las deudas por expensas, impuestos o tasas del propio inmueble, ni las hipotecas que ya pesaban sobre el bien.
¿Quién puede hacer el trámite?
El titular del inmueble, su cónyuge, conviviente o hijos. También puede pedirlo el condómino o el usufructuario. Solo se puede afectar un único inmueble: si sos dueño de dos propiedades, tenés que elegir cuál proteger.
¿Quiénes son los beneficiarios?
La protección cubre al grupo familiar conviviente. Son beneficiarios:
- El cónyuge o conviviente del propietario
- Los hijos, nietos e hijos adoptivos
- Los padres y abuelos
- A falta de todos los anteriores: tíos y primos que hayan convivido con el propietario
Si vivís solo y no tenés familia conviviente, igual podés hacer la afectación en tu propio beneficio.
Beneficios adicionales que pocos conocen
La afectación no solo protege de embargos. Tiene otros efectos legales importantes que vale la pena conocer:
- Protección en caso de fallecimiento: si el propietario muere, los herederos no pueden vender ni gravar el inmueble sin acuerdo de todos los beneficiarios — protege especialmente al cónyuge o hijos menores que siguen viviendo ahí.
- Protección frente a deudas del cónyuge: si tu pareja contrae una deuda sin tu conocimiento, no pueden ejecutar la vivienda afectada para cobrarla.
- Protección en caso de quiebra: si el propietario cae en quiebra, la vivienda afectada no entra en la masa falencial — los acreedores comerciales no pueden tocarla.
- Posible reducción impositiva: en varias provincias el inmueble afectado tiene beneficios en el impuesto inmobiliario. En Mendoza conviene verificarlo en ATM (Administración Tributaria Mendoza).
- No vence ni hay que renovarla: una vez inscripta, la protección es indefinida. No expira ni requiere ningún trámite posterior.
Documentación necesaria
- Primera copia certificada de la escritura del inmueble
- Acta de matrimonio actualizada o constancia de unión convivencial registrada (si corresponde)
- Partidas de nacimiento de los hijos (si corresponde)
- Boleta de impuesto inmobiliario al día
- Fotocopia del DNI de todos los titulares o usufructuarios
Dónde se hace el trámite en Mendoza
El trámite se realiza ante la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial de Mendoza, a través del Registro de la Propiedad Raíz de Mendoza.
Gran Mendoza: San Martín 1225 (esquina Maipú), Godoy Cruz
San Rafael: Bernardo de Irigoyen 80
La atención puede requerir turno según el tipo de trámite, por lo que se recomienda consultar previamente.
Horario de consultas: lunes a viernes de 8 a 20 hs al 160 (Centro Judicial de Servicios)
En otras provincias el trámite se realiza ante el Registro de la Propiedad Inmueble local — conviene consultar en cada jurisdicción.
¿Cuánto cuesta?
El trámite es completamente gratuito. No necesitás contratar escribano ni abogado para hacerlo. Si necesitás que se procese de forma urgente, existe la opción de urgimiento con un arancel (código 858), pero en condiciones normales no hace falta.
¿Qué pasa si ya tenía el Bien de Familia inscripto antes de 2015?
Si inscribiste el Bien de Familia bajo la ley anterior (Ley 14.394), la protección se mantiene vigente. El cambio de nombre fue automático con la entrada en vigor del Código Civil y Comercial en agosto de 2015. No necesitás hacer ningún trámite adicional para actualizarlo.
¿Se puede levantar la afectación?
Sí. El propietario puede desafectar el inmueble en cualquier momento — por ejemplo, si quiere venderlo o hipotecarlo. También se levanta automáticamente si el inmueble deja de ser la vivienda habitual del grupo familiar.
Mi recomendación
Si tenés una vivienda propia en Mendoza y aún no hiciste este trámite, hacelo cuanto antes. Es gratuito, lleva una sola visita al Registro y puede protegerte de situaciones que hoy no imaginás: una deuda que crece, una demanda inesperada, un juicio laboral. La protección rige desde el día de la inscripción — cada día que pasa sin inscribir es un día de riesgo innecesario.
Si tenés dudas sobre tu caso particular o sobre si tu vivienda califica para la afectación, podés escribirme desde la sección Contacto.
¿Qué pasa si tengo más de una propiedad?
Solo se puede tener un único inmueble afectado como propietario exclusivo. Si tenés dos o más casas, tenés que elegir cuál proteger. Sin embargo, la ley permite algunas situaciones combinadas:
- Podés ser propietario único de un inmueble afectado y al mismo tiempo condómino (dueño en parte) de otro inmueble también afectado.
- En propiedad horizontal, se puede afectar conjuntamente el departamento junto con la cochera o baulera correspondiente.
- Si tenés dos lotes linderos sobre los cuales se asienta tu vivienda, pueden afectarse en conjunto como si fuera una sola unidad.
Si ya tenés dos inmuebles afectados por error o herencia, la autoridad te fijará un plazo para elegir cuál mantener.
¿Se puede afectar un lote sin construcción?
No. El artículo 244 del Código Civil y Comercial exige que el inmueble tenga destino de vivienda, lo que requiere que exista una construcción que pueda habitarse. Un terreno baldío o lote sin edificación no puede afectarse al régimen de vivienda, sin importar la intención del propietario de construir en él en el futuro.
Una vez que la construcción esté terminada y el inmueble pueda ser habitado, recién ahí puede iniciarse el trámite de afectación.


