El proyecto que propone borrar el 90% de tu deuda de tarjeta: qué dice y si te aplica

El proyecto que propone borrar el 90% de tu deuda de tarjeta: qué dice y si te aplica

No es un rumor de redes ni un titular exagerado. Hay un proyecto presentado formalmente en la Cámara de Diputados de la Nación que propone cancelar el 90% de la deuda de tarjeta de crédito y préstamos personales para familias que no superan cierto nivel de ingresos. El texto está disponible en el sitio de Diputados y fue cubierto esta semana por El Cronista. Todavía no está aprobado, pero el debate ya empezó —y hay cosas que podés hacer ahora, sin esperar a que salga la ley.

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Qué dice el proyecto

La iniciativa, titulada “Desendeudamiento y reestructuración de deudas de las familias argentinas”, apunta a un problema que ya no admite eufemismos: el sobreendeudamiento afecta al 26,2% de los hogares argentinos y la mora en tarjetas de crédito llegó al 11,6% en 2026. Detrás de esos números hay millones de familias que tomaron crédito para llegar a fin de mes y hoy deben más de lo que ganaron en el año.

Los puntos concretos del proyecto:

  • Quita del 90% del capital, intereses, multas y punitorios para familias con ingresos mensuales menores a $5 millones.
  • El 10% restante se paga en un mínimo de 36 cuotas con una tasa blanda de alrededor del 30% anual.
  • Aplica a deudas de tarjetas de crédito y préstamos personales. Quedan afuera las hipotecas, deudas fiscales y prendarias.
  • El universo de beneficiarios potenciales ronda los 18 millones de personas.

Importante: el texto no especifica aún la entidad que administraría el programa ni el mecanismo exacto de verificación de ingresos. Esos son detalles operativos que quedan pendientes si el proyecto avanza.

Por qué este debate importa ahora

La mora familiar llegó al 12,7% en mayo de 2026, el nivel más alto desde el fin de la Convertibilidad —lo analicé en detalle en esta nota sobre anatocismo e intereses impugnables. Casi 7 millones de argentinos quedaron fuera del sistema de crédito. En Mendoza, las quiebras personales crecieron un 76% entre 2024 y 2025.

El movimiento legislativo es simultáneo en varios niveles: en junio de 2026 la Legislatura porteña aprobó un plan para refinanciar deudas en mora con tasas blandas y plazos extendidos. Y en Mendoza también está en debate un programa provincial de rescate financiero para familias sobreendeudadas. El Congreso nacional no está mirando de costado.

Que el proyecto no esté aprobado no significa que el debate sea estéril. Cada vez que el Congreso instala este tema, las entidades financieras tienen más presión para negociar antes de que llegue un juicio.

Qué podés hacer hoy, sin esperar la ley

Si tenés una deuda de tarjeta o préstamo personal que ya no podés pagar —o que creció de forma desproporcionada—, la normativa vigente ya te da herramientas concretas. No hace falta esperar a que se apruebe ningún proyecto:

  1. Revisá si te cobraron intereses sobre intereses. El art. 770 del Código Civil y Comercial prohíbe el anatocismo: capitalizar intereses en períodos menores a 6 meses es nulo de pleno derecho. Si tu banco o fintech lo hizo —y muchos lo hacen—, esa parte de la deuda es impugnable.
  2. Pedí el Costo Financiero Total (CFT) por escrito. El art. 36 de la Ley 24.240 obliga a informarlo antes de cualquier operación de crédito al consumidor. Si nunca lo recibiste o no figura en el contrato, el acuerdo puede ser cuestionado judicialmente y la competencia corresponde al domicilio del consumidor.
  3. Revisá si las cláusulas son abusivas. El art. 37 de la Ley 24.240 permite pedir la nulidad de cláusulas que generan una obligación desproporcionada o que te dejaron en clara desventaja sin haberlo podido negociar.
  4. Presentá un reclamo formal ante la entidad. Los bancos tienen 10 días hábiles para responderte. Las billeteras y fintechs, 20 días hábiles bajo el régimen PUSF del BCRA (Comunicación A 7146). Si no responden, el Banco Central puede intervenir.
  5. Acudí a Defensa del Consumidor de Mendoza. La mediación previa al juicio puede lograr refinanciaciones o quitas sin litigar. Y si hay conducta abusiva probada, la Ley 24.240 (art. 52 bis) habilita el daño punitivo: no solo te restituyen lo cobrado de más, sino que la entidad puede ser condenada a pagar una multa adicional.

Base legal

  • CN art. 42 — Garantía constitucional de protección de los intereses económicos de los consumidores en las relaciones de consumo. Constitución Nacional.
  • Ley 24.240, art. 36 — En operaciones financieras de consumo, la omisión del CFT (TEA y costo total) produce la nulidad del contrato; la competencia corresponde al domicilio del consumidor. Infoleg.
  • CCyC, art. 770 — Prohíbe el anatocismo: capitalizar intereses en períodos menores a 6 meses es nulo. Infoleg.
  • Ley 24.240, art. 52 bis — Daño punitivo ante conducta grave y reiterada del proveedor financiero.

Preguntas frecuentes

¿El proyecto de quita del 90% ya es ley?

No. Al 13 de julio de 2026 el proyecto está presentado en la Cámara de Diputados pero aún no fue tratado en comisiones ni votado. Para convertirse en ley necesita ser aprobado por ambas cámaras del Congreso y promulgado por el Poder Ejecutivo.

¿Quiénes aplicarían para la quita del 90% si el proyecto se aprueba?

Según el texto del proyecto, los beneficiarios directos serían familias con ingresos mensuales menores a $5 millones. La quita aplicaría a deudas de tarjetas de crédito y préstamos personales; quedan excluidas hipotecas, deudas fiscales y prendarias.

¿Puedo impugnar hoy parte de mi deuda de tarjeta sin esperar la ley?

Sí. Si tu banco capitalizó intereses en períodos menores a 6 meses (anatocismo, CCyC art. 770), esa porción de la deuda es nula. También podés cuestionar cláusulas abusivas (Ley 24.240, art. 37) o pedir la nulidad del contrato si no te informaron el CFT antes de firmar (art. 36 LDC). Podés hacerlo por vía administrativa ante Defensa del Consumidor o directamente por la vía judicial.

¿Hay algo similar ya aprobado en Argentina?

En junio de 2026, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó un plan para refinanciar deudas en mora con tasas blandas y plazos extendidos, reportado por Infobae. En Mendoza, hay un proyecto provincial de rescate financiero para familias sobreendeudadas también en debate en la Legislatura provincial.

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La información publicada en este sitio tiene fines informativos y de divulgación y no constituye asesoramiento legal para un caso particular. Cada situación requiere el análisis de un profesional. Dr. Mario Vadillo, abogado — Matrícula Prov. de Mendoza. Estudio en Mendoza, Argentina.
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