La Suprema Corte de Justicia de Mendoza dictó ayer, 23 de junio de 2026, una resolución que cambia completamente el escenario para los 30.000 mendocinos atrapados en planes de ahorro vehicular. Con la firma unánime de seis de sus siete jueces, el tribunal más alto de la provincia frenó todos los remates y secuestros de vehículos mientras resuelve si las cuotas cobradas durante años fueron abusivas. Es la primera vez que este conflicto llega a esta instancia, y lo que la Suprema Corte resuelva será inapelable.
Por qué llegamos hasta acá
La historia de los planes de ahorro mendocinos empieza en 2018. Tras las sucesivas devaluaciones, las cuotas dejaron de ser un número fijo y empezaron a escalar al ritmo del “valor móvil” del vehículo —una definición contractual que básicamente ataba cada cuota al precio del auto en el mercado, sin ningún techo ni límite protector para el consumidor. Lo que debía ser un sistema de acceso accesible a un automóvil se convirtió, para decenas de miles de familias mendocinas, en una trampa de la que no podían salir.
En febrero de 2024, la jueza Fabiana Martinelli dictó el primer fallo colectivo: declaró abusiva la cláusula del “valor móvil” y ordenó actualizar las cuotas según el IPC del INDEC, no según el precio del auto. Para los ahorristas, fue un alivio enorme. Para las ocho terminales automotrices demandadas, fue el inicio de la batalla legal.
El golpe de la Cámara y la respuesta de la Suprema Corte
En abril de 2026, la Cámara Segunda de Apelaciones revocó ese fallo. Tres fundamentos técnicos, dijeron los vocales. Para los ahorristas, un revés brutal que de golpe los ponía de nuevo con la deuda acumulada y los remates a la vuelta de la esquina. Muchos de los 30.000 mendocinos ya enfrentaban intimaciones de secuestro de sus vehículos y plazos inminentes.
Ahí es donde la Suprema Corte intervino. El tribunal admitió el recurso extraordinario presentado por los ahorristas —con la firma del presidente del tribunal, Dalmiro Garay, y otros cinco magistrados— y dictó de inmediato una medida de no innovar: nadie puede tocar nada mientras el caso se resuelve. Sin secuestros, sin remates, sin ejecuciones.
Qué dice exactamente la resolución del 23 de junio
De acuerdo con lo informado por el Poder Judicial de Mendoza y medios como Los Andes, Diario Uno, ADN País y Diario Mendoza, la decisión:
- Suspende inmediatamente todos los plazos de ejecución y cualquier procedimiento derivado del caso colectivo.
- Prohíbe el secuestro y el remate de los vehículos prendados de los ahorristas mientras el recurso esté pendiente.
- Otorga 15 días a las ocho terminales automotrices demandadas para responder a los agravios presentados por los ahorristas.
- Analizará si la Cámara Segunda se ajustó al derecho de defensa del consumidor al revocar el fallo favorable de primera instancia.
La sentencia definitiva e inapelable llegará después de la feria judicial de invierno. Cuando la Suprema Corte resuelva, no habrá instancia superior en la provincia.
Qué tiene que hacer un ahorrista mendocino hoy
Si tenés un plan de ahorro vehicular en Mendoza y estás recibiendo intimaciones de cobro o de secuestro, esto es lo que necesitás saber ahora mismo:
- No entres en pánico. La resolución de la Suprema Corte paraliza cualquier acción de cobro o secuestro. Si te llega una intimación, documentala y consultá a tu abogado antes de pagar o entregar el vehículo.
- Verificá si estás incluido en la causa colectiva. Las ocho terminales demandadas incluyen a las principales del mercado. Tu abogado o la asociación de ahorristas puede confirmar si tu contrato está comprendido.
- No firmes ninguna propuesta de conciliación bajo presión. Las automotrices habían presentado una propuesta de acuerdo; con la Suprema Corte admitiendo el recurso, la posición negociadora de los consumidores es mucho más fuerte que antes.
- Guardá todos los comprobantes de pago. El cálculo de cuánto pagaste de más va a ser central para la resolución definitiva.
- Seguí pagando lo que podás, con constancia. La suspensión no condona la deuda; es importante no dar argumentos nuevos de incumplimiento.
Por qué este fallo importa más allá de los planes de ahorro
Lo que está en juego en este expediente no es solo el precio de unas cuotas. Es la pregunta de fondo: ¿puede un proveedor redefinir unilateralmente el objeto de un contrato de consumo para trasladarle al consumidor todo el riesgo de la inflación? La respuesta que dé la Suprema Corte va a marcar jurisprudencia para un montón de contratos similares en Mendoza y en el resto del país.
Llevo años siguiendo este tema porque lo que vivieron los 30.000 ahorristas mendocinos no es un caso aislado: es el patrón sistemático de una industria que diseñó contratos que solo funcionan si el país tiene inflación cero. Como en Argentina eso nunca pasa, el riesgo siempre terminó en el bolsillo del consumidor. Ahora la Suprema Corte tiene la palabra. Y, por primera vez en este largo litigio, los ahorristas negocian desde un lugar de mayor fortaleza.
Si tenés un plan de ahorro en Mendoza y estás recibiendo intimaciones de cobro o remate, podés consultarme. El fallo del 23 de junio cambia el panorama y conviene que lo conozcas antes de tomar cualquier decisión.

