Entrás al supermercado, ves el precio en la góndola, tomás el producto y avanzás hacia la caja. El sistema cobra un valor mayor, nadie te avisa y la diferencia sale de tu bolsillo. Es una de las infracciones más frecuentes del mercado minorista mendocino, y acaba de tener un capítulo concreto: el Gobierno provincial ratificó mediante decreto en el Boletín Oficial la sanción contra Millán S.A., la empresa que opera la cadena Átomo, por exactamente esa práctica.
La empresa intentó revertir la sanción por la vía administrativa. No lo logró. Las autoridades determinaron que no se presentaron elementos nuevos capaces de modificar lo resuelto: la infracción quedó probada. Si la conducta se repite, el siguiente paso puede ser la clausura del establecimiento.
Lo cuento porque no es un caso aislado. La Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza recibió en 2025 más de 8.000 denuncias, y la diferencia entre precio de góndola y precio de caja aparece entre las quejas más repetidas. La mayoría de los consumidores la absorbe en silencio porque no sabe que tiene derecho a reclamar. Este caso demuestra que, cuando se denuncia, el Estado puede y debe actuar.
Qué dice la ley
El marco legal es claro. El Decreto Nacional 274/19 de Lealtad Comercial —que reemplazó a la anterior Ley 22.802— establece en su artículo 11 que los precios deben ser ciertos, determinados y visibles para el consumidor. Si el precio exhibido en góndola difiere del que figura en el sistema de caja, el comercio incumple la norma y puede ser sancionado.
Pero hay más. La Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, en su artículo 8, establece que las precisiones formuladas en cualquier exhibición o anuncio de precio obligan al oferente. En términos prácticos: el precio que figura en la góndola es el precio que tenés derecho a pagar. No el que decida el sistema de caja.
Y la Constitución Nacional, en su artículo 42, garantiza el derecho a información veraz, adecuada y suficiente en la relación de consumo. Un precio diferente al exhibido viola ese derecho de forma directa, sin importar si la diferencia es de cien pesos o diez mil.
Qué hacés si te cobran más en caja
Paso a paso, lo que corresponde hacer en el momento y después:
- No pagués la diferencia. Tenés derecho a exigir el producto al precio de la góndola. Si el cajero no puede modificarlo, pedí hablar con el encargado o supervisor del local. La ley está de tu lado.
- Sacá foto del precio en góndola antes de llegar a la caja. Con la fecha visible en la pantalla del teléfono, esa imagen es tu prueba fundamental.
- Conservá el ticket de caja. La combinación foto de góndola más ticket es el paquete probatorio completo para cualquier denuncia posterior.
- Denunciá en Defensa del Consumidor. Podés hacerlo online en la plataforma oficial de la provincia de Mendoza o en la oficina municipal de tu departamento. El trámite no requiere abogado y el comercio queda formalmente notificado.
- Si no hay respuesta, escalá. Podés llamar al 0800-222-3266 (línea de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor) o presentar tu denuncia también por la plataforma nacional.
Si el comercio reincide, la ley prevé multas progresivas y, eventualmente, clausura del establecimiento. El caso de Átomo ilustra exactamente este mecanismo: sin la denuncia inicial, la infracción habría quedado sin registro y sin consecuencias. El control real del mercado lo hacemos los consumidores cuando actuamos.
Para conocer en detalle todos tus derechos cuando te cobran más que el precio exhibido, podés leer esta guía completa sobre qué dice la ley y cómo reclamar.
Base legal
- Decreto 274/19 (Lealtad Comercial), art. 11 — obliga a los comercios a informar precios ciertos y visibles; la diferencia entre góndola y caja es infracción directa. Texto en Infoleg.
- Ley 24.240 (Defensa del Consumidor), art. 8 — la oferta o exhibición de precio obliga al oferente; el consumidor paga el precio anunciado, no el de caja. Texto en Infoleg.
- CN, art. 42 — derecho constitucional a información veraz y adecuada en toda relación de consumo.
Preguntas frecuentes
¿Estoy obligado a pagar el precio de caja aunque sea más alto que el de la góndola?
No. La Ley 24.240 (art. 8) establece que el precio exhibido en góndola obliga al comercio. Podés exigir pagar el precio más bajo y, si no lo respetan, tenés derecho a denunciar ante Defensa del Consumidor.
¿Puedo denunciar aunque la diferencia de precio sea pequeña?
Sí. No hay mínimo para denunciar. La infracción es la práctica en sí, no el monto de la diferencia. Las denuncias acumuladas de consumidores son las que generan sanciones concretas, como la que recibió y perdió Átomo.
¿Dónde denuncio en Mendoza si me cobran un precio diferente al exhibido?
En la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza (dconsumidor.mendoza.gov.ar), en la oficina municipal de tu departamento o llamando al 0800-222-3266 (DNDC, línea nacional).
¿Qué pasó con la sanción a Átomo?
La empresa Millán S.A., operadora de la cadena Átomo, fue sancionada por la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza bajo el artículo 11 del Decreto 274/19, por cobrar en caja un precio diferente al exhibido en góndola. La empresa recurrió administrativamente y el Gobierno provincial ratificó la multa mediante decreto publicado en el Boletín Oficial.
¿Te está pasando algo parecido? No te quedes con la duda ni dejes que se aprovechen de vos. Contame tu caso y te oriento sobre cómo defender tus derechos.

