Entregaste las llaves, el departamento estaba en condiciones, y el depósito no llega. O llega con descuentos que nadie te informó: roturas que no hiciste, “gastos de limpieza” que no estaban en el contrato, comisiones inventadas. Es una de las situaciones que más frecuentemente llegan a mi estudio, y tiene solución legal concreta.
Qué dice la ley sobre la devolución del depósito
La Ley 27.551 de Alquileres obliga al locador a devolver el depósito una vez finalizado el contrato y entregadas las llaves. Si el propietario tiene reclamos por daños, debe comunicarlos de forma fehaciente con los comprobantes que lo sustenten. No puede simplemente quedarse con el depósito sin dar explicaciones.
Desde el DNU 70/2023, el monto del depósito puede acordarse libremente entre las partes. Por eso es fundamental revisar qué firmaste respecto al monto, las condiciones y el plazo de devolución.
Qué descuentos son válidos y cuáles no
- Válidos: daños concretos causados por el inquilino que excedan el desgaste razonable de uso, deudas de servicios no saldadas al momento de la entrega.
- No válidos: el desgaste normal del uso (pintura envejecida, pequeñas marcas de muebles), limpieza general si no estaba pactada expresamente como cargo del inquilino en el contrato, gastos “administrativos” sin respaldo documental.
Paso a paso para reclamar el depósito
- Documentá la entrega de llaves. Al devolver, hacelo mediante nota escrita con fecha firmada por ambas partes. Si el propietario o la inmobiliaria se niegan a firmar, enviá un telegrama colacionado o un acta notarial. Esa fecha es la que define tu posición legal.
- Reclamá por escrito. Enviá una carta documento o telegrama indicando la fecha de entrega de llaves y exigiendo la devolución del depósito. Quince días es el plazo razonable que surge de la práctica judicial; pasado ese tiempo sin respuesta, tenés base para accionar.
- Si te descuentan algo, exigí los comprobantes. Cada descuento debe estar respaldado: presupuesto firmado, factura, fotografías del daño. Sin esos elementos, el descuento no tiene sustento legal.
- Si hay inmobiliaria de por medio. Presentá el reclamo también ante la inmobiliaria. Podés denunciar además al Colegio de Corredores Inmobiliarios de Mendoza (COCIM), que tiene potestad disciplinaria sobre sus matriculados.
- Si no responden o se niegan. Presentá el reclamo en la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza o directamente en la Justicia de Paz. Para montos acotados, el proceso es rápido y no requiere abogado.
El consejo que puede ahorrarte todo este proceso
Antes de entregar las llaves, hacé un recorrido del inmueble con el propietario o el inmobiliario y levantá un acta de estado. Si hay algo roto o desgastado, anotalo. Si todo está bien, que lo firmen. Ese papel vale más que cualquier argumento posterior. Una foto con fecha y geolocalización también sirve de evidencia si el otro lado se niega a firmar nada.
Si el propietario no te devuelve el depósito o te hace descuentos que no corresponden, podés consultarme. Una carta documento bien redactada resuelve la mayoría de estos casos sin necesidad de llegar a juicio.
Base legal
- CCyC art. 1196 (reformado por Ley 27.737) — El depósito de garantía en alquileres habitacionales no puede superar el equivalente a un mes de alquiler y debe devolverse actualizado al valor del último mes de locación en el acto de entrega de llaves. CCyC — Infoleg
- Ley 27.551 — Para contratos firmados bajo su vigencia, obligaba al locador a devolver el depósito al finalizar la locación; cualquier retención debe justificarse fehacientemente con comprobantes. Ley 27.551 — Infoleg
- Ley 24.240 art. 37 — Cuando media una inmobiliaria en la locación, aplica la Ley del Consumidor: las cláusulas que permitan retención arbitraria del depósito son abusivas y nulas de pleno derecho.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tiene el propietario para devolver el depósito?
La devolución debe hacerse en el mismo acto de entrega de llaves. Si quedan servicios del período contractual sin facturar (luz, gas, agua), puede retener una suma proporcional hasta que lleguen las facturas, pero el saldo restante debe entregarte de inmediato. Desde que entregaste las llaves sin recibir el depósito, el propietario queda en mora automáticamente. Conocé los 5 pasos legales para recuperar el depósito.
¿Puede el propietario descontar del depósito el desgaste normal del inmueble?
No. Solo son descontables los daños concretos causados por el inquilino que excedan el desgaste razonable de uso, respaldados con fotos del daño y presupuesto o factura firmada. El deterioro normal de pintura, pequeñas marcas o desgaste general corre por cuenta del propietario.
¿Qué documentos necesito para reclamar el depósito?
El contrato de alquiler original, los recibos de pago de los últimos meses, el comprobante de entrega de llaves (acta firmada, telegrama o constancia escrita) y el reclamo escrito enviado al propietario. Si hiciste un acta de ingreso fotográfica detallada al inicio del contrato, ese documento protege tu posición ante cualquier reclamo de daños. Conocé también el régimen legal completo del depósito de garantía.
¿Puedo reclamar el depósito sin abogado ni costo?
Sí. En Mendoza podés presentar la denuncia ante la Dirección de Defensa del Consumidor (trámite gratuito, sin abogado) o en el Juzgado de Paz para montos menores. Si intervino una inmobiliaria, también podés denunciar al Colegio de Corredores Inmobiliarios de Mendoza (COCIM), que tiene potestad disciplinaria sobre sus matriculados.
¿El propietario no te devuelve el depósito o hace descuentos que no corresponden? Contame tu caso y te orientamos sobre cómo recuperar lo que es tuyo.
- Propietario no devuelve el depósito: 5 pasos legales para recuperarlo
- Formulario: Notificación por resolución anticipada contrato de locación (Adaptado al DNU 70/2023)
- Formulario para Notificar la No Obligación de Pago de Expensas Extraordinarias o Fondo de Reserva
- Acta de Entrega de Llaves en Contrato de Locación
- Formulario: Notificación por Reparaciones en Contrato de Locación
- Formulario: Notificación para Solicitar la Restitución del Depósito en Garantía del Contrato de Locación (Adaptado al DNU 70/2023)