La Nueva Seguros fue liquidada: qué pasa con tus pólizas ahora

La Nueva Seguros fue liquidada: qué pasa con tus pólizas ahora

Si tenés el seguro del auto, la moto, la casa o el comercio contratado con La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada, leé esto con atención. El 12 de junio de 2026, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) dictó la Resolución RESOL-2026-252-APN-SSN#MEC, con la que revocó la autorización de funcionamiento de la aseguradora y ordenó su liquidación forzosa. Una cooperativa con 78 años de historia, inscripta en el Registro de Entidades Aseguradoras desde 1948, ya no puede operar como aseguradora. Y si tenías una póliza con ellos, tu cobertura está en una zona de incertidumbre que necesitás resolver cuanto antes.

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Un déficit que se acumuló durante meses

La resolución no fue una sorpresa administrativa. Fue el punto final de un proceso iniciado en mayo de 2025, cuando la SSN detectó que La Nueva no había presentado sus estados contables del primer trimestre de ese año. A partir de ahí, el organismo fue sumando medidas preventivas: inhibición general de activos, exigencias de recomposición patrimonial y plazos que la empresa sistemáticamente incumplió.

Cuando la SSN analizó los estados financieros con corte al 30 de septiembre de 2025, encontró tres déficits concurrentes: un déficit de capital mínimo de $3.266 millones; un déficit en el cálculo de cobertura de $2.976 millones; y un déficit de cobertura de compromisos exigibles de $1.652 millones. Total: más de $7.800 millones en rojo. En febrero de 2026, la SSN le dio un último plazo de 30 días hábiles para recomponer el capital. La Nueva no hizo ninguna presentación ni acreditó el capital requerido.

El comunicado oficial de la SSN confirma que la revocación implica la disolución automática de la entidad y su liquidación forzosa judicial, conforme a los artículos 49 y 51 de la Ley 20.091, que regula la actividad aseguradora en Argentina. La empresa anunció que apelará, pero la ley dispone que ese recurso tiene efecto devolutivo, lo que significa que no suspende la liquidación mientras tramita.

¿Qué pasa con las pólizas activas?

Es la pregunta que más me llega: “¿Mi seguro sigue en pie?” La respuesta es incómoda pero honesta: técnicamente, las pólizas subsisten hasta que la liquidación judicial termine o el juez interviniente disponga su extinción. En la práctica, sin embargo, la capacidad de La Nueva para afrontar nuevos siniestros es prácticamente nula.

Lo que sí podés hacer es reclamar el valor de las primas pagadas no consumidas o la indemnización por siniestros ocurridos antes de la revocación, presentándote como acreedor en el proceso de liquidación. Pero el cobro efectivo depende de cuánto quede en el activo de la cooperativa una vez cubiertos los pasivos prioritarios, y puede llevar tiempo.

Si tenés un siniestro en curso o sin resolver, lo primero es documentarlo todo. Podés consultar también cómo reclamar formalmente cuando una aseguradora no paga, incluyendo el modelo de carta documento para intimarlos.

Los pasos concretos si eras asegurado de La Nueva

  1. Contratá una nueva cobertura de inmediato. No podés circular con el auto o la moto con una cobertura efectivamente inoperante. Aunque la póliza subsista técnicamente, el riesgo real es alto.
  2. Guardá toda la documentación. Póliza original, recibos de pago de primas, comprobantes de denuncia de siniestros. Estos documentos te acreditan como acreedor en el proceso de liquidación.
  3. Seguí las novedades del proceso en la SSN. El organismo publica actualizaciones en argentina.gob.ar/ssn. El juzgado comercial designado para la liquidación también publicará los pasos para presentarse como acreedor.
  4. Si tenés un siniestro sin resolver, no lo reclames a La Nueva directamente: dirigíte a la liquidadora judicial una vez designada. Conservá copia de todo.
  5. Verificá el Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil (SORC). Si tu cobertura de SORC estaba en La Nueva, puede estar en suspenso. Comprobá el estado antes de circular.

Base legal

  • Ley 20.091, arts. 49 y 51 — Revocación de la autorización de funcionamiento: implica disolución automática de la aseguradora y liquidación forzosa.
  • Ley 24.240 y CN art. 42 — Derecho a la cobertura contratada y a condiciones de trato equitativo como consumidor de servicios.
  • SSN RESOL-2026-252-APN-SSN#MEC — Resolución oficial de revocación. Comunicado en Argentina.gob.ar

Preguntas frecuentes

¿Puedo seguir circulando con el seguro de La Nueva Seguros después de la liquidación?

La póliza subsiste formalmente durante el proceso de liquidación, pero la capacidad real de la empresa para cubrir siniestros es prácticamente nula. El riesgo de circular sin cobertura efectiva es alto. Lo prudente es contratar otra aseguradora de inmediato.

¿Puedo recuperar las primas que pagué a La Nueva Seguros?

Podés reclamar la parte proporcional de primas no consumidas presentándote como acreedor en el proceso de liquidación judicial. El cobro depende del activo disponible y puede ser parcial o demorado. Guardá todos los comprobantes de pago.

¿Qué pasa si tuve un accidente con un vehículo asegurado en La Nueva Seguros?

Si el siniestro ocurrió antes de la revocación, tenés derecho a reclamar la indemnización en el proceso de liquidación judicial. Juntá toda la documentación del accidente, la póliza y la denuncia, y presentate como acreedor ante el juzgado designado.

¿Dónde puedo seguir el proceso de liquidación de La Nueva Seguros?

En el sitio oficial de la SSN (argentina.gob.ar/ssn) y en el juzgado comercial designado para la liquidación forzosa. La SSN publica las novedades y los plazos para que los acreedores se presenten a verificar sus créditos.

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La información publicada en este sitio tiene fines informativos y de divulgación y no constituye asesoramiento legal para un caso particular. Cada situación requiere el análisis de un profesional. Dr. Mario Vadillo, abogado — Matrícula Prov. de Mendoza. Estudio en Mendoza, Argentina.
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