Persona revisando ticket de compra en comercio mendocino con detalle de impuestos

Tu ticket en Mendoza mostrará cuánto pagás de Ingresos Brutos

¿Sabías que parte del precio que pagás en cualquier comercio mendocino son impuestos provinciales? Siempre fue así. Lo que cambió —y es una muy buena noticia para los consumidores— es que a partir del 1 de octubre de 2026 vas a poder verlo en el ticket.

La Administración Tributaria Mendoza (ATM) reglamentó la Resolución General N° 27/2026, que implementa en Mendoza el Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor bajo la Ley Provincial N° 9655. La norma es sencilla: cuando vayas a pagar una compra, el comprobante que te entregue el comercio deberá informarte qué porcentaje del precio corresponde al impuesto a los Ingresos Brutos.

Qué vas a ver exactamente en el ticket

En las facturas clase “B” que emitan los comercios obligados, va a figurar una leyenda específica:

Alícuota IBMza XX,XX% — Ley N° 9655

Ese porcentaje refleja la alícuota de Ingresos Brutos que aplica el vendedor a esa operación. No es el monto en pesos del impuesto, sino la tasa. Con ese dato, si querés calcular cuánto del precio total se va en ese impuesto, alcanza con multiplicar el total de la compra por ese porcentaje.

¿A quiénes alcanza la obligación?

No todos los comercios están obligados a discriminar el impuesto. La norma diferencia claramente:

  • Están obligados: contribuyentes locales del Régimen General e inscriptos en el Convenio Multilateral. Son la mayoría de los comercios medianos y grandes: supermercados, ferreterías, ropa, electrónica, servicios, etcétera.
  • Quedan exceptuados: los monotributistas y contribuyentes del Régimen Simplificado. Si comprás en un negocio chico que factura con monotributo, no vas a ver el dato en el ticket.

Una pista práctica: si el comercio te entrega una factura “B”, en principio está obligado. Las facturas “C” las emiten los monotributistas, y esos quedan fuera.

Por qué esto importa para vos como consumidor

Llevo años sosteniendo que la información es la primera línea de defensa del consumidor. El artículo 4 de la Ley 24.240 ya establecía el derecho a recibir información cierta, clara, detallada y gratuita. Durante décadas, ese derecho se cumplió a medias: sabías el precio final, pero no cuánto de ese precio era impuesto y cuánto era margen del comerciante.

La transparencia fiscal cierra parte de esa brecha. Cuando el impuesto queda visible en el ticket, pasan varias cosas positivas para el consumidor:

  • Es más difícil que te transfieran cargos impositivos que no corresponden a la operación.
  • Podés comparar con más información entre comercios de distintas categorías tributarias.
  • El Estado rinde cuentas: si la alícuota es alta, se ve. Si baja, también.

Mendoza es una de las primeras provincias en reglamentar efectivamente esta obligación, siguiendo un camino que CABA y otras jurisdicciones todavía están debatiendo.

Qué pasa si el comercio obligado no lo hace

El incumplimiento de la Resolución General N° 27/2026 hace pasibles a los infractores de las sanciones establecidas por la ATM. Pero además de la sanción tributaria, si el comercio está obligado y omite la alícuota en el comprobante, estás ante una violación del deber de información del artículo 4 de la Ley 24.240. Eso es denunciable ante la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza.

Tres pasos concretos:

  1. Guardá el ticket como prueba del incumplimiento.
  2. Identificá el comercio: nombre, dirección, CUIT si figura en el comprobante.
  3. Denunciá: presencialmente en Defensa del Consumidor, por el 148 o en mendoza.gov.ar. Si la suma involucrada supera los $3,2 millones y querés ir más lejos, también podés usar la Oficina de Pequeñas Causas y Consumo sin necesidad de abogado.

Base legal

  • CN art. 42 — derecho del consumidor a información adecuada y veraz sobre bienes y servicios.
  • Ley 24.240, art. 4 — obligación del proveedor de brindar información cierta, clara, detallada y gratuita. Ver en Infoleg.
  • Ley Provincial N° 9655 (Mendoza) — marco de Transparencia Fiscal al Consumidor.
  • ATM Resolución General N° 27/2026 — reglamentación específica; vigencia 1 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo es obligatorio mostrar Ingresos Brutos en el ticket en Mendoza?

Desde el 1 de octubre de 2026, según la Resolución General N° 27/2026 de la ATM. Los comercios del Régimen General y del Convenio Multilateral deben consignarlo a partir de esa fecha en las facturas clase “B”.

¿Qué comercios NO están obligados a discriminar el impuesto en el ticket?

Los monotributistas y contribuyentes del Régimen Simplificado quedan exceptuados. Si el negocio te emite una factura “C”, no está alcanzado por la obligación.

¿Los precios van a subir cuando aparezca el impuesto en el ticket?

No. El impuesto ya estaba incluido en el precio final; la norma solo lo hace visible. No obliga a cobrar más, sino a informar qué parte del precio existente corresponde a Ingresos Brutos.

¿Qué hago si un comercio obligado no detalla el impuesto en el ticket desde octubre?

Guardá el comprobante y denunciá ante la ATM o ante la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza (148 o mendoza.gov.ar). Es una violación del deber de información del art. 4 de la Ley 24.240 y puede dar lugar a sanción tributaria para el comercio.

¿Te esta pasando algo parecido? No te quedes con la duda ni dejes que se aprovechen de vos. Contame tu caso y te oriento sobre como defender tus derechos.

Hace tu consulta legal gratis →

Scroll al inicio
Consulta legal