Entregaste las llaves. Firmaste el acta. El departamento quedó en condiciones. Y sin embargo, el depósito no aparece: el propietario dice que “está revisando los gastos”, que “hay servicios pendientes” o directamente no contesta. Esa situación tiene un nombre legal: retención indebida de dinero. Y hay pasos concretos para que te devuelvan lo que es tuyo.
¿Cuándo tiene que devolverte el depósito?
El depósito de garantía es tuyo desde que lo pagaste. La administradora o el propietario lo retienen únicamente como cobertura ante posibles daños o deudas de servicios: extinguidas esas causas, la obligación de devolvértelo nace automáticamente.
El momento disparador es la restitución del inmueble: la firma del acta de entrega de llaves y la constatación de que el inmueble está en el estado acordado, sin facturas de luz, agua o gas a tu cargo impagas. (Cómo hacer bien el acta de entrega de llaves: modelo y guía paso a paso.)
El plazo concreto de devolución lo fija el contrato. Si el contrato no lo especifica, aplican los principios generales del Código Civil y Comercial (arts. 1187 y ss.): la devolución debe producirse en un plazo razonable. En la práctica mediadora y judicial mendocina, 30 días corridos desde la restitución es el parámetro que se usa habitualmente.
Para los contratos firmados antes del 17 de diciembre de 2023 (bajo Ley 27.551), el depósito no podía superar un mes de alquiler por año de contrato. Para los contratos posteriores al DNU 70/2023, el monto es el que libremente acordaron las partes.
Antes de reclamar, juntá esto
- Copia del contrato de alquiler con la cláusula de depósito.
- Comprobante del depósito pagado: recibo, transferencia bancaria o extracto.
- Acta de entrega de llaves firmada por ambas partes, o cualquier constancia de la fecha en que devolviste el inmueble: mensaje de WhatsApp al propietario o a la inmobiliaria, correo electrónico, foto con fecha.
- Últimas facturas pagas de luz, agua y gas a tu nombre — prueban que no dejaste deudas de servicios.
- Si hubo inspección del inmueble al finalizar el contrato, cualquier constancia escrita (protocolo de salida, fotos con fecha).
Pasos para recuperar el depósito
- Intimación por carta documento. Es el primer paso y el más importante: acredita que reclamaste formalmente y que el propietario fue notificado de manera fehaciente. Fijale un plazo de 10 a 15 días hábiles para devolver el dinero. El modelo lo encontrás más abajo.
- Mediación prejudicial. Si el propietario no responde o rechaza la devolución, en la mayoría de las provincias la ley exige pasar por una mediación antes de ir a juicio. En Mendoza, el trámite se inicia en el Centro Judicial de Mediación del Poder Judicial de Mendoza. Es rápido —habitualmente se resuelve en una o dos audiencias— y muchas veces alcanza para acordar sin juicio.
- Demanda civil. Si la mediación fracasa, queda la vía judicial. Según el monto del depósito, puede corresponder el Juzgado de Paz (montos menores) o el Fuero Civil. En varios fueros no hace falta abogado para montos pequeños, pero contar con asesoramiento acelera el proceso.
- Denuncia en Defensa del Consumidor. Si el propietario es una inmobiliaria, una empresa o actúa profesionalmente como arrendador (por ejemplo, con múltiples propiedades), la relación califica como contrato de consumo y podés denunciarlo ante la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza o del organismo equivalente de tu provincia. La denuncia es sin costo y genera presión institucional.
¿Ya saliste antes del plazo y querés saber si tenés derecho a reclamar igualmente? Aquí te explico cómo funciona la rescisión anticipada del alquiler y qué te cuesta.
Modelo de carta documento para reclamar el depósito
Copiá el texto, completá los datos entre corchetes y envialo desde el correo postal más cercano. Guardá el número de tracking.
CARTA DOCUMENTO
[CIUDAD], [FECHA]
Señor/a [NOMBRE COMPLETO DEL PROPIETARIO/INMOBILIARIA], con domicilio en [DIRECCIÓN DEL PROPIETARIO].
Por la presente me dirijo a Ud. en mi carácter de ex locatario/a del inmueble sito en [DIRECCIÓN DEL INMUEBLE ALQUILADO], conforme al contrato de locación celebrado con fecha [FECHA DEL CONTRATO], cuya vigencia finalizó/fue rescindido el día [FECHA DE VENCIMIENTO O RESCISIÓN].
Con fecha [FECHA DE ENTREGA], procedí a la restitución material del inmueble en las condiciones acordadas, habiendo abonado todos los servicios a mi cargo hasta esa fecha, tal como acreditan los comprobantes de pago adjuntos. Dicha entrega consta en el acta suscripta entre las partes / fue comunicada fehacientemente por [MEDIO UTILIZADO: WhatsApp, email, etc.].
En consecuencia, habiéndose cumplido las condiciones que justificaban la retención del depósito de garantía, lo INTIMO a Ud. a que, en el plazo de QUINCE (15) días hábiles de recibida la presente, proceda a devolverme la suma de PESOS [MONTO DEL DEPÓSITO EN LETRAS] ($ [MONTO EN NÚMEROS]), correspondiente al depósito de garantía oportunamente entregado.
Vencido dicho plazo sin que proceda a la devolución, me reservo el derecho de iniciar las acciones legales que correspondan, con más los intereses que devengue la mora desde la fecha de restitución del inmueble, y las costas e impensas del proceso.
Sin otro particular, saludo a Ud. atte.
[NOMBRE COMPLETO]
DNI N.° [NÚMERO]
Domicilio: [TU DIRECCIÓN ACTUAL]
Teléfono / e-mail: [TUS DATOS DE CONTACTO]
Base legal
- CCyC, arts. 1187 y ss. (Contrato de locación) — El marco que regula las obligaciones de locador y locatario al finalizar el contrato, incluida la restitución de la cosa y la resolución de las garantías constituidas. Texto completo en InfoLeg.
- CCyC, art. 2560 — Prescripción genérica de 5 años para acciones personales de cobro de sumas de dinero: es el plazo que tenés para demandar si el propietario no te devuelve el depósito.
- Ley 27.551, art. 12 (modificado por DNU 70/2023) — Para contratos firmados antes del 17/12/2023, el depósito no podía superar 1 mes de alquiler por año de contrato y debía actualizarse por el mismo índice que el alquiler. Para contratos posteriores, las partes fijan libremente el monto.
- Ley 24.240, art. 8 bis — Trato digno y prácticas abusivas: toda práctica que coloque al consumidor en posición desventajosa es ilícita. Aplica cuando el arrendador actúa como proveedor en los términos de la ley.
Preguntas frecuentes
¿El propietario puede descontarme del depósito sin mostrarme los comprobantes?
No. Cualquier descuento debe respaldarse con documentación: factura de la reparación, recibo del servicio adeudado, ticket del gasto. Si el propietario descuenta sin justificación documentada, esa retención es arbitraria y podés reclamarla judicialmente con intereses.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar el depósito?
El plazo de prescripción para acciones civiles de cobro de dinero es de 5 años (CCyC, art. 2560), contado desde que el propietario debió devolverte el depósito. Aun así, no conviene esperar: cuanto más tiempo transcurre, más difícil es reunir pruebas.
Si el contrato fue en dólares, ¿en qué moneda me tienen que devolver el depósito?
En la misma moneda en que fue pactado el depósito, salvo acuerdo en contrario entre las partes. El CCyC admite obligaciones en moneda extranjera (arts. 765 y 766), aunque su interpretación ante el juez puede variar. Si hay desacuerdo sobre la conversión, la mediación o la justicia determinan el equivalente aplicable.
¿Puedo reclamar el depósito si rescindí el contrato anticipadamente?
Sí, siempre que hayas cumplido con la compensación por rescisión anticipada que fija la ley (el 10% del saldo restante, según DNU 70/2023) y hayas devuelto el inmueble en condiciones. El derecho a recuperar el depósito es independiente de la rescisión: si no dejaste daños ni deudas, te lo deben devolver igual.
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